Muy buenos días, les enviamos copia del boletín nro. 217 de noticias de la actividad aseguradora, que hemos distribuido en el día de hoy, en GoSeguros.com.
Respuesta para Oswaldo Franco
El cliente sufrio una baja en la produccion al no funcionar el generador.
atentamente
Oscar Miguel Massis
>From: "Oswaldo Lou Franco / Serviseguros, S.A."
><oswaldolou@...>
>Reply-To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
>To: <RiesgoySeguro@yahoogroups.com>
>CC: "\"oscar massis\"" <pipisa51@...>
>Subject: Re: FORO RyS -> Resumen nº 1217
>Date: Tue, 28 Jun 2005 18:40:48 -0600
>
>Pregunta para Oscar Massis con respecto a Lucro Cesante. Qué es lo que
>sufrió paralización ? solo el Generador ? o sufrió Paralización otra parte
>del proceso ? Sería interesante saber estos datos, para darte nuestra
>opinión. Saludos.
>
>OSWALDO LOU FRANCO
>oswaldolou@...
>Serviseguros, S. A.
>11 Calle 3-26, Zona 9.
>Tel. (502) 2334 3593 Fax. 2332 4849
>Guatemala, C. A.
>
>----- Original Message -----
>From: <RiesgoySeguro@yahoogroups.com>
>To: <RiesgoySeguro@yahoogroups.com>
>Sent: Saturday, June 25, 2005 4:01 AM
>Subject: FORO RyS -> Resumen nº 1217
>
>
>Hay 1 mensaje en este resumen.
>
>Temas de este resumen:
>
> 1. Re: CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
> De: "Ing. Jorge Mosquera" <brumos@...>
>
>
>________________________________________________________________________
>________________________________________________________________________
>
>Mensaje: 1
> Fecha: Fri, 24 Jun 2005 11:36:37 -0300
> De: "Ing. Jorge Mosquera" <brumos@...>
> Asunto: Re: CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
>
>Coincido plenamente con la opinión de Jaime: en primer lugar debe existir
>un
>daño directo (Daño Material) para que, luego, exista el daño consecuencial
>(Lucro Cesante).
>
>Lamentablemente, en general las garantías especifican que no amparan el
>lucro cesante que los aparatos puedan llegar a ocasionar.
>
>Ahora bien ¿en caso de que el generador estuviere asegurado y
>(simultáneamente) aún dentro del período de garantía otorgado por el
>fabricante -o proveedor- ¿quién asume la indemnización de los daños
>directos? ¿la póliza de Seguro, o el fabricante / proveedor? De ser la
>primera... ¿repetiría contra el segundo? ¿está el siniestro verdaderamente
>cubierto por una póliza básica de incendio?
>
>Un gran saludo para todos.
>Ing. Jorge Mosquera
>Risk Engineering Services
>Buenos Aires - Argentina
> ----- Original Message -----
> From: jaime roberto donado baena
> To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
> Sent: Thursday, June 23, 2005 8:32 PM
> Subject: RE: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
>
>
> Oscar:No estando asegurado contra el basico( incendio), el lucro no
>opera
>bajo ninguna circunstancia.Para futuras ocasiones,te suguiero que asegures
>el equipo desde su fecha de adquisicion,ya que la garantia no cubre los
>accidentes que le pueda suceder al equipo, mas el seguro si.
>
> Cordialmente
>
> JAIME DONADO BAENA
>
>
>
>
>
>
> >From: "oscar massis" <pipisa51@...>
> >Reply-To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
> >To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
> >Subject: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
> >Date: Thu, 23 Jun 2005 01:39:49 +0000
> >
> >Estimado Colegas y Amigos
> >
> >Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de
> >Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en
>la
> >fábrica.
> >Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de
>incendio
> >debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto,
>todavia
> >estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta
>concreta
> >es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de
> >Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños
>materiales?
> >en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros
> >similares?
> >
> >agradecidos por antemano por su asistencia
> >
> >un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America
> >
> >Oscar Miguel Massis F.
> >
> >
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>del
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>
Pregunta para Oscar Massis con respecto a Lucro Cesante. Qué es lo que
sufrió paralización ? solo el Generador ? o sufrió Paralización otra parte
del proceso ? Sería interesante saber estos datos, para darte nuestra
opinión. Saludos.
OSWALDO LOU FRANCO
oswaldolou@...
Serviseguros, S. A.
11 Calle 3-26, Zona 9.
Tel. (502) 2334 3593 Fax. 2332 4849
Guatemala, C. A.
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From: <RiesgoySeguro@yahoogroups.com>
To: <RiesgoySeguro@yahoogroups.com>
Sent: Saturday, June 25, 2005 4:01 AM
Subject: FORO RyS -> Resumen nº 1217
Hay 1 mensaje en este resumen.
