Entrar
¿Usuario nuevo? Regístrate
coricgtmadrid · CORITEL-CGT
? ¿Ya estás suscrito? Entrar en Yahoo!

Consejos de Yahoo! Grupos

¿Sabías que...?
Puedes enviar un mensaje al grupo desde el web.

Mensajes

  Mensajes Ayuda
Avanzado
Overtime, Vacaciones, Etc y Baja por Maternidad   Lista de mensajes  
Responder | Reenviar Mensaje #316 de 349 |
RE: Overtime, Vacaciones, Etc y Baja por Maternidad

Hola, te respondo detrás de las preguntas. De todas formas si quieres
que te respondamos más rápido escribenos a coricgt@...
>
> 1) Días de Vacaciones: El número de días de vacacaciones anual se
ve
> disminuido por estar de baja? Podré disfrutar todas las vacaciones
> que tengo pendientes a continuación de la baja maternal y del
periodo
> de lactancia? O hay que incorporarse al trabajo y ya después,
> disfrutar de las vacaciones?
>

El numero de dias de vacaciones sigue siendo el mismo. Claro que las
puedes disfrutar despues de la baja y la lactancia, pero tienes que
avisar a la empresa de ello.


> 2) Festivos de Empleado: En Semana Santa, nos corresponden a todos
4
> días, debido a que hacemos más horas a la semana durante todo el
año.
> El caso, es que al estar de baja, no he disfrutado de esos días.
> Esos días constan como "Festivos de Empleado" en vez de como "Días
de
> Vacaciones", por lo que no vienen reflejados en ningún sitio como
> pendientes, ni siquiera en el "Personnel Vacation/ Expense Detail"
> que nos mandan cada 15 días.
> Significa que he perdido esos días? O se me acumularán a los días
de
> vacaciones normales?
>
Por desgracia estos se pierden.

> 3) Overtime: Tengo overtime acumulado que debería haber disfrutado
> como muy tarde a finales de Marzo, y otras cuantas horas extras que
> debería disfrutar entre mayo y junio. Al estar de baja, no voy a
> poder disfrutar dichas horas en el tiempo reglamentario....
> Significa eso que las he perdido? o podré disfrutarlas a
continuación
> de la baja por maternidad? o tengo que pedir que me las paguen para
> no perderlas?

Habla con recursos humanos, creo que estando de baja por maternidad
suelen mantenerte las horas extras aunque no estan obligados. Si no a
malas intenta cobrarlas.
>
> 4) TR: Hay que hacer el TR mientras se está de baja?

No hay que hacerlo ya se encarga la empresa.
>
> 5) Tickets restaurante: Supongo que tendré que devolver los tickets
> restaurante correspondientes a los días que voy a estar de baja....
> Cuando hay que realizar esa devolución? Qué ocurre si no tengo
todos
> los tickets porque ya me los he gastado? Me lo descuentan del
sueldo?

Si, tienes que devolverlos cuando te lo digan. Si te los has gastado
te los descontarán del sueldo.

>
> 6) Que comunicaciones debo hacer a la empresa para comunicar mi
nueva
> situación y con cuanto tiempo de antelación? Habrá cambios en mi
> nómina (IRPF, etc.....) por ser madre soltera?

Cuanto antes avises mejor, pq si que hay cambios en el IRPF, te
retendran menos. Ponte tb en contacto con recursos humanos para que
te digan que formulario tienes que entregar.
>
> 7) Si después de la baja maternal, quisiera tener el peridodo de
> lactancia todo seguido (creo que son 4 semanas).... con cuanto
tiempo
> de antelación, de que forma (via teléfono, por email o con escrito
> firmado) y a quién hay que comunicarlo (a mi gerente, a recursos
> humanos,...)?

Avisa cuanto antes, pero creo que no hay plazo. Diselo a tu gerente
y/o a recursos humanos da igual.
>
> 8) Si después de disfrutar la baja maternal, el periodo de
lactancia
> y los días de vacaciones acumulados, quisiera incorporarme de nuevo
> al trabajo, pero con una jornada reducida.... tengo que negociarlo
> con mi gerente o con recursos humanos? Con cuanto tiempo de
> antelación y de que forma hay que comunicarlo? Que opciones de
> jornada reducida hay?

Te digo lo que dice el estatuto de los trabajadores:

Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún
menor de ocho años o un minusválido físico, psíquico o sensorial, que
no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción
de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario
entre, al menos, un tercio y un máximo de la mitad de la duración
de aquélla.

La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del
permiso de lactancia y de la reducción de jornada, corresponderá al
trabajador, dentro de su jornada ordinaria.

El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de
antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.

Tendras que avisar a recursos humanos, creo que solo hara falta
llamarlos.
>
> 9) Como afecta exactamente la jornada reducida al sueldo? Es decir,
> mi nómina se compone de salario base + mejora voluntaria + plus de
> antiguedad, la reducción sería por igual en todos estas partes de
la
> nómina? Por ejemplo, si yo hago 30h a la semana (es decir, reduzco
> 1/3 la jornada semanal), se me reduce exactamente 1/3 la nómina?
Cómo
> se calcula?
> ¿Que ocurre con los tickets restaurante? Si me voy a casa a comer,
> dejo de recibir los tickets restaurante? En ese caso, el importe se
> me incluye en la nómina o se pierde ese beneficio? (ya que ahora
> mismo el importe anual por tickets restaurante no está incluido en
el
> salario bruto...)
>

Si, te reducen el sueldo proporcional a las horas que hagas de menos.

Si te vas a casa a comer no te dan tickets restaurant.

Espero haberte resuelto las dudas, y enhorabuena por tu maternidad.

Un saludo, CGT.




Vie, 13 de Abr, 2007 11:14 am

jogamo_2005
Sin conexión Sin conexión
Enviar mensaje Enviar mensaje

Reenviar Mensaje #316 de 349 |
Desplegar mensajes Autor Ordenar por fecha

Hola, Debido a que tengo un embarazo de alto riesgo, estoy de baja desde mediados de marzo, y seguiré así hasta el momento del parto, aproximadamente estaré...
duckisi
duckisi@...
Enviar mensaje
12 de Abr, 2007
11:48 am

Hola, te respondo detrás de las preguntas. De todas formas si quieres que te respondamos más rápido escribenos a coricgt@... ... ve ... periodo ... El...
jogamo_2005
Sin conexión Enviar mensaje
13 de Abr, 2007
11:17 am
Avanzado

Copyright © 2009 Yahoo! Todos los derechos reservados.
Política de Privacidad Actualizada - Condiciones del servicio - Directrices - Ayuda