En Andalucía, sindicatos y Administración pugnan por la aplicación de una
sentencia del TSJ que en aplicación de la jornada de 35 horas, designaba
dicha jornada anual de los DCCU en 1353 horas.
En la actualidad no existe (incongruentemente) un criterio uniforme dentro
de cada Distrito, ya que la parición del decreto de adscripción de todos los
profesionales del SAS a un turno concreto de los tres posibles (fijo de
mañana, rotatorio o fijo de noches) y la existencia de jornadas diversas
llevadas a cabo por los DCCU (SUAP), coloca a cada uno de una forma
diferente, a pesar de dicha sentencia del TSJ, de manera que el ramillete es
de lo más diverso (1540, 1483, 1392...); aunque en Octubre del año pasado, y
a expensas de negociación, la Administración instaba por Nota interior a que
se respetase una jornada anual de 1392 horas (como se venía haciendo hasta
la aparición de dicha sentencia y Decreto), sin haber acabado ésta de
clarificar absolutamente nada, ya que se ha interpretado como se ha querido,
aparte de que la aplicación informática destinada a la mecanización de
nóminas y jornadas, no "ha mutado" en el mismo sentido. Por lo que se
auguran, de no aclararse las cuestiones, unas cuantas demandas por exceso de
jornada. Así rueda la Administración, ante el gran debate que propiciarán
los acuerdos sobre la reestructuración de las Urgencias en Andalucía. la
gran asignatura pendiente de un modelo que lleva años vociferándose como una
gran falacia. Otra. Un saludo.
Antonio J. Valenzuela.
Seguimos esperando que la OPE se resuelva.