"El médico es el único profesional que se compromete en su actividad
profesional a
salvaguardar la confidencialidad de la historia clínica. Deberá
considerarse el acceso
limitado a la información sanitaria de cualquier otro profesional,
especialmente si no son
sanitarios."
Hola compañeros...
No entiendo esta afirmación realizada por nuestros compañeros de
trabajo... ¿Está basado dicho comentario en algún tipo de documento
legal? ¿Cómo es posible que a estas alturas se plantee limitar el acceso
del, en este caso, enfermero a una historia clínica? Es sumamente
necesario conocer los antecedentes personales, el estado actual y la
historia personal de los usuarios para poder atenderles de forma
global... o es que en la historia clínica sólo encontramos datos
"exclusivamente médicos"?