Estimado señor Donado,
Si se trata de un incidente en el que como
consecuencia de una negligencia de la empresa organizadora terceras personas
sufrieron lesiones, a mi entender es una responsabilidad extracontractual.
La empresa no convino contractualmente en asumir
la responsabilidad.
Saludos,
FBA Corredores de Seguros
Lima - Peru
(Tildes omitidas adrede)
De:
RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En nombre de jaime roberto donado baena
Enviado el: Lunes, 12 de Noviembre
de 2007 11:27 a.m.
Para: foro seguros
Asunto: FORO RyS -> CONSULTA
RESPONSABILIDAD CIVIL
Apreciados Foristas:
De la manera mas atenta nos permitimos solicitarles sus comentarios con
respecto a la siguiente situacion:
Con relacion al tema de RESPONSABILIDAD CIVIL, que Responsabilidad se presenta
en un evento Publico, donde el espectador paga el valor de una boleta para
observar un espectaculo y sucede algun Riesgo a consecuencia de una accion u
omision del dueño u organizador del acto.
Un caso concreto seria la asistencia de unos espectadores,
La pregunta es: La Reponsabilidad que se presenta es Extracontractual o
Contractual y el porque de su respuesta.
Cordialmente
JAIME DONADO BAENA
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