Entrar
¿Usuario nuevo? Regístrate
Mandefender · Forum
? ¿Ya estás suscrito? Entrar en Yahoo!

Consejos de Yahoo! Grupos

¿Sabías que...?
Puedes determinar el orden de los mensajes. Pulsa el enlace en la columna correspondiente a la fecha. Tus preferencias serán guardadas y no tendrás que introducirlas de nuevo.

Mensajes

  Mensajes Ayuda
Avanzado
Mensajes 15211 - 15240 de 20329   Primero  |  < Anterior  |  Siguiente >  |  Último
Mensajes: Mostrar resúmenes de los mensajes   (Agrupar por tema) Ordenar por fecha v  
#15240 De: "EDUARDO VIVES TERUEL" <vivesteruel.eduardo@...>
Fecha: Sáb, 29 de Sep, 2007 12:02 am
Asunto: IMPORTANTE Nuevos Radares...muy fuerte
vivesteruel.eduardo@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
POR SI NO TENIAMOS BASTANTE, AHORA COCHES CON CAMARA OCULTA. VER FOTO DEL ARCHIVO ADJUNTO..
Y YA SABEIS OJITO CON CORRER. Y REVISAROS LOS NUEVOS LIMITES DE VELOCIDAD.
 
SALUDOS EDUARDO VIVES

28-sep-2007 17:20
Subject: Re: Rm: Nuevos Radares...muy fuerte
To: vivesteruel.eduardo@...


Adjunto información interesante, para evitar disgustos.

Saludos

Antonio Roig
----- Remitido por Antonio Roig Linares/Departamentos Tienda/Av de Francia/El Corte Inglés/Grupo_ECI con fecha 28/09/2007 14:29 -----


Fdo. Jose María Pérez Aznar

 


 
 fijaros en la fotillo q tiene tela.

RADARES
 
La DGT ha comprado unos 800 radares móviles modelo Citroen C3, C4 y C5. y
Picasso (estos últimos son sólo coches patrulla).
 
Cuidadín en los adelantamientos de coches con puerta "abollada", va un
radar...... (See attached file: Radar.jpg)
 
RESUMEN:
El radar de la Guardia Civil modifica su baremo y comienza a multar a los
conductores que circulen a más de 133 km/h. en autopistas. Hasta ahora el
radar saltaba a 141 km/h.
 
La DGT ha enviado a todas las agrupaciones de la Guardia Civil una nueva
tabla de infracciones y sanciones, en la que se ordena a los responsables
del radar ajustar sus mediciones.
 
Circular a una velocidad entre 133 y 152 km/h en autopistas no supondrá
retirada de puntos del carné, pero se considerará una infracción grave y se
penaliza con multas que oscilan entre los 100 y los 120 euros, según el
tipo de vehículo. La cantidad más elevada está prevista para aquellos que
superen los 3.500 kilos de peso o transporten a más de nueve viajeros.
 
Los puntos en autopistas se perderán a partir de los 153 km/h. En
carreteras de zonas urbanas, con límite de 50 km/h, se descontarán a partir
de los 71 km/h.
 
Para que te quiten 6 puntos del carné tienes que circular a más de 199 km/h
en autopistas y los 91 km/h. en las carreteras limitadas a 50 km/h.
 
Hay que tener en cuenta (como ya he dicho) que los vehículos con más de
3.500 kg. y los que transportan a más de 9 viajeros la cuantía de la multa
es superior a igual infracción. En la siguiente tabla de límites de
velocidad y sus correspondientes sanciones (multas y descuento de puntos
del carné), las cifras que aparecen en verde corresponden a estos
vehículos.
 
Señal de Limitación de 30 :
* hasta 40 km/h. no te sancionan
* desde 41 hasta 60 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 61 hasta 70 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 71 hasta 77 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 78 hasta 84 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 85 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 40 :
* hasta 50 km/h. no te sancionan
* desde 51 hasta 70 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 71 hasta 80 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 81 hasta 87 km/h. 380 € / 450 / 6 puntos (muy grave)
* desde 88 hasta 94 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 95 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 50 :
* hasta 60 km/h. no te sancionan
* desde 6 1 hasta 80 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 81 hasta 90 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 91 hasta 97 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 98 hasta 104 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 105 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 60 :
* hasta 70 km/h. no te sancionan
* desde 71 hasta 90 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 91 hasta 100 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 101 hasta 105 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 106 hasta 112 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 113 hasta 119 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 120 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 70 :
* hasta 80 km/h. no te sancionan
* desde 81 hasta 100 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 101 hasta 110 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 111 hasta 120 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 121 hasta 128 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 129 hasta 136 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 137 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 80 :
* hasta 90 km/h. no te sancionan
* desde 91 hasta 110 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 111 hasta 120 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 121 hasta 130 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 131 hasta 135 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
* desde 136 hasta 143 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 144 hasta 151 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 152 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 90 :
* hasta 100 km/h. no te sancionan
* desde 101 hasta 120 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 121 hasta 130 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 131 hasta 140 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 141 hasta 150 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
* desde 151 hasta 158 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 159 hasta 166 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 167 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 100 :
* hasta 110 km/h. no te sancionan
* desde 111 hasta 130 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 131 hasta 140 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 141 hasta 150 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 151 hasta 165 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
* desde 166 hasta 174 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 175 hasta 183 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 184 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
Señal de Limitación de 110 :
* hasta 121 km/h. no te sancionan
* desde 122 hasta 141 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 142 hasta 151 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 152 hasta 161 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 162 hasta 181 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
* desde 182 hasta 190 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 191 hasta 199 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 200 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 
 
 
Señal de Limitación de 120 :
* hasta 132 km/h. no te sancionan
* desde 133 hasta 152 km/h. 100 € / 120 €(Grave)
* desde 153 hasta 162 km/h. 140 € / 150 € / 2 puntos (Grave)
* desde 163 hasta 172 km/h. 200 € / 220 € / 3 puntos (Grave)
* desde 173 hasta 198 km/h. 300 € / 300 € / 4 puntos (Grave)
* desde 199 hasta 208 km/h. 380 € / 450 € / 6 puntos (muy grave)
* desde 209 hasta 218 km/h. 450 € / 520 € / 6 puntos (muy grave)
* a partir de 219 km/h. 520 € / 600 € / 6 puntos (muy grave)
 

_____________________________________________________________________
Mensaje analizado y protegido por Telefonica Empresas

Este mensaje, y en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, puede
contener informacion confidencial, siendo para uso exclusivo del
destinatario, quedando prohibida su divulgacion copia o
distribucion a terceros sin la autorizacion expresa del remitente.
Si Vd. ha recibido este mensaje erroneamente, se ruega lo
notifique al remitente y proceda a su borrado.
Gracias por su colaboracion.

This message (including any attachments) may contain confidential
information. It is intended for use by the recipient only. Any
dissemination, copying or distribution to third parties without
the express consent of the sender is strictly prohibited.
If you have received this message in error, please delete it
immediately and notify the sender.
Thank you for your collaboration.




--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@..., la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembre.com/
Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd. considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL  
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados      
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA) VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG
Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30


#15239 De: "apfsasturias" <apfsasturias@...>
Fecha: Vie, 28 de Sep, 2007 6:19 am
Asunto: La Fiscalía acusará de homicidio a la madre de los gemelos fallecidos en Los Cam
apfsasturias
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
http://www.elcomerciodigital.com/gijon/20070928/aviles/fiscalia-
acusara-homicidio-madre-20070928.html

La Fiscalía acusará de homicidio a la madre de los gemelos fallecidos
en Los Campos
La investigación considera que Rosa Magariño es responsable de sus
muertes por «no cumplir con sus obligaciones como madre» El fiscal
estudia si calificará el delito como imprudencia o no

FERNANDO DEL BUSTO
Vota 0 votosOpina Ver comentarios (0) Imprimir Enviar Rectificar
Cerrar Envía la noticia
Rellena los siguientes campos para enviar esta información a otras
personas.

Nombre  Email remitente
Para  Email destinatario

Borrar    Enviar
Cerrar Rectificar la noticia
Rellene todos los campos con sus datos.

Nombre*  Email*

* campo obligatorioBorrar    Enviar

DESOLADA. Rosa Magariño el día del incendio en Corvera. / RAFA
GONZÁLEZEl destacamento fiscal de Avilés solicitará una condena por
homicidio para Rosa Magariño, la madre de los dos gemelos fallecidos
el pasado mes de abril en Los Campos, Corvera, a consecuencia de un
incendio en su domicilio cuando no se encontraba en la casa. Aunque
el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Avilés,
encargado de la tramitación de las diligencias previas, no ha
concluido la instrucción, la petición de la Fiscalía se resolverá en
un juicio con jurado en la Audiencia Provincial el próximo año,
aunque aún no se puede precisar la fecha.

Fuentes del ministerio público aseguraron a este diario que las
pruebas facilitadas por la Guardia Civil son suficientes para
argumentar la petición de esa pena. De hecho, la Fiscalía no piensa
solicitar nuevas diligencias en el actual momento procesal, ya que
considera que las que existen son determinantes.

La calificación será de dos delitos de homicidio, aunque en función
de las diligencias pendientes se podría calificar como imprudente o
no. La diferencia es sustancial. En el primero de los casos, la
petición de pena iría de 1 a cuatro años. Si fuese homicidio, la
cárcel oscilaría entre 10 y 15 años. En ambos casos, de ser
consideraba culpable, podría suponer el ingreso en prisión de Rosa
Magariño. De todos modos, las fuentes consultadas por este diario
indican que el destacamento fiscal de Avilés se inclina por calificar
los hechos como homicidio que el Código Penal define como «el que
matare a otro».

Según se indicó a este diario, la legislación española considera que
los padres son responsables de la seguridad de sus hijos, velando por
ellos, según indica el Código Civil en diferentes ocasiones. En este
caso, el ministerio público considera que hubo una «omisión» del
deber de maternidad que provocó el fallecimiento de los menores,
tanto por el desorden existente en el domicilio como por haberlos
dejado solos.

En ese sentido, las primeras investigaciones de la Guardia Civil
pueden ser determinantes para que la Fiscalía fije su posición. Los
primeros trabajos policiales descartaron que el fuego se produjese
por un fallo eléctrico o un cortocircuito. Los investigadores
apuntaron a una colilla mal apagada o a un mechero como causa del
fuego.

Aunque los informes policiales indicaron que no existían elementos
acelerantes del fuego y descartan una intención criminal en su
origen, el desorden en toda la vivienda ayudó a la propagación del
fuego y la formación del humo que provocó la muerte de los dos
menores.

Estos documentos pueden ser fundamentales en la decisión del fiscal,
ya que avalan sus argumentos de que la madre no cumplía con las
obligaciones de la maternidad, con independencia de su situación
social y personal.

Además de las investigaciones policiales, la comparecencia de Rosa
Magariño ante las autoridades judiciales no ayudó a su
causa. «Demostró una sangre fría impresionante», explicaron a este
diario testigos de la comparecencia.

Todo esto motiva que el ministerio público opte por pensar que se
pudo cometer «dolo» y, por tanto, calificar el luctuoso hecho como
homicidio. Sin embargo, las circunstancias de la madre pueden
favorecer la calificación como homicidio imprudente. Las próximas
semanas serán decisivas para que la Fiscalía defina la calificación
que solicitará para el suceso.

Las fuentes consultadas confirman que el destacamento fiscal le ha
concedido a este asunto «la máxima trascendencia» y se extrema el
rigor habitual en su trabajo, habida cuenta que la madre tiene un
segundo hijo que, actualmente, se encuentra bajo medidas de
protección del Principado de Asturias.

La defensa de Rosa Magariño declinó ayer hacer cualquier tipo de
declaración a este diario, recordando que «aún no se ha presentado
ninguna acusación formalmente».

#15238 De: "FERETO@..." <fereto@...>
Fecha: Jue, 27 de Sep, 2007 10:31 am
Asunto: EXIGENCIA DE QUE EL SACYL CUMPLA LAS PROPIAS DISPOSICIONES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON, PARA SERVICIOS CUYO IMPORTE NO SE HACE CARGO.
jesusayalaca...
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

http://consumo.jcyl.es/guia/folletos/guiaBasica/13.htm

http://consumo.jcyl.es/guia/folletos/guiaBasica/11.htm

 

EXCMO. SR. CONSEJERO DE SANIDAD

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Paseo Zorrilla, 1

47.071 VALLADOLID

 

Asunto: COBRO DE ATENCIONES SANITARIAS A ESPOSAS Y MADRES, EN SOCIEDAD DE GANANCIALES, QUE ALEGAN MALOS TRATOS, EN CENTROS DEL SACYL DE BURGOS.

 

Burgos, 27 de septiembre de 2.007

 

Excmo. Sr.:

 

Me permito adjuntarle copia de la carta que dirijo a Ilmo. Sr. Jefe del Servicio Territorial, de Burgos, sobre este tema, que espero encuentre correcta, conforme a legislación de la propia Junta de Castilla y León.

 

Atentamente,

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

 

 

                                       

  

 

 

 

 

ILMO. SR. JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL

DELEGACION TERRITORIAL DE BURGOS

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Paseo Sierra de Atapuerca

09071 BURGOS

 

 

Asunto: COSTOS POR ATENCIONES SANITARIAS DEL SACYL EN ATENCION A ESPOSAS, Y MADRES DE FAMILIA DE MENORES NO EMANCIPADOS, CASADAS BAJO EL REGIMEN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES, QUE ALEGAN MALTRATOS. PRESUPUESTO PREVIO Y PAGO DE LOS MISMOS.

 

Burgos, 27 de septiembre de 2.007

 

Ilmo. Sr.:

 

Como persona muy concienciada en los temas de matrimonio, con menores no emancipados, vengo observando que garantías recogidas en el ordenamiento jurídico vigente, dejan de existir cuando se alegan malos tratos entre los esposos. Y hablo de alegan, pero no demuestran que sean, ni demuestran quién ha sido el culpable, en caso de que lo hubiera.

 

No hablo aquí de la solidaridad que debemos tener con las personas que puedan sufrir estos temas, ni de su derecho a ser oídas y atendidas. No hablo del castigo de los culpables, a lo cual no me opongo.

 

Tampoco hablo de la presunción de inocencia, que no es objeto de esta reclamación.

 

De lo que quiero hablar y reclamar investigación, es sobre la información debida a las personas que son atendidas por los distintos facultativos y servicios del SACYL, en la ciudad de Burgos. Mujeres casadas libremente, que con sólo probar tres meses de matrimonio, pueden acceder al divorcio, sin que el demandado pueda oponerse por motivos materiales, que tienen derecho a MEDIACION FAMILIAR. Con hijos menores no emancipados.

 

Independientemente que me reservo de hacer una petición a ese departamento de control de consumo, de la Junta de Castilla y León, para más adelante, por los ofrecimientos de servicios que se hacen desde instituciones públicas (Juzgados, Cuerpos de seguridad del estado, Iltre. Colegio de Abogados de Burgos, por convenio suscrito con esa Junta de Castilla y León, etc.) esta petición, expresamente, es sobre la repercusión de los costos de atención a estas esposas y madres, por servicios que no son gratuitos.

 

Una parte de estos servicios son recomendados a estas esposas y madres, por los distintos cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, en Burgos, que estimo no advierten que esos servicios los tiene que pagar alguien. No hablo de la posible necesidad o no de que sea necesaria la atención médica, que no es objeto de esta reclamación, hecha en forma legal y al amparo de las leyes de la propia comunidad de Castilla y León, hablo de que la Junta de Castilla y León, y a través de ella el SACYL, a través del organismo que corresponda, viene reclamando el cobro de estas atenciones a través de los Juzgados, a esposos y padres de menores no emancipados.