Temas de este resumen:
1. Re: CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
De: "Ing. Jorge Mosquera" <brumos@...>
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________________________________________________________________________
Mensaje: 1
Fecha: Fri, 24 Jun 2005 11:36:37 -0300
De: "Ing. Jorge Mosquera" <brumos@...>
Asunto: Re: CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
Coincido plenamente con la opinión de Jaime: en primer lugar debe existir un
daño directo (Daño Material) para que, luego, exista el daño consecuencial
(Lucro Cesante).
Lamentablemente, en general las garantías especifican que no amparan el
lucro cesante que los aparatos puedan llegar a ocasionar.
Ahora bien ¿en caso de que el generador estuviere asegurado y
(simultáneamente) aún dentro del período de garantía otorgado por el
fabricante -o proveedor- ¿quién asume la indemnización de los daños
directos? ¿la póliza de Seguro, o el fabricante / proveedor? De ser la
primera... ¿repetiría contra el segundo? ¿está el siniestro verdaderamente
cubierto por una póliza básica de incendio?
Un gran saludo para todos.
Ing. Jorge Mosquera
Risk Engineering Services
Buenos Aires - Argentina
----- Original Message -----
From: jaime roberto donado baena
To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Sent: Thursday, June 23, 2005 8:32 PM
Subject: RE: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
Oscar:No estando asegurado contra el basico( incendio), el lucro no opera
bajo ninguna circunstancia.Para futuras ocasiones,te suguiero que asegures
el equipo desde su fecha de adquisicion,ya que la garantia no cubre los
accidentes que le pueda suceder al equipo, mas el seguro si.
Cordialmente
JAIME DONADO BAENA
>From: "oscar massis" <pipisa51@...>
>Reply-To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
>To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
>Subject: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
>Date: Thu, 23 Jun 2005 01:39:49 +0000
>
>Estimado Colegas y Amigos
>
>Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de
>Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en
la
>fábrica.
>Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de
incendio
>debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto,
todavia
>estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta
concreta
>es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de
>Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños
materiales?
>en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros
>similares?
>
>agradecidos por antemano por su asistencia
>
>un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America
>
>Oscar Miguel Massis F.
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Estimado Oscar:
Si el Generador no esta incluido en la Póliza de Incendio no tiene tampoco
cobertura de Lucro Cesante.
Las Garantias de los Equipos no cubren el 100% de los daños que estos sufran
durante el periodo de Garantía es por ese motivo que el Generador debe
incluirse en la Póliza de Incendio inmediatamente se compre con lo cual
tendrian dos posibilidades de pago de Lucro Cesante e Incendio a saber:
1) Si el Incendio esta cubierto por la Garantía del Equipo y este daño
genera un Lucro Cesante, el Lucro Cesante se paga por la Poliza de Lucro
Cesante, porque el origen del daño (incendio) es un riesgo cubierto por la
Póliza, pero que va a ser indemnizado por un tercero (fabricante), considero
que es similar posición a que si los daños del Incendio al Generador fueran
menores que el Deducible.
2) Si no esta cubierto por la Garantía, se paga el daño material y el Lucro
Cesante generado.
Cordialmente
Rafael Zuzunaga Zimic
Gerente Tecnico
W. Moller SAC
Ajustadores y Peritos de Seguros
Telf (051) 446-2093 (051) 447-2958
Nextel (051) 9834-8463
-----Mensaje original-----
De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En
nombre de oscar massis
Enviado el: Miércoles, 22 de Junio de 2005 08:40 p.m.
Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Asunto: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
Estimado Colegas y Amigos
Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de
Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en la
fábrica.
Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de incendio
debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto, todavia
estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta concreta
es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de
Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños materiales?
en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros
similares?
agradecidos por antemano por su asistencia
un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America
Oscar Miguel Massis F.
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Mi nombre es Alvaro Mateos, tengo más de 10 años involucrado en el negocio de los seguros y deseo encontrar oportunidad de crecimiento y desarrollo.
Pongo a su consideración mi currículum, por si alguno de ustedes sabe de una compañía que requiera de personal con mi perfil, mucha agradeceré me lo hagan saber para ponerme en contacto con ellos.
Estoy dispuesto a cambiar de residencia analizando la oferta y el futuro desarrollo.
Agradezco de antemano su atención.
Saludos cordiales.
Ing. Alvaro Mateos Pérez
Mexicali, Baja California, México.
Do You Yahoo!? La mejor conexión a Internet y 2GB extra a tu correo por $100 al mes. http://net.yahoo.com.mx
Coincido plenamente con la opinión de Jaime: en primer lugar debe existir un daño directo (Daño Material) para que, luego, exista el daño consecuencial (Lucro Cesante).
