El Gobierno Regional de Ayacucho ha dado recientemente un paso cualitativo para avanzar en el acceso a la igualdad de oportunidades para los pueblos indígenas de la región. Desde mediados de los años 90, el Taller Permanente de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú ha venido siguiendo un arduo proceso para impulsar este objetivo. La FEDECMA (Federación Departamental de Clubes de Madres de Ayacucho), canalizando estas propuestas, presentó al Gobierno Regional de Ayacucho el requerimiento necesario, habiéndose logrado la oficialización de la norma.
Mediante Ordenanza Regional N° 010-2008-GRA/CR, se establece:
Articulo Primero.- RECONOCER
la Pluricultiiralidad y el carácter Niultilingüe de la sociedad que compone la Región Ayacucho~Artículo Segundo.- RECONOCER
' al idioma Castellano, Quechua y Asháninka como lenguas oficiales de la Región Ayacucho.Articulo Tercero.- ENCARGAR
a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con la Dirección Regional de Educación y en el término de noventa (90) días calendario, la elaboración de un Plan de Capacitación Progresiva para los funcionarios Públicos del Gobierno Regional, para que reconozcan, respeten y promuevan los valores, reconocimientos y culturas de nuestros pueblos indígenas y el Plan de Acción Progresiva que plantee como requisito indispensable el conocimiento del quechua y el asháninka para los Funcionarios Públicos del Gobierno Regional que desempeñen labores en zonas con predominancia de dichos idiomas.Artículo Cuarto.- ENCARGAR
a la Gerencia Regional de Desarrollo Social el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional.Artículo Quinto.- RECOMENIDAR
a los Gabiernos Locales, de acuerdo a sus funciones y competencias exclusivas, compartidas y delegadas conforme a Ley, la implementación de la presente Ordenanza Regional en sus respectivas jurisdicciones.Artículo Sexto.- CONFORMAR
la Comisión Multisectorial de promoción de los idiomas - indígenas de Ayacucho, que deberá tener redes de niveles distritales, provinciales y regionales; y una comisión y tratamiento especial en el Valle del Rio Apurimac, encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social que en un plazo de 30 dias realice la implementación.Artículo Séptimo.-
lmplementar el Proyecto Educativo Regional PER - Ayacucho, en la educación básica en Instituciones Educativas Públicas y Privadas, incorporando obligatoriamente cursos de Quechua y Ashaninka desde el Primer grado de Educación Primaria hasta el Quinto año de Educación Secundaria, encargando a la Dirección .Regional de Educación Ayacucho - DREA la implementación y ejecución de la preseqte Ordenanza Regional en el Plan Educativo Regional.Artículo Octavo.-
La presente Ordenanza entra en vigor al día siguiente de su publicación en 'el Diario Oficial El Peruano
Documento completo de la norma:
Chirapaq - Centro de Documentación
http://www.chirapaq.org.pe/htm/cendocset.htm
http://www.chirapaq.org.pe/htm/cendocset.htm