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Circular 163

Copyright y sociedad de la información

El Consejo de Europa ha publicado una Posición Común dirigida a
adoptar una Directiva sobre la armonización de ciertos aspectos de
derechos de propiedad intelectual en la sociedad de información. Esta
circular contiene un resumen de esta futura regulación.

Derechos reconocidos

Reproducción

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir la reproducción directa o
indirecta de una obra, de manera provisional o permanente, por
cualquier medio y en cualquier forma, de la totalidad o parte.

Comunicación pública

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier comunicación al
público de una obra por procedimientos alámbricos o inalámbricos,
incluida la puesta a disposición del público de una obra de tal forma
que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el
momento que elija.

Distribución

El derecho exclusivo a autorizar o prohibir toda forma de
distribución al público ya sea mediante venta o por cualquier otro
medio.

Excepciones y limitaciones

1. Actos de reproducción provisional, que sean transitorios o
accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso
tecnológico cuya única finalidad consista en facilitar una
transmisión en una red entre terceras partes por un intermediario, o
una utilización lícita de un obra o prestación protegidas, y que no
tengan por sí mismos una significación económica independiente.

2. Reproducciones en cualquier soporte efectuadas para uso privado de
una persona física, sin fines lucrativos, siempre que los titulares
de los derechos reciban una compensación equitativa.

3. Actos específicos de reproducción efectuados por bibliotecas,
centros de enseñanza o museos accesibles al público, o por archivos,
que no tengan intención de obtener un beneficio económico o comercial
directo o indirecto.

4. Grabaciones efímeras de obras, realizadas por organismos de
radiodifusión por sus propios medios y para sus propias emisiones.

5. Uso destinado a la lustración con fines educativos o de
investigación científica.

6. Uso en beneficio de personas con minusvalías.

7. Reproducción por la prensa comunicación o puesta a disposición del
público de artículos publicados sobre temas de actualidad económica,
política o religiosa.

8. Citas con fines de crítica o reseña.

9. Uso que tenga la finalidad de anunciar la exposición pública o la
venta de obras de arte.

10. Uso de obras de arquitectura o escultura, realizadas para estar
situadas de forma permanente en lugares públicos.







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Acciones a realizar

1. Adaptar los contenidos del sitio web corporativo al nuevo entorno
legal que se generará con la aprobación de esta Directiva

2. Tener presente que los contenidos introducidos en un sitio web
pueden ser visualizados y copiados por cualquier persona que tenga
acceso a Internet

3. Crear pruebas de la titularidad de los contenidos del sitio web.

4. Incluir el símbolo © y las advertencias legales relacionadas con
los derechos de propiedad intelectual.

5. Llevar a cabo una auditoria legal de forma periódica para
verificar el nivel de adaptación de los contenidos al entorno
jurídico y obtener el nivel máximo de protección

6. Supervisar de manera continuada las posibles infracciones de los
derechos de autor que puedan estar teniendo lugar con respecto a los
contenidos del sitio web.

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Cómo utilizar esta circular

1. Compruebe si su compañía está afectada por el tópico analizado
2. Haga copias de este documento y envíelas a las personas de su
empresa que puedan estar interesadas
3. Analice la sección "Acciones a realizar" y póngase en contacto con
un especialista si considera que deben ser aplicadas a su empresa
4. Guarde esta circular en una carpeta donde pueda localizarla en el
caso de que se produzca una situación relacionada con esta materia

5. Esta circular se envía también en formato PDF con un diseño
distinto para facilitar su impresión en una sola página y su
posterior distribución a destinatarios que no dispongan de correo
electrónico

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Javier Ribas
javier.ribas@...

Departamento de IT
LANDWELL, Abogados y Asesores Fiscales
PricewaterhouseCoopers Jurídico y Fiscal S.L.
Teléfono Barcelona: 93-2532509 (Judit Barnola)
Teléfono Madrid: 91-5684325 (Carlos Rodríguez Sau)

La recopilación de estas circulares se encuentra en: http://www.e-
landwell.com y en http://www.e-groups.com/landwell

Si no desea recibir mas circulares de nuestro despacho, puede enviar
un mensaje a: e-landwell-unsubscribe@egroups.com






Do, 21 de Ene, 2001 9:11 am

jribas@...
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Circular 163 Copyright y sociedad de la información El Consejo de Europa ha publicado una Posición Común dirigida a adoptar una Directiva sobre la...
Xavier Ribas
jribas@...
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