Lamentablemente, en general las garantías especifican que no amparan el lucro cesante que los aparatos puedan llegar a ocasionar.
Ahora bien ¿en caso de que el generador estuviere asegurado y (simultáneamente) aún dentro del período de garantía otorgado por el fabricante -o proveedor- ¿quién asume la indemnización de los daños directos? ¿la póliza de Seguro, o el fabricante / proveedor? De ser la primera... ¿repetiría contra el segundo? ¿está el siniestro verdaderamente cubierto por una póliza básica de incendio?
Un gran saludo para todos.
Ing. Jorge Mosquera Risk Engineering Services Buenos Aires - Argentina
Subject: RE: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO
Oscar:No estando asegurado contra el basico( incendio), el lucro no opera bajo ninguna circunstancia.Para futuras ocasiones,te suguiero que asegures el equipo desde su fecha de adquisicion,ya que la garantia no cubre los accidentes que le pueda suceder al equipo, mas el seguro si.
Cordialmente
JAIME DONADO BAENA
>From: "oscar massis" <pipisa51@...> >Reply-To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com >To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com >Subject: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO >Date: Thu, 23 Jun 2005 01:39:49 +0000 > >Estimado Colegas y Amigos > >Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de >Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en la >fábrica. >Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de incendio >debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto, todavia >estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta concreta >es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de >Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños materiales? >en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros >similares? > >agradecidos por antemano por su asistencia > >un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America > >Oscar Miguel Massis F. > > > > >Para consultas de Mensajes anteriores (todos) visitar: >http://groups.yahoo.com/group/RiesgoySeguro/messages > >Para darse de baja de este Foro, envie un e-mail a: >riesgoyseguro-unsubscribe@yahoogroups.com > > >Enlaces a Yahoo! Grupos > ><*> Para visitar tu grupo en la web, ve a: > http://es.groups.yahoo.com/group/RiesgoySeguro/ > ><*> Para cancelar tu suscripción en este grupo, envía > un mensaje en blanco a: > RiesgoySeguro-unsubscribe@yahoogroups.com > ><*> El uso que hagas de Yahoo! Grupos está sujeto a > las Condiciones del servicio de Yahoo!: > http://es.docs.yahoo.com/info/utos.html > > >
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Oscar:No estando asegurado contra el basico( incendio), el lucro no opera bajo ninguna circunstancia.Para futuras ocasiones,te suguiero que asegures el equipo desde su fecha de adquisicion,ya que la garantia no cubre los accidentes que le pueda suceder al equipo, mas el seguro si.
Cordialmente
JAIME DONADO BAENA
>From: "oscar massis" <pipisa51@...> >Reply-To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com >To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com >Subject: FORO RyS -> CONSULTiA LUCRO CESANTE POR INCENDIO >Date: Thu, 23 Jun 2005 01:39:49 +0000 > >Estimado Colegas y Amigos > >Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de >Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en la >fábrica. >Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de incendio >debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto, todavia >estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta concreta >es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de >Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños materiales? >en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros >similares? > >agradecidos por antemano por su asistencia > >un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America > >Oscar Miguel Massis F. > > > > >Para consultas de Mensajes anteriores (todos) visitar: >http://groups.yahoo.com/group/RiesgoySeguro/messages > >Para darse de baja de este Foro, envie un e-mail a: >riesgoyseguro-unsubscribe@yahoogroups.com > > >Enlaces a Yahoo! Grupos > ><*> Para visitar tu grupo en la web, ve a: > http://es.groups.yahoo.com/group/RiesgoySeguro/ > ><*> Para cancelar tu suscripción en este grupo, envía > un mensaje en blanco a: > RiesgoySeguro-unsubscribe@yahoogroups.com > ><*> El uso que hagas de Yahoo! Grupos está sujeto a > las Condiciones del servicio de Yahoo!: > http://es.docs.yahoo.com/info/utos.html > > >
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En el caso descrito, solo será cubierto por la poliza delde la empresa que vende los aparatos electricos, si esta tiene contratada una poliza de incendio o multirriesgos, desde que la misma tenga contratada como cobertura adicional la cobertura de riesgos electricos o de riesgos electronicos.
En el caso de que no tenga ninguna poliza vigente con este tipo de cobertura la poliza que deverá ser actuada sera la de reswponsabilidad civil contratada por la empresa de electricidad, la qual cubrirá de seguro este tipo de riesgo.
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas respuestas.
Estimado Oscar,
El que el cliente tenga o no tenga garantía en su equipo debe ser considerado
para asegurar el equipo en el ramo de Rotura de maquinaria. Incendio es algo
punto y a parte de cualquier garantía del fabricante. Toma esto en cuenta para
futuras negociaciones con clientes que te argumenten que tienen garantía y no
quieran contratar la cobertura de incendio.
