Saludos fraternales,
Leonardo Holgado V.
From: cecymore@...
Date: Thu, 13 Dec 2007 17:41:16 -0300
Subject: [ConAllendeenlaMemoria] ""DECLARACION PUBLICA, Ley de Subcontratacion: CODELCO v/s DIRECCION del TRABAJO""
DECLARACIÓN PÚBLICAAnte la controversia pública generada por Codelco, contra la Dirección del Trabajo.
12 de diciembre de 2007
Ante los últimos acontecimientos de conocimiento nacional y relacionados con el cumplimiento de la Ley de Subcontratació
n N º 20.123 y el Acta de Constatación emitida por la Dirección del Trabajo, como producto de las fiscalizaciones realizadas a la minera estatal, y que ha llevado a esta entidad fiscal; Codelco-Chile a presentar sendos recursos de protección ante los Tribunales de Justicia, en las Cortes de Apelaciones de Antofagasta, Copiapó , Valparaíso y Rancagua.Recursos que tienen por objeto dirimir, en el decir de la propia entidad fiscal; las diferencias de criterios y facultades con la Dirección del Trabajo sobre la aplicación de la Ley de Subcontratació
n en la gran minería. Misma situación se había verificado en septiembre de este año, por parte de otra entidad estatal, la Empresa Portuaria Austral quién recurrió en contra de la actuación de nuestro servicio en Magallanes, obteniendo fallo a su favor. Ante esta controversia llevada a los Tribunales por Codelco, y que involucra a dos organismos gubernamentales, ambos dependientes en el nombramiento de su máxima jefatura y dirección de la Presidenta de la República( [i]). En un tema de la mayor importancia y sensibilidad social, y que forma parte del área social del actual Gobierno, integrando uno de los cuatro pilares del compromiso que el Gobierno de Michelle Bachelet asumiera con las chilenas y chilenos.
Y la resolución en la instancia judicial recurrida afectará en el presente y futuro, los derechos de millares de trabajadores, ligados al área productiva de esta gran empresa que es de todos los chilenos. Estamos ciertos que es un gravísimo error la actitud asumida por Codelco, ya que deja fuera del centro de la discusión los derechos fundamentales de los trabajadores, para transformar esta contienda en meros resultados económicos, ya sean que estos se contabilicen en costos para la empresa estatal, o en costos para las empresas subcontratistas de Codelco-Chile. En ambas situaciones el respeto a las condiciones de trabajo y la vida laboral de los trabajadores,
...es el gran ausente. Razón esta que es el motivo fundamental de la acción del Gobierno de la Concertación y de quienes laboramos en esta Institución. Codelco hace abstracción de las condiciones laborales de sus trabajadores subcontratados, traduciendo esta obligación ética y moral de cumplimiento de las leyes promulgadas en la República solo en mercancía de transacción, olvidando que estos son los objetivos centrales del Gobierno, mismo del cual dependen ambas entidades. Estamos firmemente convencidos de que las entidades estatales, cualquiera sea su producto final, deben ser las primeras en respetar los derechos de los trabajadores, otorgarles trabajo decente en condiciones de ambiente de trabajo acorde a la dignidad y el respeto de sus derechos e integridad física e intelectual.
Ante esta situación recientemente acontecida, los funcionarios socialistas de la Dirección del Trabajo, nos hacemos el deber en puntualizar lo siguiente:
- Que las facultades, las funciones y la misión de la Institución se encuentran claramente definidas en la Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo D.F.L. Nº 2, de 1967.
- El Gobierno de Chile debe asegurar que los principios y los derechos laborales internacionalmente reconocidos, sean protegidos por su legislación interna. Por tanto existe un compromiso de Fiscalización de la legislación laboral vigente.
- Que en el marco de los TLC firmados por Chile, existe un compromiso compartido con otros gobiernos, los que reafirman sus obligaciones como miembros de la OIT, los que se encuentran reflejados en las Declaraciones del organismo internacional.
- Que a Codelco le corresponde cumplir a cabalidad y en forma ejemplar, con la normativa laboral vigente y particularmente con la Ley de Subcontratació
n Nº 20.123, vigente desde el 14 de enero de 2007. - Que corresponde al estado amparar al trabajador/a en su derecho a elegir libremente su trabajo y velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de servicios.
- Que rechazamos el intento de desalojar las facultades interpretativas que posee la D.T ., de acuerdo a la Ley, que nos rige. Facultad que el legislador le entregó en pos de la defensa de los derechos fundamentales de los trabajadores chilenos.
- Que ninguna resolución judicial, impedirá que la Dirección del Trabajo cumpla con el rol que la Ley le ha asignado en la defensa y promoción de los derechos de los trabajadores.
- Que es el Gobierno el que se pronunció en la defensa de los derechos de los trabajadores al promulgar esta ley de Subcontratació
n, y es una entidad estatal como Codelco, la que obstaculiza su cumplimiento, con la recurrencia a Tribunales de Justicia. Este acto debe ser asumido por el Gobierno, como desobediencia de los directivos de Codelco, y corresponde que sea el mismo, que los nombró, quien deba poner orden y alinear tras su posición a estos directivos. Siempre es deseable preservar el principio de unidad y coherencia de la acción de Gobierno, y una entidad integrante de la Administración del Estado como CODELCO, debe dar el ejemplo. - Que la Dirección del Trabajo, representa al Estado en la aplicación y fiscalización de las leyes laborales, velando por su cumplimiento con el fin de asegurar la paz social y seguridad en las relaciones de trabajo, por ello los Inspectores del Trabajo están dotados de medios jurídicos: facultades y atribuciones.
- Que apoyamos integra y resueltamente la gestión del Ministro del Trabajo y Previsión Social, Cro. Osvaldo Andrade Lara, en orden a impulsar, implementar y desarrollar las políticas sectoriales , que benefician y beneficiarán a cientos de miles de trabajadores/
as chilenos, tanto en el presente como en el futuro laboral para ellos y sus hijos. - Que manifestamos el apoyo irrestricto en esta materia a la Directora Nacional del servicio Cra. Patricia Silva, y particularmente a sus cientos de fiscalizadores de terreno que día a día, recorren el territorio nacional en el cumplimiento de su misión en la defensa de los derechos vulnerados.
- Que asimismo nos hacemos un deber en llamar al conjunto de los funcionarios que laboramos en la Dirección del Trabajo, a hacernos parte de la defensa institucional de la Dirección del Trabajo. Y permanecer alertas y a movilizarnos desde ya en torno a esa defensa.
- Llamamos a los dirigentes políticos, a los Presidentes de los Partidos de la Concertación en el sentido de intervenir políticamente en esta oportunidad y resolver a la brevedad esta delicada situación, en donde una entidad fiscal, cuestiona las facultades de un servicio público, ante instancias judiciales que tradicionalmente y en un rango de más menos un 70%, le ha entregado la razón a empleador/empresa.
BRIGADA SOCIALISTA DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
[i] La Corporación es encabezada por un Directorio con siete integrantes, nombrado por la Presidenta de la República de Chile., el Directorio es liderado por la Ministra de Minería, y lo integran también el Ministro de Hacienda, tres representantes designados por la Presidenta de la República y dos directores representantes de los trabajadores y supervisores
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