 

Respecto a los propios cuerpos y fuerzas de seguridad, en la atención de estos temas, he de manifestar que en su propio PROTOCOLO DE ACTUACION DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD Y DE COORDINACION CON LOS ORGANOS JUDICIALES PARA LA PROTECCION DE LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA Y DE GENERO (Aprobado por la Comisión Técnica de la Comisión de Coordinación de la Policía Judicial de 28 de junio de 2005, tras haberse adoptado el anterior Protocolo a las modificaciones de la LO 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género), en su anexo I: Contenidos mínimos del atestado. 1.- Manifestación de la víctima, se habla, en sus tres apartados, de asistencia médica.

 

En el apartado a) se indica que si ya ha sido asistida en algún centro sanitario y dispone de parte médico de asistencia, se adjuntará a la denuncia. En el apartado b), se dice, en otro caso, se le ofrecerá la posibilidad de ser trasladada a un centro sanitario para recibir atención médica, adjuntando a la denuncia el parte médico que se emita. Y, en el apartado c), se indica que si la víctima no desea ser trasladada a un centro sanitario, se reflejará por escrito, mediante diligencia, las lesiones aparentes que puedan apreciarse y se solicitará a la víctima la realización de fotografías de  las mismas para unirlas a la denuncia. (Creo que carecen de aparatos para hacer dichas fotografías).

 

No quiero aquí mencionar, si deben hablarlas de centros públicos o privados, o de médicos ejerciendo libremente la medicina, pero sí de un ofrecimiento por funcionarios públicos de un servicio que el SACYL no lo ofrece y da gratuitamente, y lo viene exigiendo en los juzgados, conforme demuestro con la copia del parte judicial de lesiones que adjunto.

 

Un detalle importante es que los distintos cuerpos y fuerzas de seguridad del estado no obligan a estas mujeres a ir a un centro sanitario. Es por tanto, una decisión personal de las esposas el ir.

 

Hay un costo que el SACYL va a reclamar, si atiende el SACYL.

 

Aquí nos encontramos con que esposas, en plena vigencia de su sociedad de gananciales, con disposición de efectivo para pagar facturas de no mucho importe, no son informadas, al comprobar el facultativo que sus servicios no van a ser gratuitos, del posible importe de sus servicios, ni se presenta presupuesto previo para su aceptación, ni requeridas para el pago de los servicios que han requerido, y menos aún se las explica las razones por las que se pueda reclamar el costo del servicio a través del Juzgado.

 

No voy a manifestar aquí derechos como el de presunción de inocencia, derecho a un juicio justo, etc., etc., sino de una operación comercial, que se puede hacer en diversos sitios, y por diversos profesionales, con distintas tarifas. Hablo de que servicios no solicitados, no recibidos, son presentados de una manera abusiva a su cobro a personas que, si fueran los auténticos causantes de esa asistencia sanitaria tienen derecho al pago de los mismos, de otra manera. ¿ O no le interesa a la Junta de Castilla y León ?, y que si no son culpables de las graves acusaciones de las esposas, la Junta de Castilla y León está cometiendo una barbaridad con esas personas, sus hijos y familias.

 

La verdad es que el ordenamiento jurídico vigente permite a esas esposas, en plena vigencia de sus sociedades de gananciales, hacer frente a esos gastos, con cargo a las mismas, y si se consideraran perjudicadas en sus legítimos intereses, tienen caminos legales para hacerlo valer, sobre todo cuando a esas atenciones médicas siguen procesos judiciales.

 

Estimo haber demostrado que la utilización de esos servicios no son obligatorios. Los propios cuerpos de seguridad del estado no los imponen, los recomiendan, y basta. Presuntas lesiones pueden ser fotografiadas, lo que podría servir para procesos judiciales. Los forenses pueden hacer la valoración correspondiente.

 

La realidad cotidiana en ambulatorios, y consultas, a cargo del SACYL, responsabilidad de la Junta de Castilla y León, es que se atienden muchos casos en que el importe es pequeño, en que se alegan malos tratos, y muchas veces se manifiesta tener molestias no comprobables por el facultativo.

 

Quiero ser muy sensible con estos temas, y en atención a ello, voy a exigir que se cumplan las leyes de Castilla y León, hasta cierto importe, nada más, y en este momento, pero la ley es dura, pero es la ley, y esa ley, esas leyes las ha promulgado la Junta de Castilla y León.

 

Hay dos disposiciones sobre servicios comerciales, y la medicina es uno de ellos, en estos casos. Hay ciertas atenciones médicas que son atendidas sin costo alguno para el paciente, pero pagadas con impuestos de los ciudadanos. Es decir, no son gratis, son pagadas con impuestos, pero cuyo cobro no se pide al ser atendido. Estas leyes, de la propia Junta de Castilla y León son: Decreto 180/2001 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León , por el que se regula el derecho de los consumidores y usuarios a presupuesto previo de los servicios que se oferten y Ley 11/1998, de 5 de diciembre, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

 

A título particular, y sin que sirva de precedente, todas las atenciones que sanitarias, por estos conceptos, que no superen los 150 euros, que sean pagadas, en el plazo de una semana, por las mujeres denunciantes, esposas y madres de menores no emancipados, componentes de sociedad de gananciales libremente constituida.

 

Las que sean entre 150,01  euros y 600 euros, que puedan ser pagadas en doce meses, en varios plazos.

 

Sobre las que sean de importes superiores, no me pronuncio.

 

No dudo que para la inmensa mayoría de mujeres que denuncian, estos importes los pueden disponer sin mayores problemas, o se los pueden dejar familiares o amigos.

 

Para los casos en que haya una pobreza de solemnidad, no dudo que la Junta de Castilla y León estudiará el caso, y no lo cobrará de momento, y cuando un Juez decrete que el denunciado es responsable de los gastos originados, se lo exigirá a la mujer, esposa y madre de menores no emancipados, atendida.

 

La Junta de Castilla y León contempla presupuesto previo, derecho a saber condiciones de pago, etc. Conforme a las disposiciones de esta Comunidad de Castilla y León, la sociedad de gananciales tiene derechos a que esa información se dé a las esposas y madres de menores no emancipados denunciantes, y las esposas pueden disponer, legalmente, de ese dinero, de la misma.

 

Estimo que no es necesario que les señale en qué artículos viene todo esto que le estoy exigiendo.

 

Ruego me informe de esta gestión que le hago.

Como documentación, me va a permitirle adjuntar parte enviado al Juzgado por el Centro de Salud de San Agustín, de Burgos, en que se exige, abusivamente, el pago de unos presuntos perjuicios causados por un padre de familia, de una menor no emancipada, a quien ni se le informó del servicio, ni se le presentó factura, ni se le permitió hacer alegaciones. Es decir, la Junta de Castilla y León, el SACYL, actúa como EL COBRADOR DEL FRAC O LA MAFIA, y perdone la brutalidad de lo que escribo y firmo.

 

También me permito adjuntarle escrito del Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León, donde indica que, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, de la Junta de Castilla y León, aceptó su resolución del 20 de marzo de 2006, por el que para las subvenciones para inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género se eliminaría la referencia a la denuncia por maltrato. En la ORDEN FAM/150/2007, de 23 de enero, por la que se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a empresas para fomentar la inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia de género, dentro de las actuaciones que se incluyen en el Plan Dike (Código REAY FAM 001), ha desaparecido, respecto a la orden del mismo tema, de 2006, la consideración de que el parte o informe médico en el que conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario por causa de maltrato, se considera como acreditación de maltrato.

 

Las esposas y madres de menores no emancipados, componentes de sociedades de gananciales, libremente constituidas, DEBEN pagar las atenciones sanitarias que reciban en los distintos centros de salud de Burgos, responsabilidad de la Junta de Castilla y León, conforme a las garantías al consumo de la propia Junta de Castilla y León.

 

Ruego me informe de esta exigencia, conforme a legislación vigente, y, en caso contrario, la argumente debidamente, para los efectos oportunos.

 

Atentamente,

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 




Ahora también puedes acceder a tu correo Terra desde el móvil.
Infórmate pinchando aquí.





Ahora también puedes acceder a tu correo Terra desde el móvil.
Infórmate pinchando aquí.

#15237 De: "EDUARDO VIVES TERUEL" <vivesteruel.eduardo@...>
Fecha: Mié, 26 de Sep, 2007 8:51 pm
Asunto: PROTESTA MASIVA AL PROGRAMA CAIGA QUIEN CAIGA.
vivesteruel.eduardo@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
HOLA AMIGOS Y AMIGAS, OS ENVIO ESTE CORREO PARA QUE ENVIES VUESTRAS PROTESTA AL PROGRAMADE CAIGA QUIEN CAIGA AL LA DIRECCION:
 

 

ESCRIBIR CUANTOS MAS MEJOR ENVIANDO LA DISCRIMINACION QUE SUFRIMOS LOS PADRES CUANDO QUEREMOS SEGUIR EDUACANDO A NUESTROS HIJOS, ETC.....
YO POR MI SOLO HABLARIA DE LA DISCRIMINACION DE NUESTROS HIJOS Y QUE SE NOS IMPIDE POR LAS LEYES QUE REALIZAN NUESTROS GROBIERNOS MANIPULADORES........
 
SALUDOS Y MUCHAS GRACIAS.
NOS VEMOS TODOS EN SEVILLA.


--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@...,
 la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembre.com/

Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd. considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL  
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados      
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA) VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG

Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30

#15236 De: "ferro57hotmail" <webferr@...>
Fecha: Mar, 25 de Sep, 2007 3:59 pm
Asunto: http://blogs.rakeros.com/descargas/ RE: Fwd: reportaje Manuel Gancedo
ferro57hotmail
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Manuel tiene Esclerosis
Lateral Amiotrófica (ELA)


Y NO LE DEJAN VER A SU HIJA


En marzo de 2003 le fue diagnosticado Esclerosis
Lateral Amiotrófica (ELA), también
conocida como Enfermedad de Hawking
por padecerla el eminente físico Stephen
Hawking. La ELA es una enfermedad degenerativa
incurable de tipo neuromuscular


SÓLO QUIERO VOLVER A VER A MI
HIJA


Manuel Gancedo tiene 41 años.
Hace 5 años y medio que le diagnosticaron
Esclerosis Lateral
Amiotrófica (ELA), una enfermedad
neurodegenerativa incurable
y hace 8 meses que no ve a su
hija Helena, su única motivación
para seguir viviendo. Esta es su
historia.


Sabía que me iba a enfrentar a un
drama humano de esos que procuramos
esquivar, de esos que
parecen no existir, hasta que la
vida con toda su puñetera implacabilidad
decide jugar sucio y
todo el decorado que hemos ido
creando a lo largo de los años se
derrumba sumiéndonos en un
caos irremediable. Creía que
sabía a lo que me iba a enfrentar,
qué estúpido por mi parte.
Esta es la historia de un hombre
valiente que con su lucha da sentido
a nuestras vidas mediocres.
Su vida
Manuel nació hace 41 años en
Santander, en la desaparecida clínica
del Doctor Madrazo. Su vida
trascurrió como la de cualquier
otro, con sus vaivenes y sus quietudes,
con sus escaladas y sus
llanuras. De niño formó parte de
un grupo scout llamado "Brownsea"
y allí aprendió a amar y respetar
a la naturaleza. Estudió
magisterio y luego se convirtió en
psicólogo clínico. Emigró a Madrid,
como hicimos tantos, y allí
conoció a Helena. Se enamoraron,
seguramente como todos
nos enamoramos, y se casaron, y
tuvieron una niña a la que llamaron,
como a la madre, Helena. A
los tres años de nacer Helena,
como a tantos y tantos, se le rompió
el amor. No sé si de tanto
usarlo, pero la cuestión es que se
quebró. La pareja decidió separarse
de forma amistosa, como
tantos y tantos hicimos, y comenzó
algo que nunca hubiera de
haber pasado.


  Y según la ELA va avanzando y
devorando las posibilidades
de Manuel, Helena, su hija,
se convier te en la única
motivación para seguir
en este mundo




Aparece la enfermedad
En marzo de 2003, a los pocos
meses de que Manuel abandonara
el que fue su hogar, estando
con el papeleo de la separación,
le fue diagnosticado Esclerosis
Lateral Amiotrófica (ELA), también
conocida como Enfermedad de
Hawking por padecerla el eminente
físico Stephen Hawking. La
ELA es una enfermedad degenerativa
incurable de tipo neuromuscular
por la cual las
motoneuronas disminuyen gradualmente
su funcionamiento y
mueren, provocando una parálisis
muscular.El primer año la ELA galopa salvaje
minando el cuerpo de Manuel
que es perfectamente
consciente de su enfermedad, de
su desarrollo y de su desenlace
final.
Manuel Gancedo y su madre deciden
ante la situación que se les
plantea volver a Santander. Venden
todo lo que allí tenían y se
ubican en El Astillero.
En mayo de 2004 se le hace imprescindible
el uso de la silla de
ruedas, tiene las cuatro extremidades
completamente paralizadas
y la comunicación se realiza
a través de un sintetizador de voz.
Lo más preciado que tiene Manuel,
además de su madre Magdalena,
es su hija Helena. Y según
la ELA va avanzando y devorando
las posibilidades de Manuel, Helena,
su hija, se convierte en la
única motivación para seguir en
este mundo. Este tipo de esclerosis
mantiene las funciones corticales
y sensoriales indemnes, lo
que supone ser consciente de
todo lo que pasa a tu alrededor
manteniéndose tu vida emocional
intacta.
El soporte de Manuel, su niña, visita
a su padre con la regularidad
que da la distancia y el régimen
de visitas, acudiendo a El Astillero
en época de vacaciones.

Un juicio de faltas
condena a Carmen
por incumplimiento
del régimen de
visitas y por
vejaciones hacia
Manuel

La situación se
complica
El 30 de octubre de
2006, Manuel sufre
una neumonía y es ingresado
en Valdecilla
en estado de extrema
gravedad. Los médicos
dan por perdido
el caso pero milagrosamente
Manuel se
aferra a la vida. No queda más remedio
que practicarle una traqueotomía
y conectarle a un
respirador, motivo que le complica
aún más su capacidad de
relación.
El día 18 de diciembre de 2006,
Helena, la ex mujer de Manuel,
viene a El Astillero con su hija. La
niña se queda esa noche a dormir
en casa de su padre. Al día siguiente
Helena recoge a la niña
siendo esta la última vez que Manuel
vio a su hija. Helena, ante la
nueva situación decide que su
hija no vuelva a ver a su padre.
El régimen de visitas es incumplido
por parte de Helena y Manuel
denuncia la situación ante la
justicia. Un juicio de faltas condena
a Helena por incumplimiento
del régimen de visitas y
por vejaciones hacia Manuel.
Meses antes del verano la abogada
de Manuel, Marisa Cava,
envía un burofax a la madre de la
niña para ponerse de acuerdo en
la temporada de verano que Helena
tiene que pasar en El Astillero,
dándole a la madre la
posibilidad de la elección del
mes. Al no recibir respuesta, se le
envía otro burofax a mediados de
Julio comunicándola que el 1 de
agosto recogerán a la niña para
que pase el
mes en Cantabria
con
su padre y
su familia.
Las personas
que bajaron
a
Madrid a por
la niña no tuvieron
ning
u n a
respuesta de Helena. Simplemente
no abrió. Estas personas
denunciaron a la Guardia Civil de
Hoyo del Manzanares –lugar de
residencia de Helena- la situación
y la Guardia Civil se puso en contacto
con la madre para pedirle
las explicaciones pertinentes. Helena
adujo que ella tenía planeadas
las vacaciones con su hija en
Agosto y que no había recibido
ninguna notificación. Extremo
este que se derrumba ante los envíos
de los burofax a ella misma y
a su abogado.