Por otro lado, desde el momento que existió un daño por Incendio la cobertura de
lucro cesante es aplicable. Mi punto de vista es:
Puedes reclamar el daño directo al equipo y demás bienes. La compañía de seguros
al revisar las sumas aseguradas lo más seguro es que te aplica proporcionalidad
por no estar los bienes amparados al 100% (ya que no se dio de alta el
generador). Pero aún así podrás recuperar algo de lo perdido.
Saludos
oscar massis <pipisa51@...> escribió:
Estimado Colegas y Amigos
Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de
Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en la
fábrica.
Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de incendio
debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto, todavia
estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta concreta
es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de
Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños materiales?
en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros
similares?
agradecidos por antemano por su asistencia
un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America
Oscar Miguel Massis F.
Estimado Oscar
Para que exista la cobertura de interrupcion de negocios, deben estar todos
los bienes (instalaciones y equipos) asegurados en la poliza de incendio y a
la vez en la de interrupcion de negocios o perjuicio por paralización.
Como el cliente lamentablemente no la incorporo a la poliza, no le
corresponde el pago de la indemnizacion por interrupcion del negocio.
Lo que seria bueno averiguar si el fabricante tiene asegurado y cubierto
este tipo de daños durante el periodo de garantia y ver si es posible que lo
indemnice.
En el futuro, deberá incluir inmediatamente los equipos nuevos adquiridos a
la poliza.
Atte.
Jorge Ferrada Gallardo
Ferrada & Asociados
Asesores en Administracion de Riesgos
Fono 56-9-2334459 - Santiago - Chile
Email: info@...http://www.jorgeferrada.cl
Estimado Colegas y Amigos
Un cliente que tiene una Poliza de Seguro de Incendio con Anexo de
Interrupcion de negocios, tuvo un incendio en un Generador Electrico en la
fábrica.
Los daños materiales no estàn cubiertos por la Poliza de seguro de incendio
debido a que el Generador fue comprado hace 3 meses y por lo tanto, todavia
estaba gozando de la garantia del vendedor/fabricante. la consulta concreta
es si la pérdida de lucro cesante estaría cubierta por el Anexo de
Interrupcion de negocios, aùn cuando no estan cubiertos lo daños materiales?
en caso de no estar cubierta cómo se podría cubrir para casos futuros
similares?
agradecidos por antemano por su asistencia
un atento saludo desde San Salvador, El Salvador, Centro America
Oscar Miguel Massis F.
Aca en mi pais las polizas de incendio tienen sus
lineas aliadas las cuales tratan este tipo de eventos,
pero en dado caso que no existiese en tu pais tales
cobertura es responsabilidad directa de la empresa
que suministra la energia electrica (TAmbien me
sucedio un caso en que una nevera se quemo su motor
por una alta de tension, asi mismo hice el reclamo a
la compañia electrica en las 48 horas de haber
sucedido tal envento y en 7 dias me repusieron el
motor dañado)
--- Gabriel Bustamante Sanchez <segbus@...>
escribió:
> La empresa que tiene a su cargo los servicios
> eléctricos públicos, tiene responsabilidad civil?,
> Gabriel Bustamante Sánchez - Lima.
> ----- Original Message -----
> From: RENE KATTAN
> To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
> Sent: Monday, June 20, 2005 8:22 PM
> Subject: Re: FORO RyS -> CONSULTA POLIZA INCENDIO
>
>
> Esto no esta cubierto en la poliza de incendio.
> Para estar cubierto bajo esta poliza tuvo que haber
> llama. No tenian poliza de Equipo Electronico?
> ----- Original Message -----
> From: CONSULTORA PROFESIONAL
> To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
> Sent: Monday, June 20, 2005 5:39 PM
> Subject: FORO RyS -> CONSULTA POLIZA INCENDIO
>
>
> Estimados amigos del foro, con una consulta
>
>
>
> Una empresa de venta de aparatos
> electrodomésticos sufrió un daño por sobrecarga
> eléctrica debido al mal funcionamiento de un
> transformador de la calle.
> Esto hizo que varios aparatos, en especial
> televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo,
> pero sin declararse un incendio.
>
> Puede considerarse este daño amparado por la
> cobertura de incendio? (Está sin efecto una
> exclusión relativa da daños o fallas eléctricas
> causadas por corrientes generadas artificialmente,
> siempre y cuando a causa de ello se origine un
> incendio.)
>
> De antemano muchas gracias por sus valiosas
> respuestas.
