A partir de la entrada en vigor de la ley, quienes practiquen submarinismo, surf y otras variables de deportes acuáticos, descenso de cañones y barrancos, escalada, espeleología, bicicleta de montaña sin casco protector, motocross, turismo ecuestre, esquí o vuelo en parapente, y no tengan contratado un seguro, se podrán enfrentar a sanciones en el caso de que sufran un accidente y tengan que ser rescatados.
Las tasas a pagar irán desde los 36 euros por hora por los medios humanos movilizados (por cada persona), 38 euros la hora por cada vehículo desplazado al lugar del rescate, por cada embarcación entre 383 euros y 2.017 euros por hora (según el tamaño), y 2.093 euros por hora por cada helicóptero que se movilice para el rescate.
-- Román