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Actos de comunicacion en establecimientos publicos   Lista de mensajes  
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Circular 147

Actos de comunicación en establecimientos públicos

El Grupo Parlamentario Mixto del Congreso de los Diputados presentó
el pasado día 12 de mayo una propuesta para modificar el
controvertido artículo 20.2.g) del Texto Refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual. Este precepto, que define acto de
comunicación pública como la emisión o transmisión en lugar accesible
al público, mediante cualquier instrumento idóneo, de la obra
radiodifundida, ha servido de base "para exigir a bares, cafeterías,
restaurantes, hoteles y empresas de autobuses, e incluso otros
locales comerciales que sólo usan hilo musical, el pago de derechos
de autor por parte de diversas entidades de gestión", creándose una
gran polémica social en los sectores afectados, especialmente en los
de hostelería y restauración

En la exposición de motivos de la citada Proposición de Ley se apunta
que los Tribunales han venido interpretando el artículo 20.2.g), en
formas bien distintas. Mientras unos consideran que la mera tenencia
de un aparato receptor puede suponer un <<acto de comunicación>>,
otros, consideran que sólo lo es el acto de emisión o transmisión de
las obras protegidas. De otra manera, la remuneración del autor, en
vez de considerarse una contraprestación justa por la utilización por
un tercero de su obra, se convertiría en algo similar a una tasa o
impuesto por el sólo hecho de disponer de un aparato de televisión o
radio en un establecimiento abierto al público.

Así mismo, se señala que una reciente sentencia del Tribunal Supremo
de fecha 9 de febrero pasado ha declarado nulo el inciso final del
articulo 149 (actualmente 150) de la Ley de Propiedad Intelectual,
pues introducía una presunción <<iuris tantum>> favorable a entender
que las entidades de gestión de derechos de autor tenían conferidos
de los autores los derechos objeto de su gestión, constituyendo una
restricción en los medios de defensa de los demandados en procesos
judiciales contra dichas entidades de gestión. Ello ha contribuido,
aún más si cabe, a crear confusión respecto a la legitimación de las
entidades de gestión para reclamar dichos derechos en nombre de los
autores sin acreditar previamente su autorización.

Para poner fin a esta situación de inseguridad jurídica creada, se
propone modificar el Texto Legal de la siguiente manera:

1.- negar la existencia de comunicación pública a la simple difusión
a través de aparatos receptores de las emisiones o transmisiones de
radio o televisión en lugares públicos, cualquiera que sea el
contenido de las mismas;

2.- modificar el contenido de la letra g) del apartado 2 del artículo
20, y considerar acto de comunicación pública la <<emisión o
transmisión en lugar accesible al público, en el que se requiera el
abono previo de una entrada, de la obra radiodifundida mediante
cualquier instrumento idóneo>>;

3.- establecer un sistema de remuneración a los autores a través de
un Fondo de Derechos de Autor, que distribuiría las cantidades
depositadas por actos de comunicación pública entre las entidades de
gestión que acreditaran estar autorizadas por los titulares o
derechohabientes de los citados derechos de autor, atribuyendo
exclusivamente al Fondo la legitimación para reclamar el pago de los
citados derechos;

4.- tener por rescindidos automáticamente los contratos que tuvieran
firmados las personas físicas y jurídicas con las entidades de
gestión colectiva de derechos , con el fin de satisfacer los derechos
autor por actos de comunicación pública.

En definitiva, se trata de una propuesta de modificación de Ley, que
habrá que seguir de cerca, ya que de continuar su tramitación
comportará un profundo debate social y doctrinal.

Esta circular ha sido elaborada por Julián García, del Departamento
de IP de Landwell. Teléfono 93-2532561








Mar, 6 de Jun, 2000 2:25 pm

jribas@...
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Circular 147 Actos de comunicación en establecimientos públicos El Grupo Parlamentario Mixto del Congreso de los Diputados presentó el pasado día 12 de...
Xavier Ribas
jribas@...
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6 de Jun, 2000
3:03 pm
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