ESTA ES LA SITUACIÓN ACTUAL

Magdalena: "Sólo queremos llamar la
atención para que los jueces lo tengan en
cuenta y se acelere el proceso, porque
Manuel no sabe lo que le queda de vida."



Magdalena me cuenta, intentado
mantener la compostura, las últimas
palabras que a través del teléfono
oyeron de boca de su hija Helena,
que actualmente tiene
ocho años: "Abuela que no
me oiga Papá, pero hazle
fiestas para que no se
sienta sólo. Tengo que colgar,
Abuela. Os quiero
mucho".
Actualmente la comunicación de
Manuel con su hija es inexistente,
aunque recibe información a través
de los profesores de Helena y de la
psicóloga del centro. Hace poco la
profesora de la niña mandó a Manuel
un Cd con trabajos hechos por
Helena durante el curso y las notas.
"Nadie se explica esta actitud (de su
ex mujer), no es que la niña vea de
repente a su padre así", se lamenta
Magdalena, "Lleva cuatro años
viendo la evolución de la enfermedad
del padre. Aquí vienen muchos
niños con sus padres a ver a Manuel
y no pasa nada". Magdalena coge
aire, suspira y continúa,
"sólo queremos llamar la
atención para que los jueces
lo tengan en cuenta y se acelere
el proceso, porque Manuel
no sabe lo que le queda
de vida". Noto que me empequeñezco
ante la crudeza de las
palabras de Magdalena que apostilla
que "esta enfermedad es muy
cruel, ya lo que le queda es llevárselo



Carta de Manuel a
su hija
"Marzo de 2007 ¡HOLA CARIÑO !:
¿Quién es mi chica favorita?
Los Reyes Magos le trajeron a Aila una pelota
súper gigante y la trata como si fuera su hijo.
Yo creo que quiere tener cachorros ¿Tú que
crees? ¿Te imaginas la casa llena de Ailitas
rompiendo las cortinas? ¡La abuela se vuelve
loca!.
Yo estoy bien, me siento en la silla un poco
todos los días.
¿Sabes? Tu osito amoroso, cuando te duermes
viene volando a Astillero para dormir conmigo,
y antes de que te despiertes, vuelve contigo.
Mira la foto. Claro, como es una abeja....
Hablo con tu profe por el ordenador, ¡así que
pórtate bien!.
Cuando todavía no andabas, estabas jugando
en el salón y te fuiste gateando a la entrada,
cogiste la caja de las galletas de Risco y cogías
una galleta la mordías un poco y se la dabas a
Risco. Mamá y yo estábamos en la cocina distraídos.
Cuando nos dimos cuenta, ya os habías
comido más de media caja. Claro, tú no
cenaste pero Risco sí. Nos reímos bastante. Ya
ves, bien pequeña ya te preocupabas de dar de
comer a Risco, ja, ja, ja.
Bueno te dejo, preciosa ¡a ver si me escribes!.
Te quiero.
PAPÁ. "





  Espero haber sido de alguna utilidad
  Un saludo
  ferro57 ARROBA hotmail.com








--- En Mandefender@yahoogroups.com, "Belén González Varela"
<belenuka@...> escribió:
>
> Por favor entrar en esta dirección
http://blogs.rakeros.com/descargas/ y
> podréis acceder al artículo que ha realizado la revista rakeros.com
a Manuel
> Gancedo nuestro compañero de Santander enfermo de Esclerosis Lateral
> Amiotrófica y que lleva diez meses sin ver a su hija.
> Un saludo a todos y vamos a ver si somos capaces de conseguir que
Manuel
> esté con su hija.
>
>
> Belén González Varela
> 615 055 535
> custodiacompartidasap.blogspot.com
> mujeresigualitarias.nireblog.com
>        www.sevillanoviembre.com
>

#15235 De: "AFAMSE" <afamse@...>
Fecha: Mié, 26 de Sep, 2007 11:58 am
Asunto: Décimo Martes 25 Septiembre de Protesta
afamse@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

Con una mañana fresca y soleada realizamos la décima protesta de las puertas de los Tribunales de Lavalle 1220.

Como es habitual, se han acercado numerosas personas entre los cuales se encontraban los llamados “judiciables” asistiendo a audiencias o a sus respectivos juzgados a controlar los exptes.

Mas gente se sigue sumando, preguntando, comentando sus experiencias desagradables con la justicia de Familia.

Es común escuchar

“hace 1 año y medio que no puedo ver a mis hijas” o

“ya no se qué hacer para poder estar con mis hijos” o

“me han fijado una cuota alimentaria imposible de pagar”,

“mirá si se lo que pasa que hace 3 años que no veo a mi hijo”,

entre otros comentarios.

Nuevamente ha han solidarizado varios profesionales de distintas disciplinas y hemos recibo el apoyo de muchos transeúntes.

 

Los esperamos el próximo Martes (si llueve el miércoles) en Lavalle 1220 en la Cámara Civil a partir de las 10:00hs.

con la figura de tus hijos “abducidos por el Estado”

 

en fin, como ya dijéramos: ”Algo nuevo está creciendo” 

 

Fotos y video en:

 

http://www.afamse.org.ar/fotos_martes.htm

 

Recuerde que puede visitar y dejar su comentario en nuestro nuevo FORO o FORUM en:

 

http://www.afamse.org.ar/FORO/index.php

 

Única sección PEQUES,

enséñeles esta técnica de comunicación a sus hijos.

Cuando no le dejen que lo llame por teléfono.

Acá podes dejar tu mensaje cuando no te dejan hablar por teléfono con tu otro padre.
Sabes que tu papi/mami que quiere mucho, aunque te hablen mal de él/ella y te enseñen a odiarlo/a. Déjale un mensaje de amor y cariño que lo va a leer.”

 

 

Saludos,

 

Héctor Alejandro Baima

PRESIDENTE

AFAMSE

 

www.afamse.org.ar

 

 

 

P. D.

Si estás de acuerdo o si sentís una sensibilidad especial por estos temas, difundir este mensaje entre tus amigos pero, por favor hacerlo usando el sistema de CCO (Copia Carbónico Oculta).

 

También si consideras que este e-mail no es de tu agrado y deseas se removido de la lista, volver a reenviarlo a:

borrame@... y discúlpanos la molestia.

 

 

 


#15234 De: javier álvarez <ex_joven@...>
Fecha: Lun, 24 de Sep, 2007 4:34 pm
Asunto: ¿médicos o comisarios políticos? el enlace era este
ex_joven
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Los inconvenientes de hacer las cosas con prisas. El enlace correcto era éste:
 
 
 
 
 
----- Original Message -----
Sent: Saturday, September 22, 2007 9:55 PM
Subject: [http://clix.to/mandefender] ¿médicos o comisarios políticos?

Voy a guardar una copia de este documento para mis nietos. Si para entonces se nos ha pasado el sarampión feminista, podrá servirles para hacer algún trabajo en el insti (bueno, ahora le llaman "tuto") o incluso en la facultad sobre algo así como la "neurosis obsesiva/compulsiva institucional de género".  El asterisco de la parte inferior de la página 30 se las trae, ya que instruye a los médicos para que den parte a la fiscalía si existen síntomas de maltrato psíquico. O dicho de otro modo, en cualquier caso en que la paciente no irradie felicidad familiar por todos sus poros. 
 
 
Saludos
 
Javier Alvarez


#15233 De: TEIXO RODRIGUEZ <alarmavisor@...>
Fecha: Lun, 24 de Sep, 2007 10:40 pm
Asunto: página que eliminó el ministerio sobre sap. II
alarmavisor
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

Hola:

Esto no es ninguna novedad, ya que aparecia en la exposición de los motivos de la aprobación de la Ley 15/2005.

Si uno lee el Diario de Sesiones del Congreso, hasta el representante del PSOE, esta de acuerdo en modificar dicha ley, a corto o medio plazo.

Si los propios Diputados sabian lo que estaban haciendo, por que los Padres afectados, llevamos 2 años,sin hacer nada (En conjunto no a nivel individual o de Guerrillas)

Los Foros no sirven para solucionar los problemas legales.

 

Por nuestros Hijos.



 

----- Mensaje original ----
De: EDUARDO VIVES TERUEL <vivesteruel.eduardo@...>
Para: Mandefender@yahoogroups.com
Enviado: lunes, 24 de septiembre, 2007 2:13:45
Asunto: [http://clix.to/mandefender] Fwd: página que eliminó el ministerio sobre sap.



---------- Forwarded message ----------
From: Domingo Gonzalez Alonso < pul8domi@gmail. com>
Date: 21-sep-2007 13:09
Subject: página que eliminó el ministerio sobre sap.
To: abipase@terra. com

MIS AMIGOS ESTA ES LA PÁGINA QUE EL MINISTERIO A ELIMINADO SABRE SAP EN ZARAGOZA
 
COPIADLA Y DIFUNDIDLA. La quema de libros y de información siempre a pasado factura a la sociedad. Este es el mismo caso.
 
 
 
 
INFANCIA EN RIESGO SOCIAL

COD IR07/26
 

SÍNDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL (SAP) COMO NUEVO TIPO DE MALTRATO Y SU TRATAMIENTO EN LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS: DIAGNÓSTICO E INTERVENCIÓN

 

Los menores inmersos en procesos de ruptura, desestructuració n familiar o a causa de enfermedad mental de uno de sus referentes familiares pierden su estabilidad, y se culpabilizan. En ocasiones  las lealtades se ven comprometidas y se convierten en victimas propiciatorias de la presión/manipulació n de los adultos (uno o mas, consciente o inconscientemente) , que se sirven de las naturales estrategias de adaptación para crear alianzas patológicas comprometiendo en muchos casos el equilibrio emocional de los niños

 

OBJETIVOS

viñeta

Analizar y estudiar las manifestaciones y consecuencias del Síndrome de Alienación Parental (SAP)

viñeta

Dotar de habilidades para la elaboración de diagnósticos competentes en casos de SAP y la planificación para la intervención más acertada en cada caso.

viñeta

Estudiar modos de intervención competente en los casos en que se producen estas situaciones.

 

CONTENIDOS

viñeta

Descripción / definición del Síndrome de Alienación Parental (SAP)
- La alienación como proceso.
- Tipos y niveles de gravedad
- Valoración diferencial ante la coexistencia de problemas de salud mental en progenitores.
- Variantes de la alienación (familiares, alienación previa a la ruptura de pareja…)

viñeta

Diagnostico del SAP como tipo de maltrato.
- Explorando antecedentes
- Criterios
- Factores a tener en cuenta ante las medidas de protección más adecuadas

viñeta

Tratamiento
- Psicoterapia, mediación etc.
- Separación del progenitor alienante
- Restablecimiento de vínculos
- Predictores de éxito

viñeta

La coordinación interinstitucional: Servicios de Protección de Menores, Juzgados, Salud Mental y otros

viñeta

Análisis de casos y resultados.

 

DESTINATARIOS 

viñeta Profesionales de los Servicios Especializados de protección de Menores con preferencia a miembros de equipos de diagnóstico y tratamiento

 

CIUDAD
CELEBRACIÓN

FECHA
CELEBRACIÓN

FECHA LIMITE INSCRIPCIÓN

Zaragoza

7, 8, 9 noviembre

15 octubre

 

Ir a cursos

Todos los derechos reservados
Pié de página. Todos los derechos reservados.

--
Un abrazo desde Sevilla.

Domingo González Alonso
Tel: 615 055 250
custodiacompartidas ap.blogspot. com
mujeresigualitarias .nireblog. com
     www.sevillanoviembr e.com
PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN

--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@ gmail.com , la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembr e.com/
Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd. considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL  
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados      
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA) VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPART IDA.ORG
Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30




Sé un Mejor Amante del Cine
¿Quieres saber cómo? ¡Deja que otras personas te ayuden! .

#15232 De: "Belén González Varela" <belenuka@...>
Fecha: Lun, 24 de Sep, 2007 12:04 pm
Asunto: Fwd: reportaje Manuel Gancedo
belenuka@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

Por favor entrar en esta dirección http://blogs.rakeros.com/descargas/ y podréis acceder al artículo que ha realizado la revista rakeros.com a Manuel Gancedo nuestro compañero de Santander enfermo de Esclerosis Lateral Amiotrófica y que lleva diez meses sin ver a su hija.
Un saludo a todos y vamos a ver si somos capaces de conseguir que Manuel esté con su hija.
 

#15231 De: javier álvarez <ex_joven@...>
Fecha: Sáb, 22 de Sep, 2007 7:55 pm
Asunto: ¿médicos o comisarios políticos?
ex_joven
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Voy a guardar una copia de este documento para mis nietos. Si para entonces se nos ha pasado el sarampión feminista, podrá servirles para hacer algún trabajo en el insti (bueno, ahora le llaman "tuto") o incluso en la facultad sobre algo así como la "neurosis obsesiva/compulsiva institucional de género".  El asterisco de la parte inferior de la página 30 se las trae, ya que instruye a los médicos para que den parte a la fiscalía si existen síntomas de maltrato psíquico. O dicho de otro modo, en cualquier caso en que la paciente no irradie felicidad familiar por todos sus poros. 
 
 
Saludos
 
Javier Alvarez

#15230 De: "EDUARDO VIVES TERUEL" <vivesteruel.eduardo@...>
Fecha: Lun, 24 de Sep, 2007 12:13 am
Asunto: Fwd: página que eliminó el ministerio sobre sap.
vivesteruel.eduardo@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 


---------- Forwarded message ----------
From: Domingo Gonzalez Alonso < pul8domi@...>
Date: 21-sep-2007 13:09
Subject: página que eliminó el ministerio sobre sap.
To: abipase@...

MIS AMIGOS ESTA ES LA PÁGINA QUE EL MINISTERIO A ELIMINADO SABRE SAP EN ZARAGOZA
 
COPIADLA Y DIFUNDIDLA. La quema de libros y de información siempre a pasado factura a la sociedad. Este es el mismo caso.
 
 
 
 
INFANCIA EN RIESGO SOCIAL

COD IR07/26
 

SÍNDROME DE ALINEACIÓN PARENTAL (SAP) COMO NUEVO TIPO DE MALTRATO Y SU TRATAMIENTO EN LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS: DIAGNÓSTICO E INTERVENCIÓN

 

Los menores inmersos en procesos de ruptura, desestructuración familiar o a causa de enfermedad mental de uno de sus referentes familiares pierden su estabilidad, y se culpabilizan. En ocasiones  las lealtades se ven comprometidas y se convierten en victimas propiciatorias de la presión/manipulación de los adultos (uno o mas, consciente o inconscientemente), que se sirven de las naturales estrategias de adaptación para crear alianzas patológicas comprometiendo en muchos casos el equilibrio emocional de los niños

 

OBJETIVOS

viñeta

Analizar y estudiar las manifestaciones y consecuencias del Síndrome de Alienación Parental (SAP)

viñeta

Dotar de habilidades para la elaboración de diagnósticos competentes en casos de SAP y la planificación para la intervención más acertada en cada caso.

viñeta

Estudiar modos de intervención competente en los casos en que se producen estas situaciones.

