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Sistema Europeo de Créditos.   Lista de mensajes  
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REAL DECRETO por el que se establece el sistema europeo de créditos y el
sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter
oficial y validez en todo el territorio nacional.

NUEVO SISTEMA DE CRÉDITOS EUROPEOS

a.. Se trata de adaptar el sistema universitario español al Espacio
Europeo de Enseñanza Superior.

Madrid, 5 de septiembre de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se establece
el Sistema Europeo de Créditos y el Sistema de Calificaciones en las
titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional. Este Real Decreto ha contado con el informe favorable
del Consejo de Coordinación Universitaria y del Consejo de Estado.

Convergencia y créditos europeos

De acuerdo a las recomendaciones de la Declaración de Bolonia, los Estados
miembros de la Unión Europea están trabajando en la actualidad para alcanzar
el objetivo de convergencia de los sistemas universitarios europeos en el
Espacio Europeo de Enseñanza Superior. En este sentido, la Ley Orgánica de
Universidades, aprobada por el Parlamento en diciembre de 2001, establecía
la necesidad de adoptar medidas para la plena integración del sistema
español en este Espacio.

Entre estas medidas, se encuentra la de establecer un sistema común de
créditos para fomentar la comparabilidad de los estudios y promover la
movilidad de estudiantes y titulados por todos los países de la Unión
Europea.

El crédito es la unidad de referencia sobre la que se organizan los
currículos de los estudios universitarios en la mayor parte de los países
europeos. En España, los créditos se definen en la actualidad en función de
las horas de docencia, teórica o práctica, impartidas por los profesores. En
concreto, en nuestro sistema universitario un crédito equivale a diez horas
de clase

Nueva denominación

El Real Decreto aprobado hoy, siguiendo las recomendaciones de la Unión
Europea, propone sustituir esta noción de crédito por la estipulada en la
declaración de Bolonia, denominada "crédito europeo". La diferencia entre
ambos sistemas estriba en que el crédito europeo, a diferencia del que se
aplica actualmente en España, no es una medida de duración temporal de las
clases impartidas por el profesor, sino una unidad de valoración del volumen
de trabajo total del alumno, expresado en horas, que incluye tanto las
clases, teóricas o prácticas, como el esfuerzo dedicado al estudio o a la
realización de seminarios, trabajos, prácticas o proyectos, y las horas
exigidas para la preparación y realización de los exámenes y pruebas de
evaluación. En resumen, la atención se centra en el trabajo del estudiante,
en su aprendizaje, y no en las horas de docencia de los profesores.

De acuerdo al nuevo sistema, el número total de créditos establecido en los
planes de estudios para cada curso académico será de sesenta. El número
mínimo de horas por crédito será de veinticinco y el máximo de treinta. El
Gobierno, previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, será
quien fije el número mínimo de créditos que deban ser asignados a cada
asignatura en los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos
universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional.

Espacio Europeo de Enseñanza Superior

La adopción por parte de todos los países de la Unión Europea del sistema de
créditos europeos permitirá dar respuesta a la vieja necesidad de encontrar
un sistema de equivalencias y de reconocimiento a los estudios cursados en
otros países. La generalización de esta nueva unidad de medida académica es
fundamental para la creación del Espacio Europeo de Enseñanza Superior, ya
que posibilitará que el trabajo desarrollado por un estudiante en cualquier
universidad sea fácilmente reconocible, académica y profesionalmente,en
todos los países de la UE, con lo que se fomentará también la movilidad.

Además, la implantación de este nuevo sistema de créditos europeos es una
condición previa y necesaria para establecer las nuevas titulaciones que
deberán ir configurándose de acuerdo con las líneas generales que emanan del
Espacio Europeo de Enseñanza Superior.

Sistema de calificación

Por otra parte, el Real Decreto establece el nuevo sistema de calificación
de los resultados académicos obtenidos por los estudiantes en estas
enseñanzas.

El sistema de calificación debe ser formulado para facilitar su comparación
con el sistema de grados de calificaciones del sistema de créditos europeos
y el establecimiento de una distribución interna de las calificaciones
otorgadas. De este modo, se favorece la transparencia entre los sistemas
educativos de los distintos países.

Así, el Real Decreto establece un un sistema numérico de calificaciones con
valores de 1 a 10, con un decimal, a la que podrá añadirse su
correspondiente calificación cualitativa (0-4,9 Suspenso, 5-6,9 Aprobado,
7-8,5 Notable y 9-10 Sobresaliente). La mención de "Matrícula de Honor"
podrá ser concedida a aquellos alumnos que hayan obtenido una calificación
igual o superior a 9.

Entrada en vigor

Las medidas incluidas en este Real Decreto serán de aplicación a las
directrices generales propias correspondientes a títulos universitarios
oficiales que el Gobierno apruebe a partir de este Real Decreto. En
cualquier caso, las enseñanzas conducentes a títulos oficiales implantadas
en la actualidad deberán adaptarse al sistema de créditos de este Real
Decreto antes del 1 de octubre de 2010, fecha fijada por la Declaración de
Bolonia para lograr la plena convergencia de los sistemas universitarios
europeos.


Antonio J. Valenzuela.
ajvalenzuela@...
Coordinador DCCU DS. Jaén (SAS)
SEEUE
www.enfermeriadeurgencias.com





Vie, 5 de Sep, 2003 5:06 pm

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Y yo sin pagar aún el piso... Venga, un saludo. REAL DECRETO por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las...
Antonio J.
gentleman672002
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5 de Sep, 2003
8:16 pm
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