>
>
> Saludos y exitos
>
> Mario Wunderlich
Gracias, Rene, los
equipos daniados son existencias para la venta; la póliza de equipo electrónico
que tenemosd solamente cubre activos fijos. Cuál sería tu sugerencia para amparar casos futuros?
Saludos y Exitos
Mario Rafael Wunderlich
Gumpel
-----Original Message----- From:
RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] On Behalf Of RENE KATTAN Sent:Monday, June
20, 20057:23 PM To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com Subject: Re: FORO RyS ->
CONSULTA POLIZA INCENDIO
Esto no esta cubierto en la poliza
de incendio. Para estar cubierto bajo esta poliza
tuvo que haber llama. No tenian poliza de Equipo Electronico?
Una empresa de venta de
aparatos electrodomésticos sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal
funcionamiento de un transformador de la calle.
Esto hizo que varios
aparatos, en especial televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero
sin declararse un incendio.
Puede considerarse este
daño amparado por la cobertura de incendio? (Está sin efecto una
exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por corrientes
generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se origine un
incendio.)
De antemano muchas
gracias por sus valiosas respuestas.
La póliza de incendio no es una póliza
todo riesgo donde lo que limita la cobertura son las exclusiones, sino que es
una póliza de riesgos nominados, donde se listan los riesgos cubiertos (ej. Incendio,
Rayo, Explosión).
Si no hubo incendio el evento no estaría
cubierto, no por una exclusión especifica, sino porque no se ha dado ningún
evento cubierto por la póliza.
Obviamente habría que ver el texto específico
para definirlo con precisión.
De:RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En nombre de CONSULTORA PROFESIONAL Enviado el: lunes, 20 de junio de
2005 20:39 Para:RiesgoySeguro@yahoogroups.com Asunto: FORO RyS -> CONSULTA
POLIZA INCENDIO
Estimados amigos del foro, con una consulta
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos
sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un
transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial
televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un
incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la
cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o
fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y
cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas
respuestas.
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas respuestas.
Considero que no, porque la condición primigenia
para la cobertura de Incendio es llama, lo que no se ha producido en ese daño.
La Cobertura que podría cubrir ese evento
seria la de Todo Riesgo
Equipo Electrónico con la cobertura adicional de daños por variación de energía
eléctrica
Cordialmente
Rafael Zuzunaga Zimic
Gerente Tecnico
W. Moller SAC
Ajustadores y Peritos de Seguros
Telf (051) 446-2093 (051) 447-2958
Nextel (051) 9834-8463
Lima Peru
De:
RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En nombre de CONSULTORA PROFESIONAL Enviado el: Lunes, 20 de Junio de
2005 06:39 p.m. Para:
RiesgoySeguro@yahoogroups.com Asunto: FORO RyS -> CONSULTA
POLIZA INCENDIO
Estimados amigos del foro, con una consulta
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos
sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un
transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores,
se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la
cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o
fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y
cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas
respuestas.
Segun consulta realizada, considero que estos daños son los llamados "Daños Indirectos" y que pueden mencionarse en poliza de la siguiente forma:
1) De los daños producidos por accion indirecta del fuego y demas eventos amparados, se cubren unicamente los daños materiales causados por:
a) Cualquier medio empleado para extinguir, evitar o circunscribir la propagacion del daño .
b) Salvamento o evacuacion inevitable a causa del siniestro .
c) La destruccion y/o demolicion ordenada por autoridad competente .
d) Consecuencia del fuego y demas eventos amparados por la poliza ocurridos en la inmediaciones .
2) La indemnizacion por extravios durante el siniestro, comprende unicamente los que se produciran en ocasion del traslado de los bienes objeto del seguro con motivo de las operaciones de salvamento .
(Ref.: Parte de la Resol.Gral.SSN N°16192)
Atte.
Eduardo O. Deichmann
Parana-Argentina
"César A. Duque A. - CD&A Consultores de Riesgos" <cduquea@...> escribió:
Estiamdos Colisteros
Necesito sus opiniones y experiencias sobre el tema de "Gastos de Extinción de Incendios", y en especial sobre lo siguiente:
a) En los amparos de INCENDIO donde se haya establecido indemnización o reconocimiento de GASTOS DE EXTINCION, ¿que cubre realmente esto?; ¿Que gastos cubre y cuales no?
b) Los costos o gastos en los que haya incurrido el Cuerpo de Bomberos de la ciudad que atendió un siniestro - bajo el entendido que no han sido costos directos de la empresa asegurada (y siniestrada) - ¿Son indemnizables bajo ese amparo?
c) ¿En que casos podría considerarse que los Costos incurridos por el Cuerpo de Bomberos puedan ser asumidos como "costos de extinción" por parte del asegurado?
d) ¿Hay o conocen ustedes antecedentes sobre que una compañía de seguros haya pagado o indemnizado por los costos asumidos por el Cuerpo de Bomberos de la ciudad en la atención de un Incendio?