 

CONTENIDOS

viñeta

Descripción / definición del Síndrome de Alienación Parental (SAP)
- La alienación como proceso.
- Tipos y niveles de gravedad
- Valoración diferencial ante la coexistencia de problemas de salud mental en progenitores.
- Variantes de la alienación (familiares, alienación previa a la ruptura de pareja…)

viñeta

Diagnostico del SAP como tipo de maltrato.
- Explorando antecedentes
- Criterios
- Factores a tener en cuenta ante las medidas de protección más adecuadas

viñeta

Tratamiento
- Psicoterapia, mediación etc.
- Separación del progenitor alienante
- Restablecimiento de vínculos
- Predictores de éxito

viñeta

La coordinación interinstitucional: Servicios de Protección de Menores, Juzgados, Salud Mental y otros

viñeta

Análisis de casos y resultados.

 

DESTINATARIOS 

viñeta Profesionales de los Servicios Especializados de protección de Menores con preferencia a miembros de equipos de diagnóstico y tratamiento

 

CIUDAD
CELEBRACIÓN

FECHA
CELEBRACIÓN

FECHA LIMITE INSCRIPCIÓN

Zaragoza

7, 8, 9 noviembre

15 octubre

 

Ir a cursos

Todos los derechos reservados
Pié de página. Todos los derechos reservados.

--
Un abrazo desde Sevilla.

Domingo González Alonso
Tel: 615 055 250
custodiacompartidasap.blogspot.com
mujeresigualitarias.nireblog.com
     www.sevillanoviembre.com
PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN

--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@... , la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembre.com/
Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd. considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL  
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados      
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA) VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG
Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30

#15229 De: "ajmmfour" <ajmm4@...>
Fecha: Vie, 21 de Sep, 2007 2:03 pm
Asunto: Ley de Violencia de Genro. Crimen de Estado.
ajmmfour
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Tengo dos hijos (17, 16 años), y una hija (13 años).

Hay en la sociedad donde vivo, una ley que dice que cuando pasen de
18 años de edad, ante un mismo hecho, uno merece un castigo, otro
otro.

Aprobada por todos los grupos que dicen defender nuestros derechos.

Este simple hecho, su imposicion a la fuerza, con camisa de fuerza
mental a toda la sociedad, es suficiente para saber con quien estamos
tratando.

Asesinos.

Y para ellos, hay una pena, en un viejo codigo penal.

Ojo por ojo, y diente por diente.

No creais que los policias que vana ir a por vosotros a casa para
llevaros a los calabozos de genero, sin juicio, esteis sanos o con
fiebre, van a respetar vuestro derecho a la presuncionde inocencia.

No.

Que no os van a crear pruebas falsas (Como hacen en U.S.A., datos de
S. Basquervile), pues , como creeis, son imparciales.

Las crearan, para muchos de ellos, no es mal trabajo, pues es mas
facil tratar con pobres desgraciados sin armas, que ir a por un
traficante de armas que les espera con un cargador lleno para cada
cabeza de policia.

No os engañeis, no creais en democracia alguna, en que 'bueno, los
politicos no saben la realidad de la violencia de pareja', si
supieran que es igual hombre-mujer que mujer -hombre, la cambiarian'.

Lo saben.

De hecho, han creado 'referentes cientificos', para eliminar a todo
cientifico que se les oponga, que saque datos contrarios , y para
embobar a las masas con 'sus sabios y expertos'.

Son los unicos que reciben dinero, y para los otros, ya esta previst
el delito de 'homofobia', o 'matenimiento de las estructuras de
dominacion de generos'.

Miguel Angel Lorente Acosta es uno de ellos, famoso por ocultar la
sangre de cerca de 2400 hombres para que le saliera que 'las mujeres
se suicidan el doble que la poblacion en general' (Ver web de la casa
del libro, titulo, mi marido me pega lo normal) cuando la tasa de los
hombres es triple que la de mujeres (En España y peor en todo
Occidente).

El Centro Reina Sofia 'para el estudio de la violencia' (CAmbia la
metodologia de medida de maltrato a niños, de medir en hospitales,
donde salen mayoria perpetradoras, mujeres, a medir denuncias, donde
salen mayoria culpbles hombres) es otro, con el otro 'referente
cientifico', señor San MArtin.

Os dan de comer, vacaciones, paga extra, tenemos 'gran hermano',
tenemos 'futbol'.

Toda degradacion es palusible.

Cuando recibais una notificacion para ir a un juzgado de genro,
sabreis donde esta el matadero de la granja en que vivis.

Y yo personalmente, se que callar ante esto es traicionar el alma de
mis hijos, creados de la misma esencia, abrazados y acunados por mi
cuando eran bebes, por igual.

La aprobacion por unanimidad de la Ley de violencia de Genero, (HAy
mas de 50 paises en el mundo que han aprobado similares leyes desde
2000, en recientes mensajes a mandefender los traje, no es algo solo
de españa, es global), es coherente.

HAy unos solos amos en el mundo, y en cada granja (España es una mas)
los gallitos locales, cacarean entre ellos para divesion de gallinas
y pollitos.

'!!!Quemalo es ZP, que bueno es Rajoy¡¡¡'

'!!!Que malo es Aznar, que bueno es ZP....¡¡¡¡

etc. etc. etc.

Pero cuando vienen ordenes del granjero, no hay discusion.

Acabo de recibir la noticia de la 'eleccion' para el puesto de
presidente en India,de un Feminista Radical Corrupto (Pratibha Patil,
elejido no por el pueblo, sino por legisladores ).

India: Corrupt Radical Feminist President Appointed
http://mensnewsdaily.com/2007/07/22/india-corrupt-radical-feminist-
president-appointed/


El ultimo estado que yo recuerde que creo unas leyes para unos, y
otras para otros, fue Ruanda.

A los Tutsi, les fijo un tipo de D.N.I.
A los Utus, otro.
Por ley.


En este momento solo hay una cosa que podemos hacer.

Preservar la informacion.

Para todos, y muy especialmente, para nuestros hijos.

Que sepan que hubo una epoca en que a todos los seres humanos se los
trataba por igual.

Que solo se los condenaba por pruebas objetivas, no 'por su intencion
de mantener los roles de dominacion.......'.

Que sepan quien, con nombres y apellidos, oculto sangre humana
derivada de sus politicas hechas injustas a sabiendas, para segur
cobrandode todos 'por los derechos humanos' (Amnistia Internacional,
Instituto NAcional de Estadistica:
http://www.catalunyaproposa.net/INEManipulacionDeDatosDeSuicidio.htm
.

Estudios como el informe 111, y muchos otros que ya estan en internet.

La informacion es nuestro oro.

Debo felicitar a muchos jueces que se la estan jugando.

Creo que muchos, muchas, por la tarde, cuando llegan a casa, de sus
despachos, donde les llegan tomos y mas tomos 'de genero', se toman
un cafe, se sientan en su ordenador, encienden inernet,,,,,,,,,,,,,

Y conocen.

Adjunto la noticia del fallecimiento (Por Cancer, que yo sepa) del
hombre que hace un año se atrevio a denunciar publicamente a todo el
mundo quien habia creado el feminismo de genero, y porque.

Hace años recuerdo en listas similares a esta debates sobre 'cual
debia ser la bandera'.

'Custodia compartida' decia uno.

'Tienen bomarderos conceptuales muy superiores al castillo en el aire
que es ese concepto de custodia comaprtida', les dije yo.

Corria el año 2002, y por supuesto, nadie creia posible que ni
siquiera se atreviera algun politico a plantear una ley que
distinguiera hombres de mujeres.

Saludos.

----------------------------------------------------
Asunto:    You need to see this: "America: From Freedom to Slavery"
Remitente:
Fecha:   Sab, 1 de Septiembre de 2007, 15:39
Para:   undisclosed-recipients:;
Prioridad:   Normal
Opciones:   Ver Encabezado Completo |  Vista Preliminar  | Ver como
solo texto  | Ocultar imágenes inseguras




Unfortunately, Aaron Russo died on August 24, 2007 at age 64 of
cancer of the bladder.

Aaron Russo produced a DVD that you must watch.

http://video.google.com/videoplay?docid=-1656880303867390173

Let there be no mistake.

Russo doesn't stress that point very much (although he alludes to
it), but what Russo presents is not an American problem, it is an
international one.

World government is being rammed down our throats.

    The big banks are the driving force, they control the money
supply, and there is not a single developed nation (and not a single
developing one I heard of) that does not have a central bank.

    Contrary to what by far most people believe, central banks are not
controlled or owned by governments.

They are owned and controlled by a handful of bankers who work very
hard to install a global government.

    Russo addresses that in his movie (towards the end) where he shows
various quotes from a number of prominent people (e. g.: David
Rockefeller) that show their desire to have a world government and to
have it replace nations.

    Power corrupts, absolute power corrupts absolutely.

  Money is power, and there is no greater power than to have absolute
control of all money.

Producer/director: Aaron Russo.

Check his website:  http://www.freedomtofascism.com/

Downloadable audio interview with George Noory on Coast to Coast AM:
Part I, II, III (May 15, 2006)

That interview provides a surprising and revealing truth about
women's lib.

  I have extensively written about that and its communist roots .

  One of the Rockefellers told Russo, after he had asked Russo about
what he thought what women's lib was all about and received the
standard, politically-correct answer, :


"Aaron, you are an idiot.  Women's lib was brought about for no other
reason than to bring women into the workforce, so that they could be
taxed."

"Aaron, tu eres un idiota. El movimiento de liberacion de la mujer no
fue creado  por otra razon que para llevar a la mujer al trabajo, de
tal modo que ellas pudieran ser cobradas en impuestos".

#15228 De: "Rafael Rodrigo Navarro" <r_rodrigo_n@...>
Fecha: Jue, 20 de Sep, 2007 5:25 pm
Asunto: FW: [http://clix.to/mandefender] COMUNICADO DE PRENSA- HACIENDA NOS DISCRIMINA¡¡¡¡
r_rodrigo_n@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 




From: galeman@lasprovincias...
Reply-To: Mandefender@yahoogroups.com
To: <Mandefender@yahoogroups.com>
Subject: [http://clix.to/mandefender] COMUNICADO DE PRENSA- HACIENDA NOS DISCRIMINA¡¡¡¡
Date: 19 Sep 2007 16:46:01 +0200

Nombre: CUSTODIA

Apellidos: COMPARTIDA YA!

Provincia: VALENCIA

DNI: 52632222

Carta:

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA!

Asociación de Padres y Madres Separados

Miembro de la Plataforma por la Igualdad y la Custodia Compartida

www.custodiacompartida.org

Portavoz: Isidro Fresneda: 607876787

 

CONVOCATORIA de Prensa

DIA: VIERNES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2007

HORA: 11 HRS.

LUGAR: ESCALINATAS DELEGACION DE HACIENDA.

               AVDA. BARON DE CARCER,4 (VALENCIA)

Haremos concentración reivindicativa con el lema:

 

“HACIENDA

NOS

DISCRIMINA”

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA! DENUNCIA LA DISCRIMINACIÓN QUE SUFREN LOS PADRES SEPARADOS DESDE HACIENDA

Hacienda impide que los padres separados podamos desgravarnos a nuestros hijos en la declaración IRPF.

 

Aunque Ley 35/2006, de 28 de Noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no discrimina respecto a quien ostente la custodia tras la separación, para desgravarte por hijos, lo cierto es que Hacienda si lo está haciendo.

Hacienda está revisando las declaraciones de los varones separados/divorciados, que hayan incluido a sus hijos en su declaración, para impedir que se los desgraven, alegando que no ostentan la custodia de los menores.  ¡¡¡Es como si dejaras de ser padre en el momento de separarte, incluso a efectos fiscales !!!

 

Denunciamos la indefensión y la impunidad con que Hacienda nos trata, y la discriminación que sufrimos nuevamente respecto a nuestras exparejas.





#15227 De: "EDUARDO VIVES TERUEL" <vivesteruel.eduardo@...>
Fecha: Jue, 20 de Sep, 2007 2:39 pm
Asunto: CONVOCATORIA DE PRENSA Y PRESENCIA
vivesteruel.eduardo@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 


---------- Forwarded message ----------
From: Isi Fres < isifres@...>
Date: 19-sep-2007 10:54
Subject: CONVOCATORIA DE PRENSA Y PRESENCIA


 

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA!

Asociación de Padres y Madres Separados

Miembro de la Plataforma por la Igualdad y la Custodia Compartida

www.custodiacompartida.org

Portavoz: Isidro Fresneda: 607876787

 

CONVOCATORIA de Prensa

DIA: VIERNES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2007

HORA: 11 HRS.

LUGAR: ESCALINATAS DELEGACION DE HACIENDA.

               AVDA. BARON DE CARCER,4 (VALENCIA)

Haremos concentración reivindicativa con el lema:

 

"HACIENDA

NOS

DISCRIMINA"

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA! DENUNCIA LA DISCRIMINACIÓN QUE SUFREN LOS PADRES SEPARADOS DESDE HACIENDA

Hacienda impide que los padres separados podamos desgravarnos a nuestros hijos en la declaración IRPF.

 

Aunque Ley 35/2006, de 28 de Noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no discrimina respecto a quien ostente la custodia tras la separación, para desgravarte por hijos, lo cierto es que Hacienda si lo está haciendo.

Hacienda está revisando las declaraciones de los varones separados/divorciados, que hayan incluido a sus hijos en su declaración, para impedir que se los desgraven, alegando que no ostentan la custodia de los menores.   ¡¡¡Es como si dejaras de ser padre en el momento de separarte, incluso a efectos fiscales !!!

 

Denunciamos la indefensión y la impunidad con que Hacienda nos trata, y la discriminación que sufrimos nuevamente respecto a nuestras exparejas.




Llama a tus amigos de PC a PC: ¡Es GRATIS! Pruébalo


--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@..., la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembre.com/
Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd. considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL  
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados      
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA) VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG
Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30

#15226 De: galeman@lasprovincias...
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 2:42 pm
Asunto: COMO PODER VER A MI HIJA
galeman@lasprovincias...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Nombre: MANUEL

Apellidos: GANCEDO

Provincia: MADRID

DNI: 52632222

Carta: ---------- Forwarded message ----------
From: mgancedo <mgancedo@...>
Date: 19-sep-2007 14:52
Subject: acuerdo
To: lawyer <r.i.castresana@...>
Cc: Helena Montesinos <helenamontesinos@...>

Estimado letrado:

Soy consciente de las conversaciones que ha mantenido con el señor Domingo González. Fruto de ellas le comento:

Entiendo que usted no pueda atender a recomendaciones de terceros puesto que yo mismo he sido perito como psicólogo en varios juicios.

Soy adulto, tengo en perfecto estado mis facultades mentales, he cuidado siempre bien de mi hija durante los 7años que tiene de vida y en la actualidad presento dificultades para atender físicamente a mi hija. No obstante le garantizo que pondré todos los medios, como siempre he hecho, para que la estancia de mi hija sea lo más adecuada posible a las circunstancias.

Como técnico superior en prevención de riesgos laborales y le diré que es imposible preveer y controlar todas las variables que influyen en un acontecimiento fortuito como puede ser el fallecimiento de un familiar o un accidente de circulación. Por lo que sus miedos o los de su cliente son totalmente infundados.

