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Concesión para conservacion a favor de la Comunidad Nativa de Queros Cusco Perú
Otorgan concesión para conservación a favor de la Comunidad Nativa de Queros, departamento de Cusco(Se publica la presente resolución a solicitud del Ministerio de Agricultura, mediante Carta N° 950-2007-INRENA-OA-ULOG, recibida el 22 de agosto de 2007)RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 358-2006-INRENA-IFFS
Lima, 24 de octubre de 2006
VISTOS: El Informe Técnico Nº 723-2006-INRENA-IFFS(DACFFS) emitido por la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre de la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, del 13 de octubre de 2006 respectivamente, donde se recomienda aprobar la Propuesta Técnica presentada por la Comunidad Nativa de Queros, para la concesión directa de un área con fines de conservación a desarrollarse en 6,975.99 ha ubicada en el distrito de Kcosñipata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco.
CONSIDERANDO: Que, el artículo 68° de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG; Que, con Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AGse aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de concesiones de Conservación, cuyos artículos 9º, 15º, 18º, 19º, 21º y 22º fueron modificados porla Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG, encargándose al Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento;
NORMAS LEGALES El Peruano lima,
viernes 24 de agosto de 2007
Que, se encuentra previsto que las concesiones para conservación se otorgan preferentemente en bosques entierras de protección para el desarrollo de proyectos de conservación de la diversidad biológica, de conformidad con el artículo 119º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, habiendo cumplido con la publicación del resumen y los avisos previstos en el artículo5º de la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG, y ante la ausencia de otros interesados, con Carta Nº 488-2006-INRENA-IFFS (DACFFS), del 11 de abril de 2006, la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre comunicó a la Comunidad Nativa de Queros, que el área solicitada para concesión de conservación continuará bajo la modalidad de Concesión Directa, autorizándole a presentar su Propuesta Técnica, de conformidad con lo señalado en el artículo 14º de la mencionada Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio Nº 671-2006-ATFFS-CUSCO-INRENA, del 6 de octubre de 2006, la Comunidad Nativa de Queros, remite a esta Intendencia su Propuesta Técnica, la cual incluye un documento de sesentaitrés (63) folios; Que, laResoluciónMinisterialNº0566-2001-AGestableceensusartículos12ºy15º,elcontenidodelaPropuestaTécnicay los criterios para su calificación, respectivamente; Que, la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre en el Informe Nº 723-2006-INRENA-IFFS(DACFFS) del 13 de octubre del 2006, realizó la evaluación de la Propuesta Técnica presentada por la Comunidad Nativa de Queros, la cual ha obtenido el 70.5% del puntaje, superando así el puntaje mínimo establecido en el artículo 14º de la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG; Que, el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG, modificado por la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG dispone que la concesión se otorga mediante Resolución de Intendencia emitida por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre del INRENA, con el vistobueno del Gerente de la Oficina de Asesoría Jurídica, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano a cargo del solicitante e incluye la aprobación de la Propuesta Técnica, en caso de concesión directa; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestión y administración de recursos forestales, además de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecución; En uso de las facultades otorgadas en el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” presentada por la Comunidad Nativa de Queros.
Artículo 2º.- Otorgar una concesión para conservación a favor de la Comunidad Nativa de Queros, bajo la modalidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 6,975.99 hectáreas, ubicadas en el distrito de Kcosñipata, provincia de Paucartambo, departamento de Cusco, por un período de 40 años renovables.
Artículo 3º.- Definir el área que se otorga en concesión, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geográficas, y de acuerdo al mapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolución de Intendencia:
Artículo4º.-Disponer que la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Capítulo VI “Seguimiento y Evaluación de la Concesión” de la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG; con lo cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de Concesiones para Conservación. Artículo 5º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG, modificado por la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO MORIZAKI TAURA Intendente Forestal y de Fauna Silvestre.
Artículo4º.-Disponer que la Dirección de Administración y Control Forestal y de Fauna Silvestre, se encargue de supervisar el estricto cumplimiento de lo establecido en el Capítulo VI “Seguimiento y Evaluación de la Concesión” de la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG; con lo cual se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el otorgamiento de Concesiones para Conservación. Artículo 5º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contrato correspondiente; en consecuencia para que la concesión se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0566-2001-AG, modificado por la Resolución Ministerial Nº 0413-2006-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO MORIZAKI TAURA Intendente Forestal y de Fauna Silvestre.