Les agradeceré sus comentarios
CESAR A. DUQUE A.
CD&A Consultores de Riesgos
Cali, Colombia
NOTA: Yo yá le dije SI a los Bomberos de Cali, ¿Y Usted?
Marque SI en el formato que le llega con la Factura del Servicio Telefónico
Campaña Cívica de apoyo al Cuerpo de Bomberos de Cali
Respecto a la consulta de Mario,la causa proxima del siniestro fue una
sobretension,produciendo daños.
Lo que habría que definir si hubo o no fuego,si no lo hubo,no tiene cobertura
el caso según las polizas de incendio normales.
Ing. Ernesto B. Bodenheimer
Cunningham Lindsey Argentina S.A.
Florida 537 - 3Ëš Of. 518,
C1005AAK, Buenos Aires
Tel:+ 54 11 4326 9400
Fax:+ 54 11 4328 6167
Website: www.cunninghamlindseyinternational.com
-----Mensaje original-----
De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com]
Enviado el: Martes, 21 de Junio de 2005 07:17 a.m.
Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Asunto: FORO RyS -> Resumen nº 1213
Hay 4 mensajes en este resumen.
Temas de este resumen:
1. Boletin de noticias de GoSeguros.com - Nro. 215 - Año V - 2005.
De: "Fabian Pizzi \(goseguros.com\)" <fabianpizzi@...>
2. CONSULTA POLIZA INCENDIO
De: "CONSULTORA PROFESIONAL" <conprof@...>
3. Re: CONSULTA POLIZA INCENDIO
De: "RENE KATTAN" <rkattan@...>
4. RE: Usos y costumbres de Lloyd's
De: "José Fernando Calderón V." <josefcalderon@...>
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Mensaje: 1
Fecha: Mon, 20 Jun 2005 11:47:04 -0300
De: "Fabian Pizzi \(goseguros.com\)" <fabianpizzi@...>
Asunto: Boletin de noticias de GoSeguros.com - Nro. 215 - Año V - 2005.
Estimados amigos:
Muy buenos días, les enviamos copia del boletín nro. 215 de noticias de la
actividad aseguradora, que hemos distribuido en el día de hoy, en
GoSeguros.com.
Saludos para todos........
Fabián Omar Pizzi
Director Comercial
GoSeguros.com
Latinoamérica.
fabianpizzi@...
www.goseguros.com
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Mensaje: 2
Fecha: Mon, 20 Jun 2005 17:39:13 -0600
De: "CONSULTORA PROFESIONAL" <conprof@...>
Asunto: CONSULTA POLIZA INCENDIO
Estimados amigos del foro, con una consulta
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos sufrió un daño por
sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un transformador de la
calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores, se arruinaron y
empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la cobertura de incendio? (Está sin
efecto una exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por
corrientes generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se
origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas respuestas.
Saludos y exitos
Mario Wunderlich
[Este mensaje contenía archivos adjuntos]
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Mensaje: 3
Fecha: Mon, 20 Jun 2005 19:22:37 -0600
De: "RENE KATTAN" <rkattan@...>
Asunto: Re: CONSULTA POLIZA INCENDIO
Esto no esta cubierto en la poliza de incendio. Para estar cubierto bajo esta
poliza tuvo que haber llama. No tenian poliza de Equipo Electronico?
----- Original Message -----
From: CONSULTORA PROFESIONAL
To: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Sent: Monday, June 20, 2005 5:39 PM
Subject: FORO RyS -> CONSULTA POLIZA INCENDIO
Estimados amigos del foro, con una consulta
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos sufrió un daño por
sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un transformador de la
calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores, se arruinaron y
empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la cobertura de incendio? (Está
sin efecto una exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por
corrientes generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se
origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas respuestas.
Saludos y exitos
Mario Wunderlich
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Mensaje: 4
Fecha: Tue, 21 Jun 2005 04:20:09 +0200 (CEST)
De: "José Fernando Calderón V." <josefcalderon@...>
Asunto: RE: Usos y costumbres de Lloyd's
Estimado Carlos,
Muchas gracias por la información y en esta ocasión ya pude accesar bien.
Saludos,
José Fernando.
"Carlos Peralta (pe)" <carlosperalta@...> escribió: Estimado José
Fernando: Gracias por tu atención. El URL para la descarga es:
http://herdkp.com.pe/Info/usos.zip
Me avisas si acaso continuas con problemas para descargar el archivo.