La responsabilidad del cuidado de mi hija cuando yo disfruto del régimen de visitas (y por ende mi hija también disfruta) recae exclusivamente en mí. Yo contrato (y despido si considero que no lo hacen bien) a las personas encargadas de su cuidado físico, selecciono una persona de mi confianza para que la recoga en su domicilio , tomo cualquier decisión relativa a su educación, hablo con regularidad con su profesora, la psicóloga y la directora del colegio, etc.

Agradezco su preocupación o la de su cliente por la salud mental de mi hija durante las visitas a mi domicilio, pero dispongo de los conocimientos necesarios (soy también profesor de preescolar) y de la experiencia precisa para velar por el bienestar de mi hija.

Soy yo el máximo interesado en resolver esta situación y como parece que su mayor inquietud o la de su cliente es en relación a los desplazamientos y/o los acompañantes, he decidido ir yo mismo en persona a buscar a mi hija a Madrid, ruego me indique, con una antelación de 15 días , el viernes que usted o su cliente decidan que recoga a mi hija. Espero que esta solución sea de su agrado o el de su cliente.

Aprovecho la ocasión para rogarle que diga a su cliente que tenga a bien atender a mis llamadas, puesto que llevo más de un mes sin poder hablar con mi hija.

Pongo en copia a mi ex esposa, su cliente.

Sin otro particular se despide:

Manuel Gancedo





#15225 De: "FERETO@..." <fereto@...>
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 10:50 am
Asunto: PETICION DE QUE EL AYUNTAMIENTO DE BURGOS NO EJERZA COMPETENCIAS QUE SON DEL ESTADO, EN MATERIA DE INMIGRACION
jesusayalaca...
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

  

 

SR./A. TRABAJADOR/A SOCIAL

CENTRO DE ACCION SOCIAL DEL

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

 

BURGOS

 

 

Asunto: EJERCICIO DE FUNCIONES QUE NO TIENE ASUMIDAS EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, POR PARTE DE UD., EN MATERIA DE REGRUPACION FAMILIAR DE INMIGRANTES.

 

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr./a. mío/a:

 

Me permito adjuntarle la siguiente documentación:

 

Copia del escrito de la Sr. Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, Dª M. José Abajo Izquierdo, de fecha 12 de septiembre de 2.007.

Copia de la carta que dirijo hoy al Ilmo. Sr. D. Miguel Alejo Vicente, Delegado del Gobierno en Castilla y León.

Copia de la carta que dirijo hoy al Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León.

 

Por las mismas, puede observar, en primer lugar, que las únicas funciones que tiene ese Ayuntamiento de Burgos, y, en concreto, Ud., en temas de reagrupamiento familiar, de inmigrantes, es ser mero/a informador/a de una cuestión muy concreta: "La relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia", por lo que estimo que debe abstenerse de informar sobre cualquier otro asunto, relacionado con este tema.

 

Ud. tiene responsabilidades personales, y el ejercer funciones para las que no tienen la titulación requerida, y no son competencia del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, según manifiesta la responsable de los CEAS, podría tener consecuencias penales, debidamente tipificadas.

 

Vengo recomendando que los trabajadores, que hacen recomendaciones, que pueden ser desafortunadas, o no autorizadas por la legislación vigente, exijan de sus empleadores que les paguen un seguro de responsabilidad civil. Por otra parte, si que les reflexiono que estos graves temas los consulten con su sindicato, o un abogado, para evitarse perjuicios personales.

 

Atentamente,  

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

P. D.: La patria potestad compartida no es favorecida por distintos estamentos oficiales, que debieran conocerla, reconocerla, respetarla y hacerla respetar.

 

Los convenios que se presentan en los Juzgados, y autorizan los jueces, por propia experiencia, no siempre ni los defienden, ni los respetan, ni los hacen respetar los propios Jueces que los autorizan.

 

Los niños, normalmente, tienen padre y madre reconocidos administrativamente, con derechos propios, distintos de los de su padre y madre.

 

Expulsar a padres de familia de su domicilio, dejar a los niños sin papá, es la política familiar que existe hoy en este país. Por lo menos, respete ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos los derechos de esos niños que vienen de otros países, y que los que pueden y deber autorizar su traslado a Burgos,  en sus países de origen, lo autoricen, competencia que no es de ninguna madre.

 

 

 

 

 

 

 

  JESUS AYALA CARCEDO

                                      C/ Soria, 16-5º D

                                      09004 BURGOS

 

 

 

EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMUN DE CASTILLA Y LEON

Plaza de San Marcos, 5

24001 LEON

 

Asunto: POSIBLE INDEFENSION DE CIUDADANOS ESPAÑOLES, Y VECINOS DE LA CIUDAD DE BURGOS, AL EXIGIRSE AUTORIZACION PARA QUE CONVIVAN EN SU DOMICILIO EMPLEADAS DOMESTICAS INTERNAS, SIN QUE HAYAN SIDO ASESORADOS PREVIAMENTE A FIRMARLAS. PUDIENDO ESTAR FAVORECIENDO EL TRASLADO DE MENORES NO EMANCIPADOS AL ESTADO ESPAÑOL, SIN QUE SE LES RESPETEN LOS DERECHOS QUE TIENEN RECONOCIDOS EN SUS PAISES DE ORIGEN.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr. Mío:

 

Adjunto envío copia del impreso del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, titulado:

 

REAGRUPAMIENTO FAMILIAR/PERMISO DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES

SOLICITUD DE INFORME ACREDITATIVO DE DISPONIBILIDAD DE VIVIENDA SUFICIENTE

 

En el reverso del mismo, se exige, para ciertos casos;

 

"En el caso de empleadas domésticas internas, autorización del propietario del domicilio para que convivan en el mismo las personas para las que se solicita el reagrupamiento familiar."

 

Obviamente, al firmar un documento de estas características, se puede estar facilitando coacciones de empleadas domésticas, para que firmen dichos documentos sus empleadores. No es difícil pensar que, por ejemplo, personas ancianas, necesitadas de cuidados, se pueden encontrar en un grave compromiso, y con muy fuertes presiones, por parte de dichas empleadas domésticas. Creándoles una grave situación personal y emocional, yo diría rayano al chantaje.

 

Pero es que, independientemente de esto, nos podemos encontrar que se está facilitando el traslado de menores no emancipados, cuyos derechos debe respetar, y hacer respetar, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que no están debidamente garantizados, por sentencias u otras decisiones administrativas, en sus países de origen. Muy frecuentemente, hay menores no emancipados que no conviven con ambos padres, ambos conocidos y reconocidos administrativamente.

 

Los ciudadanos de Burgos, en su inmensa mayoría, desconocemos el derecho internacional, y en concreto del de cada uno de esos posibles menores no emancipados, cuyo traslado al estado español se pretende por sus madres, que no conviven ni mantienen vínculos con el padre de sus hijos.

 

Uno de los derechos de estos niños, es el derecho de visita, derecho reconocido por diversos tratados y convenciones reconocidos por el estado español, como pueden ser la Convención de los Derechos del Niño, Convenio de la Haya nº XXVIII, etc.

 

Es significativo que diversos países de América hayan firmado la Convención Interamericana de Montevideo, de 1.989, en que se contempla, entre otros, el citado derecho de visita de los niños, que cambian de país.

 

Este derecho debe estar autorizado, expresamente, por autoridad del país de origen, y, lógicamente, el traslado de un menor no emancipado, por parte de uno solo de los padres, requiere unos requisitos y autorizaciones del país de origen que garanticen este derecho, entre otros.

 

Es por ello que solicito de Ud. que requiera al Excmo. Ayuntamiento de Burgos para que dicho documento/autorización, poniendo a disposición de empleadas domésticas internas un domicilio, para trasladar a un menor no emancipado, a la ciudad de Burgos, vaya acompañado del informe de un especialista en derecho internacional y familia, que garantice que el posible traslado del menor no emancipado a la ciudad de Burgos, reúne todos los requisitos exigidos por su país de origen, garantizando, entre otros, su derecho de visita del padre con el que no convive.

 

Espero acepte esta petición, y me tenga informado sobre la misma, para evitar que ancianitos de Burgos se puedan ver presionados por sus empleadas domésticas, y puedan estar facilitando traslados de menores no emancipados, sin todas las garantías que exige la legislación de sus países de origen.

 

Atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.: Como Ud. conoce, por los numerosos expedientes que existen en esa importante institución, sigo de muy cerca todas las gestiones administrativas, que puedan afectar a menores no emancipados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ILMO. SR. D. MIGUEL ALEJO VICENTE DELEGADO DEL GOBIERNO EN CASTILLA Y LEON

C/ Jesús Rivero Meneses, 1 (Huerta del Rey)

47071 VALLADOLID

 

Asunto: POSIBLES DELITOS DE LAS TRABAJADORAS SOCIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS. CODIGO PENAL, ARTICULOS 402 Y 403.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Ilmo. Sr.:

 

Me permito enviarle copia de la carta que he recibido, de fecha 12 de septiembre de 2.007, firmada por Dª M. José Abajo Izquierdo, Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con el escrito que dirigí a dicha Gerencia, con fecha 29 de agosto de 2.007, registrado en ese Ayuntamiento de Burgos con fecha 6 de septiembre de 2.007, titulado:" Posible cooperación de ciudadanos de Burgos, sin el debido asesoramiento del Excmo. Ayuntamiento de Burgos en la violación de los derechos personales de los hijos de las mujeres inmigrantes, madres que no conviven con el padre de los hijos que desean traer al estado español, madres solteras, separadas o divorciadas."

 

Como claramente puede ver, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con la reagrupación familiar de inmigrantes, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 42 y concordantes, RECONOCE  que la función que corresponde a las Administraciones locales en materia de reagrupación familiar se limita a la de ser mera informadora de una cuestión concreta, la relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia, siendo competencia de la Administración del Estado la observación de las cuestiones a que yo aludía en mi escrito citado, referidas a cuestiones de derecho internacional y de derecho de familia COMPETENCIA de la Administración del Estado, según reconoce el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, insisto, no yo.

 

Conforme puede ver,  por la hoja adjunta, obtenida por la página web del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, a la pregunta:

 

"Soy una persona extranjera y me quiero informar sobre los trámites para realizar un Reagrupamiento familiar",

 

Indica:

 

"Debe acudir al Centro de Acción Social (CEAS) de su zona donde le atenderá un trabajador/º social. Los CEAS están ubicados en los distintos barrios de la ciudad. Es necesario conocer el CEAS correspondiente a su domicilio. Lo que puede consultar a través del Servicio 010. Si usted quiere realizar una consulta al Trabajador Social, es necesario pedir cita previa."

 

Aún no deseando castigo alguno para los/as diferentes Trabajadores/as Sociales, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, estimo que nos encontramos aquí con lo que se contempla en el Código Penal, capítulo V ( DE LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS Y DEL INTRUSISMO):

Artículo 402.

"El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años."

Artículo 403.

"El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años."

Estimando que entra dentro las competencias que corresponden a esa Autoridad, conforme a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, conforme se contempla en su artículo 23,   (Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas), que dice:

"Para el ejercicio de las funciones asignadas respecto de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen las siguientes competencias:

6.- Velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, al Estado y la correcta aplicación de su normativa, promoviendo o interponiendo, según corresponda, conflictos de jurisdicción, conflictos de atribuciones, recursos y demás acciones legalmente procedentes."

 

Desgraciadamente, aquí nos encontramos con personas contratadas por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, desconociendo si son funcionarios/as, o qué tipo de relación contractual las une con el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que pueden estar dando información sobre temas de derecho internacional y de familia, que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce como competencia de la Administración del Estado.

 

Por un lado, en temas tan delicados profesionalmente, estimo carecen de la titulación correspondiente para informar sobre estos temas, y, por otra parte, están asumiendo competencias que corresponden a otra administración, la del estado, en este caso.

 

Insisto, no deseo castigo alguno para estas personas, pero es obvio que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos está permitiendo,  y quiero pensar que también exigiendo, que personas, sin la titulación suficiente que debemos exigir a las distintas administraciones, sobre temas muy graves y delicados, como son los derechos personales de menores no emancipados, al amparo de otras legislaciones y garantías de sus países de origen, den información sobre su posible traslado al estado español, cuando, el propio Excmo. Ayuntamiento de Burgos, mediante firma en el escrito citado, de Dª M. José Abajo Izquierdo, reconoce que la única labor informadora que puede, y debe, ejercer el mencionado Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en materia de reagrupación familiar se limita, y exijo que se limite, a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Por ello, como ciudadano, exijo de esa Autoridad, y al amparo de sus atribuciones y obligaciones, ordene, tanto a la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores/as Sociales de los distintos CEAS de Burgos, que dejen de dar información alguna sobre temas de REAGRUPACION FAMILIAR distinta a lo relativo a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Ruego dirija escritos, con lo que decida, estimo en los términos reflejados en este escrito, tanto a la mencionada Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores Sociales de los distintos CEAS de Burgos, por tener responsabilidades personales, con posibles consecuencias penales, en estos temas. Estos son sus centros de trabajo:

 

CEAS Capiscol

CEAS Gamonal

CEAS Río Vena

CEAS San Julián

CEAS San Pedro de la Fuente

CAS San Pedro y San Felices

CEAS Vadillos

 

La confianza de los ciudadanos en nuestras autoridades e instituciones radica en que se cumplan las distintas disposiciones que nos afectan a todos, y aquí se están haciendo y ejerciendo funciones que no corresponden al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, haciendo y ejerciendo funciones que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce corresponden a la Administración del Estado, cuyas competencias corresponde a esa Autoridad defender y hacer respetar.

 

Asimismo, es urgente que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos modifique su página web que se adjunta, como se manifestaba anteriormente, y destruya los posibles impresos o folletos donde se puedan ofrecer servicios que son competencia de la Administración del Estado.

 

En modo alguno se puede permitir que Trabajadores/as Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Burgos asesoren en temas de menores no emancipados que no conviven con ambos padres, residentes en el extranjero, ni sobre otras cuestiones de reagrupación familiar, cuando el ayuntamiento para el que trabajan no tiene competencias para ello, ni pone personal especializado en derecho internacional y de familia.

 

Esperando me informe, urgentemente,  sobre esta DENUNCIA de usurpación de funciones correspondientes a la ADMINISTRACION DEL ESTADO e intrusismo profesional, con gravísimas responsabilidades hacia menores no emancipados, por parte del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y responsabilidad personal de sus Trabajadores/as Sociales, atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.- Espero que vigile que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos cumpla la decisión que tome, que, insisto, espero sea conforme al contenido de este escrito. En caso de incumplimiento de la misma, por parte de los citados Trabajadores/as Sociales, exijo proceda a exigir, contra esos Trabajadores/as Sociales, medidas judiciales penales.

 

 

 

 

JESUS AYALA CARCEDO

                            C/ Soria, 16-5º D

                            09004 BURGOS

 

 

SR./A. TRABAJADOR/A SOCIAL

CENTRO DE ACCION SOCIAL DEL

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

 

BURGOS

 

 

Asunto: EJERCICIO DE FUNCIONES QUE NO TIENE ASUMIDAS EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, POR PARTE DE UD., EN MATERIA DE REGRUPACION FAMILIAR DE INMIGRANTES.

 

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr./a. mío/a:

 

Me permito adjuntarle la siguiente documentación:

 

Copia del escrito de la Sr. Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, Dª M. José Abajo Izquierdo, de fecha 12 de septiembre de 2.007.

