Arq. Francisco Pardo Téllez:
Sobre sus comentarios paso a comentarlos, en bien de la producción del conocimiento que necesitan nuestras ciudades para lograr una vida digna para sus habitantes.
Brevemente, puedo afirmar con mucha certeza, profesionalismo y como asesora de las organizaciones de vecinos, de inquilinos, del Centro de Lima, que la dación de esta Ley en un TRIUNFO, calificativo, que las organizaciones resaltan, porque consideran que es un paso aún pequeño, pero que va reivindicando su derecho a no ser desalojados, abrir el camino a tener acceso a una vivienda digna. Y esto claramente se expresa en el mensaje enviado, creo que se debe leer calmadamente y en su totalidad, que no se califica un triunfo total, sino parcial.
Esta ley no impide que se promuevan o realicen cambios profundos en la edificación tugurizada, al contrario, es que el inquilino no sea lanzado por el libe mercado sino participe en el proceso, como lo estipula, la norma que se presento adjunta a esta y que no tuvo acogida aún (y que el mensaje enviado se cita) y en otras normas que existen en el Perú como la 696 y su reglamento 11-95 y el último Decreto de Alcaldía 177, que promueve y exige que se realice los proyectos de destugurización desde los propietarios, sino los inquilinos o el municipio.
Aquí en el Perú los profesionales que trabajamos con los habitantes pobres que habitan tugurios y barriadas, no somos negligentes, sino vamos creando procesos estratégicos, para que brinden la sostenibilidad requerida, para cambios profundos.
El escenario nacional actual, no es muy favorable, la globalización está muy relevada aquí y el gobierno es sumamente neoliberal, por ello se califica este hecho de la dación de la Ley como un triunfo. No creemos que esta ley congele nada, es una tregua para que se trabaje de manera conjunta, sin desalojos y que la ciudad no siga creciendo fragmentada y excluyente.
No es nada conveniente y científico desaprobar una Ley, ni bien es otorgada, al contrario, la sociedad civil debe asegurar su cumplimiento y exigencia a las autoridades, es el estado de derecho. Sí, el triunfo mayor o el gran paso u objetivo mayor alcanzado es tener una vivienda digna para cada peruano y peruana, de la forma y manera más adecuada, que asegure su calidad de vida, y en eso estamos, luchando para alcanzar ello, de paso a paso, no es fácil, creo que todos debemos reflexionar sobre que hacemos cada día para que este derecho se cumpla para todos, en Perú, en Colombia, en todo el mundo.
Atentamente
Silvia de los Ríos
Perú
He venido de tiempo atrás, manifestando sin respuesta mi preocupación por algunas informaciones que nos a compartido la colega Silvia de los Ríos sobre la problemática de vivienda del Perú, debo entender que su silencio es una prerrogativa valida ante mi impertinencia continua y la respeto, sin embargo ante su ultimo envió debo insistir en manifestar mi preocupación sobre la información recibida bajo el titulo de TRIUNFO DE INQUILINOS.
En que forma puede llamarse TRIUNFO a una Ley que aprobó la ampliación del plazo de protección para los inquilinos de tugurios (valor de la edificación inferior a Los S/. 2,880.00 nuevos soles = $822.00 dólares americanos), para que no pasen al libre mercado inmobiliario del inquilinato de viviendas, hasta el 31 de diciembre 2006 ?
Esto simplemente congela el valor de las obligaciones adquiridas entre los propietarios y/o tenedores de inmuebles que por sus deficiencias en su ubicación, en servicios públicos y su entorno urbano se denominan tugurios, y que además internamente en los espacios habitables que se arriendan (inquilinato) presentan obvias fallas en su calidad espacial, sistema constructivo y carecen de las mínimas condiciones de confort e higiene.
Pero así este escrito en la mencionada Ley entre las obligaciones del propietario y/o tenedor del Inquilinato, este no mejorará las condiciones espaciales y funcionales del inmueble y siempre encontrará excusas y justificaciones para postergar los arreglos mínimos y máxime cuando la congelación de los arriendos desestimulan las inversiones en obras locativas y mantenimiento preventivo.
En que forma esta nueva Ley mejora la Calidad de Vida, más allá de conservar como gasto fijo el canon de arrendamiento que pagan los inquilinos, mientras que la economía esta en constante alza en otros rubros?
Mi punto de referencia es Bogotá, sé que las condiciones no son iguales y difieren además las características antropométricas, culturales y sociales y que muy probablemente existan numerosos factores que desconozca de las condiciones locales, pero pese a eso no puedo compartir el concepto de TRIUNFO cuando y más como arquitecto se que poco o nada se hará por mejorar las condiciones espaciales y funcionales de las viviendas y de su entorno; sé además que en nuestros pueblos toda nueva Ley, pese a sus buenas intenciones, tiene aún antes de su aprobación explorados caminos para su incumplimiento e indebida interpretación.
TRIUNFO para una VIVIENDA DIGNA, en Perú o en cualquier parte del orbe, sería cuando podamos ofrecer en forma industrializada componentes de vivienda de fácil acceso, no para construir grandes conjuntos habitacionales sino para ir construyendo lote a lote, aún en predios subnormales unidades de vivienda de desarrollo progresivo, individuales o multifamiliares que ofrezcan además de calidad espacial y resistencia constructiva, facilidades de accesibilidad a la población menos favorecida y contribuyan a mejorar el entorno.
TRIUNFO será cuando el producto final sea una VIVIENDA no un INQUILINATO en un TUGURIO, cuando la rentabilidad para el propietario y/o tenedor estén en la libre competencia y los costos de la vivienda, sea en arriendo o en propiedad, estén en su valor justo siendo consecuentes con la CALIDAD ESPACIAL que ofrecen.
Francisco Pardo Téllez
Arquitecto