Atentos saludos,
Carlos Peralta
Herrera DKP SRL
División Transportes Cascos
Telf: 464-1378 Fax: 452-3412
www.hdkp.net
-----Mensaje original-----
De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En
nombre de José Fernando Calderón V. Enviado el: viernes, 17 de junio de 2005
20:52
Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Asunto: RE: FORO RyS -> Usos y costumbres de Lloyd's
Estimado Carlos:
Muchas gracias por el gentil ofrecimiento del texto de Lloyd's traducido, sin
embargo, no he podido bajarlo de la dirección que lo envió y estoy muy
interesado de este documento, por lo que actualmente estoy trabajando para la
empresa Tokio Marine en México directamente en el ramo Marine y hasta el
momento este ramo ha sido mi experiencia, por lo tanto el interés que tengo es
muy grande.
Espero que nos pueda brindar nuevamente la dirección para poder bajar la
información.
Cordialmente,
José Fernando Calderón.
speralta@...> escribió:
Estimados amigos:
En nuestra empresa hemos traducido un capítulo del libro de Seguro de Cascos de
Robert H. Brown respecto a los usos y costumbres del mercado de Londres para el
seguro de cascos marítimos. Quien desee tener el archivo zipeado de la
traducción ingresar a:
http://herdkp.com.pe luego a Información - Cascos Pesqueros, ahí bajo el
encabezado Información General encontrarán el hipervínculo para descargar
Usos y Costumbres del Lloyd's.
Es un archivo bastante interesante.
Atentos saludos,
Carlos Peralta
Herrera DKP - Transportes Cascos
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-----Mensaje original----- De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En nombre de José Fernando Calderón V. Enviado el: viernes, 17 de junio de 2005 20:52 Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com Asunto: RE: FORO RyS -> Usos y costumbres de Lloyd's
Estimado Carlos:
Muchas gracias por el gentil ofrecimiento del texto de Lloyd's traducido, sin embargo, no he podido bajarlo de la dirección que lo envió y estoy muy interesado de este documento, por lo que actualmente estoy trabajando para la empresa Tokio Marine en México directamente en el ramo Marine y hasta el momento este ramo ha sido mi experiencia, por lo tanto el interés que tengo es muy grande.
Espero que nos pueda brindar nuevamente la dirección para poder bajar la información.
Cordialmente,
José Fernando Calderón.
speralta@...> escribió:
Estimados amigos:
En nuestra empresa hemos traducido un capítulo del libro de Seguro de Cascos de Robert H. Brown respecto a los usos y costumbres del mercado de Londres para el seguro de cascos marítimos. Quien desee tener el archivo zipeado de la traducción ingresar a:
http://herdkp.com.pe luego a Información - Cascos Pesqueros, ahí bajo el encabezado Información General encontrarán el hipervínculo para descargar Usos y Costumbres del Lloyd's.
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas respuestas.
Una empresa de venta de aparatos electrodomésticos
sufrió un daño por sobrecarga eléctrica debido al mal funcionamiento de un
transformador de la calle.
Esto hizo que varios aparatos, en especial
televisores, se arruinaron y empezaran a sacar humo, pero sin declararse un
incendio.
Puede considerarse este daño amparado por la
cobertura de incendio? (Está sin efecto una exclusión relativa da daños o
fallas eléctricas causadas por corrientes generadas artificialmente, siempre y
cuando a causa de ello se origine un incendio.)
De antemano muchas gracias por sus valiosas
respuestas.
Muy buenos días, les enviamos copia del boletín nro. 215 de noticias de la actividad aseguradora, que hemos distribuido en el día de hoy, en GoSeguros.com.
La ley argentina prevé que el Hurto es Calificado (o agravado) cuando se lleva a
cabo segun los siguiente:
1. Cuando fuere de una o más cabezas de ganado mayor o menor (el abigeato) o de
productos separados del suelo o de máquinas o instrumentos de trabajo, dejados
en el campo; o de alambres u otros elementos de los cercos, causando su
destrucción total o parcial (hurto campestre).
2. Cuando el hurto se cometiere con ocasión de un incendio, explosión,
inundación, naufragio, accidente de ferrocarril, asonada (tumulto) o motín o
aprovechando las facilidades provenientes de cualquier otro desastre o conmoción
pública o de un infortunio particular del damnificado (el hurto calamitoso).
3. Cuando el hurto se hiciere con uso de ganzúa, llave falsa u otro
instrumento semejante o de llave verdadera que hubiere sido sustraída, hallada o
retenida;
4. El perpetrado con escalamiento;
5. El de mercaderías u otras cosas muebles durante su transporte.
6. Cuando el hurto fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares
de acceso público.