Copia de la carta que dirijo hoy al Ilmo. Sr. D. Miguel Alejo Vicente, Delegado del Gobierno en Castilla y León.

Copia de la carta que dirijo hoy al Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León.

 

Por las mismas, puede observar, en primer lugar, que las únicas funciones que tiene ese Ayuntamiento de Burgos, y, en concreto, Ud., en temas de reagrupamiento familiar, de inmigrantes, es ser mero/a informador/a de una cuestión muy concreta: "La relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia", por lo que estimo que debe abstenerse de informar sobre cualquier otro asunto, relacionado con este tema.

 

Ud. tiene responsabilidades personales, y el ejercer funciones para las que no tienen la titulación requerida, y no son competencia del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, según manifiesta la responsable de los CEAS, podría tener consecuencias penales, debidamente tipificadas.

 

Vengo recomendando que los trabajadores, que hacen recomendaciones, que pueden ser desafortunadas, o no autorizadas por la legislación vigente, exijan de sus empleadores que les paguen un seguro de responsabilidad civil. Por otra parte, si que les reflexiono que estos graves temas los consulten con su sindicato, o un abogado, para evitarse perjuicios personales.

 

Atentamente,  

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

P. D.: La patria potestad compartida no es favorecida por distintos estamentos oficiales, que debieran conocerla, reconocerla, respetarla y hacerla respetar.

 

Los convenios que se presentan en los Juzgados, y autorizan los jueces, por propia experiencia, no siempre ni los defienden, ni los respetan, ni los hacen respetar los propios Jueces que los autorizan.

 

Los niños, normalmente, tienen padre y madre reconocidos administrativamente, con derechos propios, distintos de los de su padre y madre.

 

Expulsar a padres de familia de su domicilio, dejar a los niños sin papá, es la política familiar que existe hoy en este país. Por lo menos, respete ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos los derechos de esos niños que vienen de otros países, y que los que pueden y deber autorizar su traslado a Burgos,  en sus países de origen, lo autoricen, competencia que no es de ninguna madre.

 

 

 

 

 

 

 

  JESUS AYALA CARCEDO

                                      C/ Soria, 16-5º D

                                      09004 BURGOS

 

 

 

EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMUN DE CASTILLA Y LEON

Plaza de San Marcos, 5

24001 LEON

 

Asunto: POSIBLE INDEFENSION DE CIUDADANOS ESPAÑOLES, Y VECINOS DE LA CIUDAD DE BURGOS, AL EXIGIRSE AUTORIZACION PARA QUE CONVIVAN EN SU DOMICILIO EMPLEADAS DOMESTICAS INTERNAS, SIN QUE HAYAN SIDO ASESORADOS PREVIAMENTE A FIRMARLAS. PUDIENDO ESTAR FAVORECIENDO EL TRASLADO DE MENORES NO EMANCIPADOS AL ESTADO ESPAÑOL, SIN QUE SE LES RESPETEN LOS DERECHOS QUE TIENEN RECONOCIDOS EN SUS PAISES DE ORIGEN.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr. Mío:

 

Adjunto envío copia del impreso del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, titulado:

 

REAGRUPAMIENTO FAMILIAR/PERMISO DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES

SOLICITUD DE INFORME ACREDITATIVO DE DISPONIBILIDAD DE VIVIENDA SUFICIENTE

 

En el reverso del mismo, se exige, para ciertos casos;

 

"En el caso de empleadas domésticas internas, autorización del propietario del domicilio para que convivan en el mismo las personas para las que se solicita el reagrupamiento familiar."

 

Obviamente, al firmar un documento de estas características, se puede estar facilitando coacciones de empleadas domésticas, para que firmen dichos documentos sus empleadores. No es difícil pensar que, por ejemplo, personas ancianas, necesitadas de cuidados, se pueden encontrar en un grave compromiso, y con muy fuertes presiones, por parte de dichas empleadas domésticas. Creándoles una grave situación personal y emocional, yo diría rayano al chantaje.

 

Pero es que, independientemente de esto, nos podemos encontrar que se está facilitando el traslado de menores no emancipados, cuyos derechos debe respetar, y hacer respetar, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que no están debidamente garantizados, por sentencias u otras decisiones administrativas, en sus países de origen. Muy frecuentemente, hay menores no emancipados que no conviven con ambos padres, ambos conocidos y reconocidos administrativamente.

 

Los ciudadanos de Burgos, en su inmensa mayoría, desconocemos el derecho internacional, y en concreto del de cada uno de esos posibles menores no emancipados, cuyo traslado al estado español se pretende por sus madres, que no conviven ni mantienen vínculos con el padre de sus hijos.

 

Uno de los derechos de estos niños, es el derecho de visita, derecho reconocido por diversos tratados y convenciones reconocidos por el estado español, como pueden ser la Convención de los Derechos del Niño, Convenio de la Haya nº XXVIII, etc.

 

Es significativo que diversos países de América hayan firmado la Convención Interamericana de Montevideo, de 1.989, en que se contempla, entre otros, el citado derecho de visita de los niños, que cambian de país.

 

Este derecho debe estar autorizado, expresamente, por autoridad del país de origen, y, lógicamente, el traslado de un menor no emancipado, por parte de uno solo de los padres, requiere unos requisitos y autorizaciones del país de origen que garanticen este derecho, entre otros.

 

Es por ello que solicito de Ud. que requiera al Excmo. Ayuntamiento de Burgos para que dicho documento/autorización, poniendo a disposición de empleadas domésticas internas un domicilio, para trasladar a un menor no emancipado, a la ciudad de Burgos, vaya acompañado del informe de un especialista en derecho internacional y familia, que garantice que el posible traslado del menor no emancipado a la ciudad de Burgos, reúne todos los requisitos exigidos por su país de origen, garantizando, entre otros, su derecho de visita del padre con el que no convive.

 

Espero acepte esta petición, y me tenga informado sobre la misma, para evitar que ancianitos de Burgos se puedan ver presionados por sus empleadas domésticas, y puedan estar facilitando traslados de menores no emancipados, sin todas las garantías que exige la legislación de sus países de origen.

 

Atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.: Como Ud. conoce, por los numerosos expedientes que existen en esa importante institución, sigo de muy cerca todas las gestiones administrativas, que puedan afectar a menores no emancipados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ILMO. SR. D. MIGUEL ALEJO VICENTE DELEGADO DEL GOBIERNO EN CASTILLA Y LEON

C/ Jesús Rivero Meneses, 1 (Huerta del Rey)

47071 VALLADOLID

 

Asunto: POSIBLES DELITOS DE LAS TRABAJADORAS SOCIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS. CODIGO PENAL, ARTICULOS 402 Y 403.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Ilmo. Sr.:

 

Me permito enviarle copia de la carta que he recibido, de fecha 12 de septiembre de 2.007, firmada por Dª M. José Abajo Izquierdo, Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con el escrito que dirigí a dicha Gerencia, con fecha 29 de agosto de 2.007, registrado en ese Ayuntamiento de Burgos con fecha 6 de septiembre de 2.007, titulado:" Posible cooperación de ciudadanos de Burgos, sin el debido asesoramiento del Excmo. Ayuntamiento de Burgos en la violación de los derechos personales de los hijos de las mujeres inmigrantes, madres que no conviven con el padre de los hijos que desean traer al estado español, madres solteras, separadas o divorciadas."

 

Como claramente puede ver, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con la reagrupación familiar de inmigrantes, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 42 y concordantes, RECONOCE  que la función que corresponde a las Administraciones locales en materia de reagrupación familiar se limita a la de ser mera informadora de una cuestión concreta, la relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia, siendo competencia de la Administración del Estado la observación de las cuestiones a que yo aludía en mi escrito citado, referidas a cuestiones de derecho internacional y de derecho de familia COMPETENCIA de la Administración del Estado, según reconoce el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, insisto, no yo.

 

Conforme puede ver,  por la hoja adjunta, obtenida por la página web del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, a la pregunta:

 

"Soy una persona extranjera y me quiero informar sobre los trámites para realizar un Reagrupamiento familiar",

 

Indica:

 

"Debe acudir al Centro de Acción Social (CEAS) de su zona donde le atenderá un trabajador/º social. Los CEAS están ubicados en los distintos barrios de la ciudad. Es necesario conocer el CEAS correspondiente a su domicilio. Lo que puede consultar a través del Servicio 010. Si usted quiere realizar una consulta al Trabajador Social, es necesario pedir cita previa."

 

Aún no deseando castigo alguno para los/as diferentes Trabajadores/as Sociales, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, estimo que nos encontramos aquí con lo que se contempla en el Código Penal, capítulo V ( DE LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS Y DEL INTRUSISMO):

Artículo 402.

"El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años."

Artículo 403.

"El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años."

Estimando que entra dentro las competencias que corresponden a esa Autoridad, conforme a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, conforme se contempla en su artículo 23,   (Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas), que dice:

"Para el ejercicio de las funciones asignadas respecto de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen las siguientes competencias:

6.- Velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, al Estado y la correcta aplicación de su normativa, promoviendo o interponiendo, según corresponda, conflictos de jurisdicción, conflictos de atribuciones, recursos y demás acciones legalmente procedentes."

 

Desgraciadamente, aquí nos encontramos con personas contratadas por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, desconociendo si son funcionarios/as, o qué tipo de relación contractual las une con el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que pueden estar dando información sobre temas de derecho internacional y de familia, que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce como competencia de la Administración del Estado.

 

Por un lado, en temas tan delicados profesionalmente, estimo carecen de la titulación correspondiente para informar sobre estos temas, y, por otra parte, están asumiendo competencias que corresponden a otra administración, la del estado, en este caso.

 

Insisto, no deseo castigo alguno para estas personas, pero es obvio que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos está permitiendo,  y quiero pensar que también exigiendo, que personas, sin la titulación suficiente que debemos exigir a las distintas administraciones, sobre temas muy graves y delicados, como son los derechos personales de menores no emancipados, al amparo de otras legislaciones y garantías de sus países de origen, den información sobre su posible traslado al estado español, cuando, el propio Excmo. Ayuntamiento de Burgos, mediante firma en el escrito citado, de Dª M. José Abajo Izquierdo, reconoce que la única labor informadora que puede, y debe, ejercer el mencionado Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en materia de reagrupación familiar se limita, y exijo que se limite, a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Por ello, como ciudadano, exijo de esa Autoridad, y al amparo de sus atribuciones y obligaciones, ordene, tanto a la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores/as Sociales de los distintos CEAS de Burgos, que dejen de dar información alguna sobre temas de REAGRUPACION FAMILIAR distinta a lo relativo a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Ruego dirija escritos, con lo que decida, estimo en los términos reflejados en este escrito, tanto a la mencionada Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores Sociales de los distintos CEAS de Burgos, por tener responsabilidades personales, con posibles consecuencias penales, en estos temas. Estos son sus centros de trabajo:

 

CEAS Capiscol

CEAS Gamonal

CEAS Río Vena

CEAS San Julián

CEAS San Pedro de la Fuente

CAS San Pedro y San Felices

CEAS Vadillos

 

La confianza de los ciudadanos en nuestras autoridades e instituciones radica en que se cumplan las distintas disposiciones que nos afectan a todos, y aquí se están haciendo y ejerciendo funciones que no corresponden al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, haciendo y ejerciendo funciones que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce corresponden a la Administración del Estado, cuyas competencias corresponde a esa Autoridad defender y hacer respetar.

 

Asimismo, es urgente que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos modifique su página web que se adjunta, como se manifestaba anteriormente, y destruya los posibles impresos o folletos donde se puedan ofrecer servicios que son competencia de la Administración del Estado.

 

En modo alguno se puede permitir que Trabajadores/as Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Burgos asesoren en temas de menores no emancipados que no conviven con ambos padres, residentes en el extranjero, ni sobre otras cuestiones de reagrupación familiar, cuando el ayuntamiento para el que trabajan no tiene competencias para ello, ni pone personal especializado en derecho internacional y de familia.

 

Esperando me informe, urgentemente,  sobre esta DENUNCIA de usurpación de funciones correspondientes a la ADMINISTRACION DEL ESTADO e intrusismo profesional, con gravísimas responsabilidades hacia menores no emancipados, por parte del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y responsabilidad personal de sus Trabajadores/as Sociales, atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.- Espero que vigile que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos cumpla la decisión que tome, que, insisto, espero sea conforme al contenido de este escrito. En caso de incumplimiento de la misma, por parte de los citados Trabajadores/as Sociales, exijo proceda a exigir, contra esos Trabajadores/as Sociales, medidas judiciales penales.

 

 





Ahora también puedes acceder a tu correo Terra desde el móvil.
Infórmate pinchando aquí.

#15224 De: galeman@lasprovincias...
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 2:46 pm
Asunto: COMUNICADO DE PRENSA- HACIENDA NOS DISCRIMINA¡¡¡¡
galeman@lasprovincias...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Nombre: CUSTODIA

Apellidos: COMPARTIDA YA!

Provincia: VALENCIA

DNI: 52632222

Carta:

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA!

Asociación de Padres y Madres Separados

Miembro de la Plataforma por la Igualdad y la Custodia Compartida

www.custodiacompartida.org

Portavoz: Isidro Fresneda: 607876787

 

CONVOCATORIA de Prensa

DIA: VIERNES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2007

HORA: 11 HRS.

LUGAR: ESCALINATAS DELEGACION DE HACIENDA.

               AVDA. BARON DE CARCER,4 (VALENCIA)

Haremos concentración reivindicativa con el lema:

 

“HACIENDA

NOS

DISCRIMINA”

CUSTODIA COMPARTIDA ¡YA! DENUNCIA LA DISCRIMINACIÓN QUE SUFREN LOS PADRES SEPARADOS DESDE HACIENDA

Hacienda impide que los padres separados podamos desgravarnos a nuestros hijos en la declaración IRPF.

 

Aunque Ley 35/2006, de 28 de Noviembre de 2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no discrimina respecto a quien ostente la custodia tras la separación, para desgravarte por hijos, lo cierto es que Hacienda si lo está haciendo.

Hacienda está revisando las declaraciones de los varones separados/divorciados, que hayan incluido a sus hijos en su declaración, para impedir que se los desgraven, alegando que no ostentan la custodia de los menores.  ¡¡¡Es como si dejaras de ser padre en el momento de separarte, incluso a efectos fiscales !!!

 

Denunciamos la indefensión y la impunidad con que Hacienda nos trata, y la discriminación que sufrimos nuevamente respecto a nuestras exparejas.




#15223 De: galeman@lasprovincias...
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 2:42 pm
Asunto: COMO PODER VER A MI HIJA
galeman@lasprovincias...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Nombre: MANUEL

Apellidos: GANCEDO

Provincia: MADRID

DNI: 52632222

Carta: ---------- Forwarded message ----------
From: mgancedo <mgancedo@...>
Date: 19-sep-2007 14:52
Subject: acuerdo
To: lawyer <r.i.castresana@...>
Cc: Helena Montesinos <helenamontesinos@...>

Estimado letrado:

Soy consciente de las conversaciones que ha mantenido con el señor Domingo González. Fruto de ellas le comento:

Entiendo que usted no pueda atender a recomendaciones de terceros puesto que yo mismo he sido perito como psicólogo en varios juicios.

Soy adulto, tengo en perfecto estado mis facultades mentales, he cuidado siempre bien de mi hija durante los 7años que tiene de vida y en la actualidad presento dificultades para atender físicamente a mi hija. No obstante le garantizo que pondré todos los medios, como siempre he hecho, para que la estancia de mi hija sea lo más adecuada posible a las circunstancias.

