Estimada Amalia:
Creo que el mayor bien del hombre es la libertad, y la única restricción a la libertad es cuando la libertad de un individuo colisiona con la de otro individuo. El Estado es necesario para salvaguardar esta restricción y aplicarla en consecuencia.
Ahora bien, si alguien no desea comer y ha llegado a esa decisión en virtud de un acto libre, ninguna autoridad debería ejercer un acto coercitivo en contra. Un funcionario racional solamente debe explicarle las terribles consecuencias de su acción y tratar de persuadirlo. Si un huelgista pide algo atendible, ¿el Estado no debería satisfacer el pedido, más bien, antes que coactar la libertad?
Es otro caso si la decisión de no comer o alguna otra interfiere con la vida de otro ser humano. En ese sentido, se podría obligar a una mujer embarazada a tomar sus alimentos, en caso de que no quiera hacerlo.
Saludos cordiales,
Raymundo Casas
From: "amalia lateano" <mamiamalia1@...>
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Subject: RE: [boulesis] El Estado de derecho I
Date: Fri, 26 Jan 2007 11:53:47 +0000
Estimado;
Considero que el Estado debe velar por la integridad física de los hombres y mujeres, por lo tanto en esta circunstancia, la obligación del Estado, es alimentar al etarra disidente, para guardar su vida.
Aplica aquí el derecho a la vida que es su deber guardar y que le fue conferido por los individuos al aceptar el estado de derecho vigente. Sino estaríamos en la época de LOCKE, donde no otorgaba el derecho a la propiedad de la vida al Estado, pero ha corrido mucha agua bajo el puente, y los Derechos humanos prevalecen en el estado constituído.
Saludos
Amalia
From: "cemvalldeboi" <iglesiasramal@gmail.com>
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Subject: [boulesis] El Estado de derecho I
Date: Thu, 25 Jan 2007 11:29:57 -0000
La Audiencia Nacional decide por amplia mayoría mantener en prisión al
etarra La Audiencia Nacional decide por amplia mayoría mantener en
prisión al etarra De Juana Chaos - 11:33 h: - 11:33 h: Leo en El País.
He hablado anteriormente, de la necesidad que se cumplan las leyes.
Otra cosa distinta es que las sentencias puedan ser discutidas desde
la técnica jurídica y política. Y es evidente que la sentencia que
condena a 12 años de prisión por escribir dos artículos es
sencillamente inverosímil. Hay que recordar que esta sentencia es
recurrible ante el Tribunal Supremo.
¿Es lícito que el Estado obligue a un preso a comer contra su propia
voluntad? La huelga de hambre es como protesta contra esa sentencia
que será llevada al T.Supremo. Seguramente, si no viviéramos en estas
circunstancias borrascosas, probablemente la sentencia hubiese sido
otra, no lo se.
La Audiencia Nacional ha decidido que siga en prisión. Legalmente ha
sí debe ser. Pero, ¿es necesario que toda esta cuestión sea llevada al
extremo? En política es necesario la valoración de los hecho,la
prudencia, la oportunidad -kairós- o momento adecuado.
En un Estado de derecho que no significa un Estado utópico, las leyes
pueden ser interpretadas de formas diversas. Las leyes penales
obligaban a la liberación de De Juana Chaos en virtud de las propias
leyes que lo habían condenado. Había cumplido la sentencia. Por las
circunstancias particulares del caso y, como consecuencia del revuelo
mediático -vale la pena ver la viñeta del Roto en El País de hoy- y el
atentado terrorista en Barajas, se ha considerado adecuado castigar a
un personaje siniestro -veinticinco asesinatos cometidos-, por un
delito de opinión a una pena desorbitada, que tiene todo el sabor de
la venganza y no del cumplimiento de la ley.
Después de todo lo dicho, el mensaje debe ser el único que nos queda,
que se cumplan las leyes y que se utilicen todos los resortes legales
para evitar desaguisados que ponen en entredicho ese estado de derecho.
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