En la página "Gobierno en Linea" del gobierno de Venezuela se da ls siguiente
definición:
Hurto calificado o cualificado:Aun no existiendo fuerza en las cosas ni
violencia o intimidación en las personas, el hurto puede ser agravado en la pena
cuando se comete sobre determinados bienes (ganado, productos separados del
suelo, máquinas o instrumentos de trabajo, alambres de los cercos); en
determinadas circunstancias (de una conmoción pública o de un infortunio
particular del damnificado); cuando se hiciese dado uso a llave falsa, la llave
verdadera que hubiese sido sustraída, hallada o retenida; cuando se tratare de
objetos o dinero de viajero y fuese cometido en cualquier clase de vehículos,
estaciones o escalas de las empresas de transporte; cuando fuere de cosas de
valor científico, artístico, cultural, militar o religioso; cuando se hallaren
destinadas al servicio público y; si el hecho fuese cometido por tres o más
personas.
Atentamente,
Ing. Tomas Fourcade
Leza, Escriña y Asociados S.A.
tel. 4334-2514
fax. 4334-8323
www.lea.com.ar
________________________________
De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com en nombre de Antonio Jorge
Enviado el: Dom 19/06/2005 12:24 p.m.
Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com
Asunto: FORO RyS -> Hurto Calificado
Amigos del Foro. Por favor si alguien me puede ayudar a conocer la definicion de
Hurto Calificado.
Gracias anticipada.
Antony Jorge
antonyjorge@...
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Amigos del Foro. Por favor si alguien me puede ayudar a conocer la definicion de Hurto Calificado.
Gracias anticipada.
Antony Jorge
antonyjorge@...
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Amigos del foro. Estoy interesado en literatura en español de coberturas para Responsabilidad Civil Productos.
Gracias.
AntonyJorge
antonyjorge@...
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EUROPE, THE WORLD AND THE FUTURE Opportunities for Risk Management
LISBON, 2-5 OCTOBER 2005
REGISTER BEFORE JULY 1ST AND TAKE ADVANTAGE OF THE EARLY DISCOUNTS !
You cannot afford to miss FERMA's Risk Management Forum 2005 !
In today's business climate, risk management has become a number one priority in most organisations. Business must adapt itself to the new environment.
The Federation of European Risk Management Associations' Forum 2005 in Lisbon will address the increasingly complex issues facing risk managers in today"s enlarged Europe and in this redefined world. Under the overall theme "Europe, the World and the Future : Opportunities for Risk Management" the programme will focus on ensuring that your risk strategy mitigates business risk across all aspects of your organisation.
Over four days, plenary sessions and workshops will concentrate on critical issues ranging from the current financial and insurance market conditions to the latest Enterprise Risk Management techniques.
KEYNOTE SPEAKERS António Vitorino, Former European Commissioner for Justice, Freedom and Security Belmiro de Azevedo, President of the Board of SONAE Group and a member of the International Advisory Board of Allianz. António Borges, chairman of the European Corporate Governance Institute, vice chairman of Goldman Sachs International and former dean of Insead business school. Patrick Baudry, a French member of Russian and American space missions, founding member and president of the European Association of Astronauts, test pilot and UNESCO ambassador
PANELS OF DISCUSSION "Brokerage in the storm: turning a nightmare in an opportunity?" "The market - Where are we now and where is it going?"
An ideal opportunity to network and to increase your knowledge. We look forward to seeing you in Lisbon !
Topical sessions will answer the following questions: How to manage risks from Europe when many of your activities will be in Asia, Africa, and South America ? With these new horizons and frontiers, how efficiently are you mastering your risks and assisting your management ? Do you have the procedures in place to identify and manage the risks ? With the impact of the freedom of services, what are the new risk frontiers in Central Europe, and how should companies address risks in Russia ?
More than 40 companies have confirmed their partnership. These organisations are exhibiting or have kindly sponsored the FERMA Risk Management FORUM 2005 and we would like to acknowledge with appreciation their support of FERMA. The exhibition area, with more than 60 stands, will be open during the whole FORUM. Become one of our partners :click here !
PRESS
FERMA welcomes the media to report on the FERMA RISK MANAGEMENT FORUM 2005. To facilitate coverage, FERMA provides press passes to accredited reporters and press facilities in the Lisbon Congress Center. Request your accreditation here !
-----Mensaje original----- De: RiesgoySeguro@yahoogroups.com [mailto:RiesgoySeguro@yahoogroups.com] En nombre de José Fernando Calderón V. Enviado el: viernes, 17 de junio de 2005 20:52 Para: RiesgoySeguro@yahoogroups.com Asunto: RE: FORO RyS -> Usos y costumbres de Lloyd's
Estimado Carlos:
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Cordialmente,
José Fernando Calderón.
speralta@...> escribió:
Estimados amigos:
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