Como técnico superior en prevención de riesgos laborales y le diré que es imposible preveer y controlar todas las variables que influyen en un acontecimiento fortuito como puede ser el fallecimiento de un familiar o un accidente de circulación. Por lo que sus miedos o los de su cliente son totalmente infundados.

La responsabilidad del cuidado de mi hija cuando yo disfruto del régimen de visitas (y por ende mi hija también disfruta) recae exclusivamente en mí. Yo contrato (y despido si considero que no lo hacen bien) a las personas encargadas de su cuidado físico, selecciono una persona de mi confianza para que la recoga en su domicilio , tomo cualquier decisión relativa a su educación, hablo con regularidad con su profesora, la psicóloga y la directora del colegio, etc.

Agradezco su preocupación o la de su cliente por la salud mental de mi hija durante las visitas a mi domicilio, pero dispongo de los conocimientos necesarios (soy también profesor de preescolar) y de la experiencia precisa para velar por el bienestar de mi hija.

Soy yo el máximo interesado en resolver esta situación y como parece que su mayor inquietud o la de su cliente es en relación a los desplazamientos y/o los acompañantes, he decidido ir yo mismo en persona a buscar a mi hija a Madrid, ruego me indique, con una antelación de 15 días , el viernes que usted o su cliente decidan que recoga a mi hija. Espero que esta solución sea de su agrado o el de su cliente.

Aprovecho la ocasión para rogarle que diga a su cliente que tenga a bien atender a mis llamadas, puesto que llevo más de un mes sin poder hablar con mi hija.

Pongo en copia a mi ex esposa, su cliente.

Sin otro particular se despide:

Manuel Gancedo





#15222 De: "Viesca, Jose Ramon" <viescast@...>
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 7:35 pm
Asunto: A los usuarios del punto de encuentro de móstoles
viescast
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Tomado de derecho de familia, en pórtico legal
Autor: sergiopedja@ hotmail.com  Fecha: 19/09/2007
Tema: Mujeres del punto de encuentro de Mostoles

Estimados foreros, aquí os dejo un link para que comprobéis hasta
donde llegan las malas artes de algunas mujeres, cambiando la
realidad de lo que sucede en los puntos de encuentro:

http://www.elpais.com/articulo/madrid/Reuniones/delicadas/elpepuespmad
/20070807elpmad_3/Tes

Soy usuario de dicho punto de encuentro y os aseguro que es
totalmente falso lo que denuncian (al menos lo que aparece en el
artículo). Podéis realizar cualquier pregunta al respecto, y
responderé con información real.
Agradecería a cualquier padre o sus familiares, que se pongan en
contacto conmigo vía email, pues estamos estudiando la posibilidad de
presentar una querella por injurias y calumnias.
Basta ya de tanta manipulación de la información y de persecución
hacia los hombres que sólo quieren ejercer de padres.

Autor: sergiopedja@ hotmail.com  Fecha: 19/09/2007


Sobre la solicitud de contactar con los padres, evidentemente, me
refiero a los usuarios del punto de encuentro de Mostoles.

#15221 De: JESSUS AYALA <feretojesus@...>
Fecha: Mié, 19 de Sep, 2007 3:21 pm
Asunto: PETICION DE QUE EL AYUNTAMIENTO DE BURGOS NO EJERZA COMPETENCIAS QUE SON DEL ESTADO, EN MATERIA DE INMIGRACION
feretojesus@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 




  

 

SR./A. TRABAJADOR/A SOCIAL

CENTRO DE ACCION SOCIAL DEL

AYUNTAMIENTO DE BURGOS

 

BURGOS

 

 

Asunto: EJERCICIO DE FUNCIONES QUE NO TIENE ASUMIDAS EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, POR PARTE DE UD., EN MATERIA DE REGRUPACION FAMILIAR DE INMIGRANTES.

 

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr./a. mío/a:

 

Me permito adjuntarle la siguiente documentación:

 

Copia del escrito de la Sr. Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, Dª M. José Abajo Izquierdo, de fecha 12 de septiembre de 2.007.

Copia de la carta que dirijo hoy al Ilmo. Sr. D. Miguel Alejo Vicente, Delegado del Gobierno en Castilla y León.

Copia de la carta que dirijo hoy al Excmo. Sr. Procurador del Común de Castilla y León.

 

Por las mismas, puede observar, en primer lugar, que las únicas funciones que tiene ese Ayuntamiento de Burgos, y, en concreto, Ud., en temas de reagrupamiento familiar, de inmigrantes, es ser mero/a informador/a de una cuestión muy concreta: “La relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia”, por lo que estimo que debe abstenerse de informar sobre cualquier otro asunto, relacionado con este tema.

 

Ud. tiene responsabilidades personales, y el ejercer funciones para las que no tienen la titulación requerida, y no son competencia del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, según manifiesta la responsable de los CEAS, podría tener consecuencias penales, debidamente tipificadas.

 

Vengo recomendando que los trabajadores, que hacen recomendaciones, que pueden ser desafortunadas, o no autorizadas por la legislación vigente, exijan de sus empleadores que les paguen un seguro de responsabilidad civil. Por otra parte, si que les reflexiono que estos graves temas los consulten con su sindicato, o un abogado, para evitarse perjuicios personales.

 

Atentamente,  

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

 

P. D.: La patria potestad compartida no es favorecida por distintos estamentos oficiales, que debieran conocerla, reconocerla, respetarla y hacerla respetar.

 

Los convenios que se presentan en los Juzgados, y autorizan los jueces, por propia experiencia, no siempre ni los defienden, ni los respetan, ni los hacen respetar los propios Jueces que los autorizan.

 

Los niños, normalmente, tienen padre y madre reconocidos administrativamente, con derechos propios, distintos de los de su padre y madre.

 

Expulsar a padres de familia de su domicilio, dejar a los niños sin papá, es la política familiar que existe hoy en este país. Por lo menos, respete ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos los derechos de esos niños que vienen de otros países, y que los que pueden y deber autorizar su traslado a Burgos,  en sus países de origen, lo autoricen, competencia que no es de ninguna madre.

 

 

 

 

 

 

 

 

EXCMO. SR. PROCURADOR DEL COMUN DE CASTILLA Y LEON

Plaza de San Marcos, 5

24001 LEON

 

Asunto: POSIBLE INDEFENSION DE CIUDADANOS ESPAÑOLES, Y VECINOS DE LA CIUDAD DE BURGOS, AL EXIGIRSE AUTORIZACION PARA QUE CONVIVAN EN SU DOMICILIO EMPLEADAS DOMESTICAS INTERNAS, SIN QUE HAYAN SIDO ASESORADOS PREVIAMENTE A FIRMARLAS. PUDIENDO ESTAR FAVORECIENDO EL TRASLADO DE MENORES NO EMANCIPADOS AL ESTADO ESPAÑOL, SIN QUE SE LES RESPETEN LOS DERECHOS QUE TIENEN RECONOCIDOS EN SUS PAISES DE ORIGEN.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Muy Sr. Mío:

 

Adjunto envío copia del impreso del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, titulado:

 

REAGRUPAMIENTO FAMILIAR/PERMISO DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES

SOLICITUD DE INFORME ACREDITATIVO DE DISPONIBILIDAD DE VIVIENDA SUFICIENTE

 

En el reverso del mismo, se exige, para ciertos casos;

 

“En el caso de empleadas domésticas internas, autorización del propietario del domicilio para que convivan en el mismo las personas para las que se solicita el reagrupamiento familiar.”

 

Obviamente, al firmar un documento de estas características, se puede estar facilitando coacciones de empleadas domésticas, para que firmen dichos documentos sus empleadores. No es difícil pensar que, por ejemplo, personas ancianas, necesitadas de cuidados, se pueden encontrar en un grave compromiso, y con muy fuertes presiones, por parte de dichas empleadas domésticas. Creándoles una grave situación personal y emocional, yo diría rayano al chantaje.

 

Pero es que, independientemente de esto, nos podemos encontrar que se está facilitando el traslado de menores no emancipados, cuyos derechos debe respetar, y hacer respetar, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que no están debidamente garantizados, por sentencias u otras decisiones administrativas, en sus países de origen. Muy frecuentemente, hay menores no emancipados que no conviven con ambos padres, ambos conocidos y reconocidos administrativamente.

 

Los ciudadanos de Burgos, en su inmensa mayoría, desconocemos el derecho internacional, y en concreto del de cada uno de esos posibles menores no emancipados, cuyo traslado al estado español se pretende por sus madres, que no conviven ni mantienen vínculos con el padre de sus hijos.

 

Uno de los derechos de estos niños, es el derecho de visita, derecho reconocido por diversos tratados y convenciones reconocidos por el estado español, como pueden ser la Convención de los Derechos del Niño, Convenio de la Haya nº XXVIII, etc.

 

Es significativo que diversos países de América hayan firmado la Convención Interamericana de Montevideo, de 1.989, en que se contempla, entre otros, el citado derecho de visita de los niños, que cambian de país.

 

Este derecho debe estar autorizado, expresamente, por autoridad del país de origen, y, lógicamente, el traslado de un menor no emancipado, por parte de uno solo de los padres, requiere unos requisitos y autorizaciones del país de origen que garanticen este derecho, entre otros.

 

Es por ello que solicito de Ud. que requiera al Excmo. Ayuntamiento de Burgos para que dicho documento/autorización, poniendo a disposición de empleadas domésticas internas un domicilio, para trasladar a un menor no emancipado, a la ciudad de Burgos, vaya acompañado del informe de un especialista en derecho internacional y familia, que garantice que el posible traslado del menor no emancipado a la ciudad de Burgos, reúne todos los requisitos exigidos por su país de origen, garantizando, entre otros, su derecho de visita del padre con el que no convive.

 

Espero acepte esta petición, y me tenga informado sobre la misma, para evitar que ancianitos de Burgos se puedan ver presionados por sus empleadas domésticas, y puedan estar facilitando traslados de menores no emancipados, sin todas las garantías que exige la legislación de sus países de origen.

 

Atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.: Como Ud. conoce, por los numerosos expedientes que existen en esa importante institución, sigo de muy cerca todas las gestiones administrativas, que puedan afectar a menores no emancipados.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ILMO. SR. D. MIGUEL ALEJO VICENTE DELEGADO DEL GOBIERNO EN CASTILLA Y LEON

C/ Jesús Rivero Meneses, 1 (Huerta del Rey)

47071 VALLADOLID

 

Asunto: POSIBLES DELITOS DE LAS TRABAJADORAS SOCIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS. CODIGO PENAL, ARTICULOS 402 Y 403.

 

Burgos, 19 de septiembre de 2.007

 

Ilmo. Sr.:

 

Me permito enviarle copia de la carta que he recibido, de fecha 12 de septiembre de 2.007, firmada por Dª M. José Abajo Izquierdo, Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con el escrito que dirigí a dicha Gerencia, con fecha 29 de agosto de 2.007, registrado en ese Ayuntamiento de Burgos con fecha 6 de septiembre de 2.007, titulado:“ Posible cooperación de ciudadanos de Burgos, sin el debido asesoramiento del Excmo. Ayuntamiento de Burgos en la violación de los derechos personales de los hijos de las mujeres inmigrantes, madres que no conviven con el padre de los hijos que desean traer al estado español, madres solteras, separadas o divorciadas.”

 

Como claramente puede ver, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en relación con la reagrupación familiar de inmigrantes, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la L.O. 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su artículo 42 y concordantes, RECONOCE  que la función que corresponde a las Administraciones locales en materia de reagrupación familiar se limita a la de ser mera informadora de una cuestión concreta, la relativa a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia, siendo competencia de la Administración del Estado la observación de las cuestiones a que yo aludía en mi escrito citado, referidas a cuestiones de derecho internacional y de derecho de familia COMPETENCIA de la Administración del Estado, según reconoce el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, insisto, no yo.

 

Conforme puede ver,  por la hoja adjunta, obtenida por la página web del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, a la pregunta:

 

“Soy una persona extranjera y me quiero informar sobre los trámites para realizar un Reagrupamiento familiar”,

 

Indica:

 

“Debe acudir al Centro de Acción Social (CEAS) de su zona donde le atenderá un trabajador/º social. Los CEAS están ubicados en los distintos barrios de la ciudad. Es necesario conocer el CEAS correspondiente a su domicilio. Lo que puede consultar a través del Servicio 010. Si usted quiere realizar una consulta al Trabajador Social, es necesario pedir cita previa.”

 

Aún no deseando castigo alguno para los/as diferentes Trabajadores/as Sociales, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, estimo que nos encontramos aquí con lo que se contempla en el Código Penal, capítulo V ( DE LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS Y DEL INTRUSISMO):

Artículo 402.

“El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.”

Artículo 403.

“El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.”

Estimando que entra dentro las competencias que corresponden a esa Autoridad, conforme a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, conforme se contempla en su artículo 23,   (Competencias de los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas), que dice:

“Para el ejercicio de las funciones asignadas respecto de todos los servicios de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas tienen las siguientes competencias:

6.- Velar por el cumplimiento de las competencias atribuidas, constitucionalmente, al Estado y la correcta aplicación de su normativa, promoviendo o interponiendo, según corresponda, conflictos de jurisdicción, conflictos de atribuciones, recursos y demás acciones legalmente procedentes.”

 

Desgraciadamente, aquí nos encontramos con personas contratadas por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, desconociendo si son funcionarios/as, o qué tipo de relación contractual las une con el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, que pueden estar dando información sobre temas de derecho internacional y de familia, que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce como competencia de la Administración del Estado.

 

Por un lado, en temas tan delicados profesionalmente, estimo carecen de la titulación correspondiente para informar sobre estos temas, y, por otra parte, están asumiendo competencias que corresponden a otra administración, la del estado, en este caso.

 

Insisto, no deseo castigo alguno para estas personas, pero es obvio que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos está permitiendo,  y quiero pensar que también exigiendo, que personas, sin la titulación suficiente que debemos exigir a las distintas administraciones, sobre temas muy graves y delicados, como son los derechos personales de menores no emancipados, al amparo de otras legislaciones y garantías de sus países de origen, den información sobre su posible traslado al estado español, cuando, el propio Excmo. Ayuntamiento de Burgos, mediante firma en el escrito citado, de Dª M. José Abajo Izquierdo, reconoce que la única labor informadora que puede, y debe, ejercer el mencionado Excmo. Ayuntamiento de Burgos, en materia de reagrupación familiar se limita, y exijo que se limite, a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Por ello, como ciudadano, exijo de esa Autoridad, y al amparo de sus atribuciones y obligaciones, ordene, tanto a la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores/as Sociales de los distintos CEAS de Burgos, que dejen de dar información alguna sobre temas de REAGRUPACION FAMILIAR distinta a lo relativo a la disponibilidad de vivienda para atender las necesidades del reagrupante y la familia.

 

Ruego dirija escritos, con lo que decida, estimo en los términos reflejados en este escrito, tanto a la mencionada Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, como a los/as distintos/as Trabajadores Sociales de los distintos CEAS de Burgos, por tener responsabilidades personales, con posibles consecuencias penales, en estos temas. Estos son sus centros de trabajo:

 

CEAS Capiscol

CEAS Gamonal

CEAS Río Vena

CEAS San Julián

CEAS San Pedro de la Fuente

CAS San Pedro y San Felices

CEAS Vadillos

 

La confianza de los ciudadanos en nuestras autoridades e instituciones radica en que se cumplan las distintas disposiciones que nos afectan a todos, y aquí se están haciendo y ejerciendo funciones que no corresponden al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, por el Excmo. Ayuntamiento de Burgos, haciendo y ejerciendo funciones que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos reconoce corresponden a la Administración del Estado, cuyas competencias corresponde a esa Autoridad defender y hacer respetar.

