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DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CULTURA
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APROBADO UN PROYECTO DE LEY FORAL SOBRE EL USO DEL VASCUENCE EN LA
ENSEÑANZA SUPERIOR DE LA COMUNIDAD FORAL

El Gobierno ha aprobado un Proyecto de Ley Foral sobre el uso
del vascuence en la enseñanza superior de la Comunidad Foral de
Navarra.

Según el mencionado Proyecto de Ley Foral, la Universidad
Pública de Navarra impartirá exclusivamente en castellano o español
la docencia de todas las materias y asignaturas que figuran o figuren
en sus planes de estudios conducentes a la obtención de títulos
universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio
nacional, homologados por el Consejo de Universidades o, en su caso,
el Consejo de Coordinación Universitaria.

En razón del desarrollo del vascuence, la Universidad Pública
de Navarra podrá establecer líneas curriculares u otras enseñanzas en
esta lengua conducentes, en su caso, a la obtención de títulos
propios.

Por otra parte, la Universidad Pública de Navarra podrá
establecer líneas de docencia bilingües en los estudios de magisterio
si así lo exigen las necesidades del sistema educativo y la adecuada
capacitación de los titulados necesarios para la enseñanza en
vascuence. En estos casos será preceptiva, con carácter previo, la
propuesta favorable del Consejo Social de la Universidad y la
autorización del Gobierno de Navarra.

En los planes de estudios conducentes a la obtención de
títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional, de primero y segundo ciclos, la Universidad
Pública de Navarra podrá incluir asignaturas de libre elección
impartidas en vascuence.

Lo previsto en el citado Proyecto de Ley Foral ya señalado
anteriormente será igualmente de aplicación a los centros públicos de
Educación Superior y Universitaria actualmente existentes y a cuantos
puedan crearse al amparo de las disposiciones vigentes en materia de
creación o reconocimiento de centros universitarios y de
autorizaciones para el establecimiento de estudios superiores en la
Comunidad Foral de Navarra.

El uso del vascuence por los servicios administrativos y no
docentes de la Universidad Pública de Navarra y de los centros
públicos de Enseñanza Superior y Universitaria existentes o que en el
futuro puedan crearse o establecerse se regirá por las disposiciones
que con carácter general regulen esta materia para el resto de las
Administraciones Públicas de Navarra.

Estas mismas disposiciones serán de aplicación al uso de la
imagen corporativa e institucional y a los servicios de atención al
ciudadano por parte de la Universidad Pública de Navarra y los
centros públicos de Enseñanza Superior y Universitaria existentes o
que puedan establecerse.

ANTECEDENTES DE LA REGULACIÓN DEL VASCUENCE

Como es sabido, la Ley del Vascuence, aprobada por el
Parlamento de Navarra en 1986, señala en su artículo 23 que los
planes oficiales de estudio considerarán al vascuence como patrimonio
cultural de Navarra y se adaptarán a esta Ley.

En este marco institucional, el Gobierno de Navarra aprobó
posteriormente en 1988 la normativa de enseñanza de esta lengua y su
inserción en los currículos escolares no universitarios. En 1991, se
introdujo el vascuence en las pruebas de aptitud para el acceso a
Facultades, Escuelas Técnicas Superiores y Colegios Universitarios de
la Comunidad Foral. En 1994 se aprobó el uso del vascuence en las
Administraciones Públicas, que fue objeto de nueva regulación en el
Decreto Foral 372/2000, de 11 de diciembre.

El uso del vascuence en la enseñanza superior, es decir, en
la Universidad Pública de Navarra, debe establecerse en el marco de
una Ley Foral específica, aprobada por el Parlamento, que permita a
la Universidad realizar la planificación y el desarrollo de las
enseñanzas del vascuence en función de la demanda y de las
necesidades que plantee la sociedad navarra, haciéndolo compatible
con el derecho de cátedra del profesorado, reconocido y protegido por
el artículo 20.1.c) de la Constitución Española.




LA PERSPECTIVA DEL PROYECTO DE LEY

El Gobierno de Navarra entiende que una Universidad de
calidad no puede limitar su campo de acción a satisfacer la demanda
formativa de su ámbito territorial y, en este sentido, la Universidad
Pública de Navarra debe estar preparada, por su carácter universal,
más que ninguna otras institución, para afrontar los nuevos retos que
plantea la sociedad del conocimiento y tiene que asumir, y así se
subraya en el Convenio de Financiación suscrito con el Gobierno de
Navarra, las nuevas exigencias de la información, la movilidad, el
intercambio universitario y la colaboración nacional e internacional
que demanda la comunidad científica mundial. En este sentido, la
Universidad debe dar respuesta a esta pluralidad lingüística y
cultural con la implementación de un adecuado programa de idiomas que
incorpore la tecnología pedagógica más idónea y haga posible la
atención a la diversidad lingüística en la sociedad navarra y en la
Universidad Pública de Navarra.

La Universidad Pública de Navarra tiene la obligación de
atender las opciones lingüísticas de los alumnos navarros y no
navarros, vascoparlantes y castellanoparlantes. Al mismo tiempo,
tiene la obligación de atender las opciones lingüísticas de todos los
alumnos que vengan a esta Universidad haciendo uso de su derecho al
distrito único o en virtud de acuerdos y convenios internacionales y
programas europeos de cooperación. Este propósito sólo puede llevarse
a cabo en el contexto de una comunidad universitaria integradora y
moderna, en la que se propone optimizar los recursos públicos desde
el punto de vista de la eficacia y la eficiencia, por lo que no puede
caber duplicidad en la oferta formativa e investigadora. Desde esta
perspectiva se plantea el proyecto de Ley Foral de uso del vascuence
en la enseñanza superior universitaria de la Comunidad Foral de
Navarra, que ha aprobado hoy el Gobierno de Navarra.








Lun, 29 de Abr, 2002 7:57 pm

doaguirre
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doaguirre
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29 de Abr, 2002
9:37 pm
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