Hola, no le pueden cambiar el horario de trabajo así por así. Lo
unico es si se lo dan por escrito debe hacerlo pq no puede negarse a
una orden directa del empresario, lo que si es que luego lo puede
denunciar.
--- En coriugt@yahoogroups.com, Blanca Rodríguez <losrodri72@y...>
escribió:
> Hola,
>
> Os presento un caso que se ha dado en un proyecto.A un chico se le
> acaba el contrato el 1 de Julio, ha encontrado trabajo en otra
empresa
> y ha avisado con el tiempo reglamentario.
> El problema es que le han pedido que el proximo dia 30 de Junio
> trabaje las 9 horas en un turno que hay que hacer nocturno, por lo
que
> empezaria a trabajar a las 20.00 horas del dia 30 de Junio pero
> acabaria sobre 06.00 horas del 1 de Julio.
>
> Es legal que si el 1 de Julio esa persona ya no esta contratada
esté
> trabajando desde las 00.00 horas hasta las 06.00 aunque sean horas
no
> trabajadas del dia anterior?
>
> Se me plantea la duda por el tema de seguros y esas cosas, si
pasara
> algo, estaria asegurado durantes esas horas aunque no
> estuviera 'legalmente' en plantilla?
>
> Gracias.