 

Asimismo, es urgente que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos modifique su página web que se adjunta, como se manifestaba anteriormente, y destruya los posibles impresos o folletos donde se puedan ofrecer servicios que son competencia de la Administración del Estado.

 

En modo alguno se puede permitir que Trabajadores/as Sociales del Excmo. Ayuntamiento de Burgos asesoren en temas de menores no emancipados que no conviven con ambos padres, residentes en el extranjero, ni sobre otras cuestiones de reagrupación familiar, cuando el ayuntamiento para el que trabajan no tiene competencias para ello, ni pone personal especializado en derecho internacional y de familia.

 

Esperando me informe, urgentemente,  sobre esta DENUNCIA de usurpación de funciones correspondientes a la ADMINISTRACION DEL ESTADO e intrusismo profesional, con gravísimas responsabilidades hacia menores no emancipados, por parte del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, y responsabilidad personal de sus Trabajadores/as Sociales, atentamente,

 

 

 

 

 

 

 

Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.

 

P. D.- Espero que vigile que el Excmo. Ayuntamiento de Burgos cumpla la decisión que tome, que, insisto, espero sea conforme al contenido de este escrito. En caso de incumplimiento de la misma, por parte de los citados Trabajadores/as Sociales, exijo proceda a exigir, contra esos Trabajadores/as Sociales, medidas judiciales penales.

 

 




¡Descubre una nueva forma de obtener respuestas a tus preguntas!
Entra en Yahoo! Respuestas.

#15220 De: TEIXO RODRIGUEZ <alarmavisor@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 9:18 am
Asunto: JORNADAS SAN SEBASTIAN MEDIACION FAMILIAR
alarmavisor
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
ADJUNTO PROGRAMA DE LAS JORNADAS
SALUDOS
Teixo



Sé un Mejor Viajero
¿Quieres saber cómo? ¡Deja que otras personas te ayuden! .

#15219 De: Eduardo Macciÿfffff3 <gapadeshi_casacentral@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 12:03 pm
Asunto: FALLÓ la CÁMARA en ARGENTINA
gapadeshi_casacentral@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
LA  CAMARA  CONFIRMO  EL  PROCESAMIENTO  DE  ANDREA  DEL  BOCA  POR  IMPEDIR  AL  PADRE  VER  A  SU 
HIJA LOS  DIAS  DE  VISITA  ASIGNADOS,  LA  EMBARGARON  POR  $ 10.000.-.  SE  LE  ATRIBUYE  AUSENTARSE 
DEL DOMICILIO  PARA  EVITAR  LA  ENTREGA  O  ALEGAR  LA  ENFERMEDAD  DE  LA  NIÑA  PARA  IMPEDIR  EL  CONTACTO, NO  PUDO  PROBAR  QUE  EL  MARIDO  LA  AGREDIA  CUANDO  BUSCABA  A  SU  HIJA  Y  LA 
ASISTENTE  SOCIAL CORROBORÓ  LA  BUENA  RELACION  DE  LA  HIJA  CON  EL  PADRE  Y  SU  ALEGRIA 
DE  VERLO  Y  TOMAR  CONTACTO  CON  EL.
EN  UNOS  DÍAS  FALLO  COMPLETO
         ESTAR   PRIVADO   DE   TUS   HIJOS
ES   COMO   VIVIR   SIN   AIRE
www.gapadeshi.org
Grupo   de   Autoayuda  de  MADRES,  PADRES  Y  ABUELOS

Alejados  de  sus  HIJOS  y  de  sus  NIETOS

 

Movimiento  en  defensa  de  los  HIJOS  del  Divorcio

 

SEDE CENTRAL : Montevideo  2768    R O S A R I O    

A R G E N T I N A

 
0341 - 437 6029     0341 - 156 189965     0341 - 448 4425
 
 
gapadeshi_casacentral@...



El Mundial de Rugby 2007
Las últimas noticias en Yahoo! Deportes:
http://ar.sports.yahoo.com/mundialderugby

#15218 De: "Domingo Gonzalez Alonso" <pul8domi@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 9:19 pm
Asunto: Importante!!!!!
pul8domi@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

En el auto de D. Francisco Serrano sobre sap que os acabo de pasar se me ha escapado quitar el nombre de los implicados, antes de reenviarlo hay que eliminarlos, no se os olvide. un abrazo a todos.
--
Un abrazo desde Sevilla.

Domingo González Alonso
Tel: 615 055 250
custodiacompartidasap.blogspot.com
mujeresigualitarias.nireblog.com
     www.sevillanoviembre.com
PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN

#15217 De: "Belén González Varela" <belenuka@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 2:59 pm
Asunto: Fallo Cámara argentina
belenuka@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
La madre en cuestón es una actriz muy reconocida en Argentina, que creció haciendo telenovelas. La recuerdo yendo de plató en plató contando que el padre no se interesaba por la niña y que en una oportunidad la había golpeado forcejeando.
Los amigos del padre contaban lo contrario que justamente es por lo que la han procesado.
Que surjan pronto a España ejemplos como este.
 
pd: los 10000 $ son aprox. 2500€

---------- Forwarded message ----------
From: Eduardo Macciÿfffff3 < gapadeshi_casacentral@...>
Date: 18-sep-2007 13:52
Subject: FALLÓ  la  CÁMARA  en  ARGENTINA
To: gapadeshi_casacentral@...

 
LA  CAMARA  CONFIRMO  EL  PROCESAMIENTO   DE  ANDREA  DEL  BOCA  POR  IMPEDIR  AL  PADRE  VER  A  SU 
HIJA LOS  DIAS  DE  VISITA  ASIGNADOS,   LA  EMBARGARON  POR  $ 10.000.-.  SE  LE  ATRIBUYE  AUSENTARSE 
DEL DOMICILIO  PARA  EVITAR  LA  ENTREGA   O  ALEGAR  LA  ENFERMEDAD  DE  LA  NIÑA  PARA  IMPEDIR  EL  CONTACTO, NO   PUDO  PROBAR  QUE  EL  MARIDO  LA  AGREDIA  CUANDO  BUSCABA  A  SU  HIJA   Y  LA 
ASISTENTE  SOCIAL CORROBORÓ  LA  BUENA  RELACION  DE  LA  HIJA  CON  EL  PADRE  Y  SU  ALEGRIA 
DE  VERLO  Y  TOMAR  CONTACTO   CON  EL.
EN  UNOS  DÍAS  FALLO  COMPLETO
         ESTAR   PRIVADO   DE   TUS   HIJOS
ES   COMO   VIVIR   SIN   AIRE

 

Belén González Varela
615 055 535
custodiacompartidasap.blogspot.com
mujeresigualitarias.nireblog.com
       www.sevillanoviembre.com


#15216 De: "Edip Rei" <EdipRei@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 10:27 am
Asunto: RE: Por si a alguien le pueda interesar...
EdipRei@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Gracias. Ignorábamos que el cumplimiento de este derecho estuviera ya
concretado, como es lógico que lo esté.



De todos modos, cuando se reclama algún derecho y está expresamente
reconocido por una ley o una norma oficial, lo mejor es citar la ley o la
norma por delante.



A veces, esto se olvida. Y, especialmente, en el caso de los varones.

Por ejemplo, en el caso del Servicio Obligatorio sólo par varones, TODOS los
abogados consultados por nosotros que habían “defendido” a insumisos, se
habían “olvidado” de citar el artículo 14 de la Constitución que prohíbe
expresamente toda discriminación por razón de sexo.



Todo el mundo conocía la existencia de dicho artículo. Pero si el abogado se
“olvidaba” de su existencia, su “defendido” era condenado.

Podéis ver información sobre estos “olvidos” en:

+ que cacicada <http://edipo.info/Doc/mili/Cela.htm>
El niño <http://www.webpersonal.net/antigona/es/indefension.html>  "loco"

Jueces, <http://edipo.info/Doc/idees/JuecesAbog.htm>  abogados y...

Igualtat <http://antigona.org/ca/llegenda.htm>  davant la llei
(Principio de  <http://edipo.info/Antigona/Leyenda.htm> Antigona)

De la columna “DERECHO” de nuestro “Mapa temático”. Y más información en la
columna “IGUALDAD”.

   _____




Sé un Mejor Viajero
¿Quieres saber cómo? ¡Deja
<http://us.rd.yahoo.com/mail/es/tagline/beabetter/*%20http:/advision.webeven
ts.yahoo.com/reto/entretenimiento.html>  que otras personas te ayuden! .



__________ Información de NOD32, revisión 2525 (20070912) __________

Este mensaje ha sido analizado con NOD32 antivirus system
http://www.nod32.com

#15215 De: javier álvarez <ex_joven@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 8:19 pm
Asunto: aclaración y agradecimiento
ex_joven
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Disculpad si vuelvo a la carga con el informe 111, pero quiero aclarar que ha habido un cambio en la forma de presentar los resultados del estudio nº 76, ahora más completa, que repercute en unas décimas en los porcentajes globales. Por lo tanto, la versión más cabal es la nueva, en la misma dirección: http://www.absurdistan.eu/informe111.pdf
 
También quiero aprovechar la ocasión para expresar mi agradecimiento a Vicente Serrano, que se ha prestado muy amablemente a "descifrar" los datos de ese estudio (redactado en alemán) y contestar a mis numerosos correos al respecto.
 
Saludos a todos
 
Javier Alvarez
 
 

#15214 De: js <js@...>
Fecha: Mar, 18 de Sep, 2007 6:15 am
Asunto: Re: y por fin la unión...
js@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Hola a tod@s:
Os adjunto el programa de las IX Jornadas de Mediación Familiar a celebrar el 5
y 6 de Ocubre en Donostia,organizadas por KIDETZA.
Si os animais sereis bien recibidos.
Un cordial saludo
Justo Saenz
KIDETZA.Federacion de Euskadi de madres y padres separad@s
   ----- Original Message -----
   From: Domingo Gonzalez Alonso
   Sent: Sunday, September 16, 2007 6:51 PM
   Subject: y por fin la unión...



   Mis amig@s, me es grato comunicaros que después de terminar nuestro periplo
por todo el territorio nacional hemos llegado a la conclusión que el momento que
vivimos es único en cuanto a lo que a nuestra unión se refiere.
   Después de asistir a la reunión de Bilbao, y de cerrar nuestro viaje por todo
el levante estatal me alegro mucho al reconocer que la UNIÓN que tanto
ansiabamos está aquí y es real. La Confederación ha abierto sus puertas para que
todas las asociaciones, colectivos, federaciones, plataformas y demás formas de
asociacionismos entren a formar parte de ella, de esta manera estaremos unidos
para seguir avanzando en nuestra particular lucha contra esta lacra que nos
castiga y que de una vez por todas tanto nosotr@s como nuestr@s hij@s dejen de
padecer este sufrimiento tan absurdo como ílogico.
   Así pues, me alegra comunicaros que dentro de poco me pondré a trabajar para
que en cada zona de nuestro país haya una asociación que esté representada en
esta Confederación nacional y de esta manera contribuyamos todos en lo que
podamos en pro de esta causa que nos une.

   El documento asociacionista a la Confederación está a disposición del
colectivo que lo necesite para sumar esfuerzos, no dudeis en pedirnoslo, así
pues y al mismo tiempo aprovecho para comunicaros que aquel colectivo que esté
en vias de creación puede consultarme los pasos a seguir para su creación formal
de cara a conseguir los numeros de registros necesarios de la administración y
darle así forma juridica.
   --
   Un abrazo desde Sevilla.

   Domingo González Alonso
   Tel: 615 055 250
   custodiacompartidasap.blogspot.com
   mujeresigualitarias.nireblog.com
        www.sevillanoviembre.com
   PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN

#15213 De: "Domingo Gonzalez Alonso" <pul8domi@...>
Fecha: Lun, 17 de Sep, 2007 9:46 pm
Asunto: Sr. Francisco Serrano Castro Sentencia de alienación parental
pul8domi@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 

Este señor nos vuelve a sorprender por su justicia y buen hacer para con el sindrome de alienación parental.
 
Espero os sea útil.
--
Un abrazo desde Sevilla.

Domingo González Alonso
Tel: 615 055 250
custodiacompartidasap.blogspot.com
mujeresigualitarias.nireblog.com
     www.sevillanoviembre.com
PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN

#15212 De: "EDUARDO VIVES TERUEL" <vivesteruel.eduardo@...>
Fecha: Lun, 17 de Sep, 2007 10:22 pm
Asunto: Fwd: Sr. Francisco Serrano Castro Sentencia de alienación parental
vivesteruel.eduardo@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
---------- Forwarded message ----------
From: Domingo Gonzalez Alonso <pul8domi@...>
Date: 17-sep-2007 23:46
Subject: Sr. Francisco Serrano Castro Sentencia de alienación parental


Este señor nos vuelve a sorprender por su justicia y buen hacer para con el
sindrome de alienación parental.

Espero os sea útil.
--
Un abrazo desde Sevilla.

Domingo González Alonso
Tel: 615 055 250
custodiacompartidasap.blogspot.com
mujeresigualitarias.nireblog.com
      www.sevillanoviembre.com
PRIMERO LA UNIÓN LUEGO LA RAZÓN



--
"MANIFESTACION EN SEVILLA 18 NOVIEMBRE 2007"
la dirección de correo sevillanoviembre@...,
  la cuál espero deis de alta en vuestros correos.
www.sevillanoviembre.com/

Aviso Legal
Este mensaje y sus anexos pueden contener información confidencial, por lo
que se informa de que su uso no autorizado está prohibido por la ley. Si Vd.
considera que no es el destinatario pretendido por el remitente, por favor
póngalo en su conocimiento por esta misma vía o por cualquier otro medio y
elimine esta comunicación y los anexos de su sistema, sin copiar, remitir o
revelar los contenidos del mismo a cualquier otra persona. Cualquier
información, opinión, conclusión, recomendación, etc.
EDUARDO VIVES TERUEL
Área de Prensa 647 96 96 04
Asociación de Madres y Padres Separados
CUSTODIA COMPARTIDA !YA¡
PORTAVOZ DAMNIFICADOS POR LOS INFORMES PERICIALES DE FAMILIA (DIMPERFA)
VCIA.
WWW.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG <http://www.CUSTODIACOMPARTIDA.ORG>

Av. CAMPANAR 130 DCHA. VALENCIA
TF.616 729 975  96 303 30 30

#15211 De: js <js@...>
Fecha: Lun, 17 de Sep, 2007 7:09 pm
Asunto: PROGRAMA JORNADAS DE MEDIACION
js@...
Enviar mensaje Enviar mensaje
 
Hola:
Os adjunto programa de las Jornadas de Mediacion Familiar a desarrollar el 5 y 6 en Donostia,por si es de vuestro interes
Un saludo
Justo Saenz
KIDETZA
 

Mensajes 15211 - 15240 de 20329   Primero  |  < Anterior  |  Siguiente >  |  Último
Avanzado
Añadir a Mi Yahoo!      XML ¿Qué es esto?

Copyright © 2009 Yahoo! Todos los derechos reservados.
Política de Privacidad Actualizada - Condiciones del servicio - Directrices - Ayuda