20.12.2002. UGT VENDE
POR MENOS DE CINCO EUROS LOS DERECHOS HORARIOS DE LOS
TRABAJADORES
UGT, en alianza con APLI,
vendió los derechos sobre horarios de los trabajadores de
delegaciones por menos de cinco euros diarios, al acordar con la
dirección de la empresa la compatibilidad de la Jornada Partida y el
Turno Rotatorio, en un documento cerrado clandestinamente el 11 de
diciembre cuando ya estaba abierta la Mesa Negociadora de un CONVENIO
PARA TODOS .
Este acuerdo, firmado al parecer para aliviar económicamente los anárquicos horarios de las delegaciones, no sólo no arregla nada sino que pervierte la situación, al legalizar las irregularidades horarias que se sufren en estos centros de trabajo, porque permite a la empresa modificar de forma arbitraria el horario laboral a cambio del cobro del día rotado (y no de una cantidad al mes por la disponibilidad para rotar) por poco más de 4 euros, calculados proporcionalmente sobre el plus mensual de Turno Rotatorio (23.114 pesetas),. Según lo pactado, los trabajadores de delegaciones que hasta ahora percibían el plus de Jornada Partida pierden de nuevo un derecho, al ser desposeídos de un horario fijo, porque a partir de ahora queda al antojo de la empresa y a cambio únicamente de la parte proporcional del plus de Turno Rotatorio.
Este acuerdo es un mal parche para uno de los múltiples problemas que se padecen en las delegaciones, como son la escasez de plantilla, guardias, prolongación sistemática de jornada, multifuncionalidad y el agravio comparativo que representa la no percepción de pluses que sí se cobran en la Central, entre otros. Comisiones Obreras, Grupo de Trabajadores de Barcelona y Confederación Intersindical Galega exigen, como mínimo en este asunto, la percepción íntegra de un plus de disponibilidad por una cantidad digna para remunerar la movilidad horaria de los trabajadores, que valoramos en 240 euros mensuales de momento, en tanto no se consiga disociar los conceptos de plena dedicación y libre disposición, como pretendemos en la Mesa Negociadora.
En otro punto del acuerdo, alcanzado con la empresa por UGT-APLI, se pretende remunerar la sustitución de las ausencias de los delegados con una parte proporcional de la diferencia salarial (cuando exista) hasta jefe de sección, cantidad insuficiente por la responsabilidad que estas funciones suponen y, porque, en ausencia de norma específica, lo legal y justo es abonar la diferencia estricta entre el salario de uno y otro.
De todos modos, hay que recordar que el diagnóstico de los problemas específicos de delegaciones nacionales consta desde 1996 en el Convenio de eficacia general, que en su Disposición Adicional Segunda acordó crear una Comisión Paritaria para tratar de solucionarlos, lo que comenzó con una importante regularización de compañeros "en negro" que hoy son plantilla y no dio más de sí porque la empresa se cerró en banda y planteó un ERE.
Este acuerdo, firmado al parecer para aliviar económicamente los anárquicos horarios de las delegaciones, no sólo no arregla nada sino que pervierte la situación, al legalizar las irregularidades horarias que se sufren en estos centros de trabajo, porque permite a la empresa modificar de forma arbitraria el horario laboral a cambio del cobro del día rotado (y no de una cantidad al mes por la disponibilidad para rotar) por poco más de 4 euros, calculados proporcionalmente sobre el plus mensual de Turno Rotatorio (23.114 pesetas),. Según lo pactado, los trabajadores de delegaciones que hasta ahora percibían el plus de Jornada Partida pierden de nuevo un derecho, al ser desposeídos de un horario fijo, porque a partir de ahora queda al antojo de la empresa y a cambio únicamente de la parte proporcional del plus de Turno Rotatorio.
Este acuerdo es un mal parche para uno de los múltiples problemas que se padecen en las delegaciones, como son la escasez de plantilla, guardias, prolongación sistemática de jornada, multifuncionalidad y el agravio comparativo que representa la no percepción de pluses que sí se cobran en la Central, entre otros. Comisiones Obreras, Grupo de Trabajadores de Barcelona y Confederación Intersindical Galega exigen, como mínimo en este asunto, la percepción íntegra de un plus de disponibilidad por una cantidad digna para remunerar la movilidad horaria de los trabajadores, que valoramos en 240 euros mensuales de momento, en tanto no se consiga disociar los conceptos de plena dedicación y libre disposición, como pretendemos en la Mesa Negociadora.
En otro punto del acuerdo, alcanzado con la empresa por UGT-APLI, se pretende remunerar la sustitución de las ausencias de los delegados con una parte proporcional de la diferencia salarial (cuando exista) hasta jefe de sección, cantidad insuficiente por la responsabilidad que estas funciones suponen y, porque, en ausencia de norma específica, lo legal y justo es abonar la diferencia estricta entre el salario de uno y otro.
De todos modos, hay que recordar que el diagnóstico de los problemas específicos de delegaciones nacionales consta desde 1996 en el Convenio de eficacia general, que en su Disposición Adicional Segunda acordó crear una Comisión Paritaria para tratar de solucionarlos, lo que comenzó con una importante regularización de compañeros "en negro" que hoy son plantilla y no dio más de sí porque la empresa se cerró en banda y planteó un ERE.
CCOO-CIG-GTB