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El TSJ avala el cese de emisiones de TV3 en Carrasqueta, Mondúber y   Lista de mensajes  
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LEVANTE PÀGINA WEB  19:41,    22/12/2008
 
comunicación

 
El TSJ avala el cese de emisiones de TV3 en Carrasqueta, Mondúber y Desierto
 
 
El Tribunal ratifica la multa de 300.000 euros a Acció Cultural
 
EUROPA PRESS La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso interpuesto por Acció Cultural del País Valencià (ACPV) contra la Generalitat, y avala el cese de las emisiones televisivas de TV3 y otros canales de la televisión pública catalana desde los centros de Carrasqueta (Alicante), Mondúber (Valencia) y Desierto (Castelló), además de la multa a ACPV por 300.000 euros, según consta en la sentencia.
 
De esta manera, la sala considera que la Generalitat sí es competente para imponer la sanción de 300.000 euros y ordenar el cese de las emisiones, puesto que en este caso no se están discutiendo aspectos técnicos de radiocomunicación, que serían competencia estatal, sino que la cuestión hace referencia a la difusión de emisoras televisivas sin título habilitante dentro de la Comunitat Valenciana, materia en la que es competente la comunidad autónoma.
 
Estima que la conducta sancionada es constitutiva de infracción administrativa y que la responsabilidad recae sobre ACPV. Asimismo, niega que se haya aplicado retroactivamente la norma sancionadora, en contra de lo afirmado por la recurrente; desestima la alegación relativa a suspensión de la Ley del Sector Audiovisual 1/2006 hasta el 17 de abril de 2007, por el recurso de inconstitucionalidad planteado por el Estado; afirma que el expediente no vulnera la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias; y niega que la Generalitat haya actuado arbitrariamente o que haya discriminado a la entidad.
 
Además, según manifiesta la sala, el hecho de que la recurrente lleve más de 15 años reenviando la señal en la Comunitat Valenciana, sin problema con ningún tipo de autoridad valenciana, no le otorga derecho alguno a seguir haciéndolo, ya que conocimiento no implica consentimiento y la tolerancia no equivale a licencia o concesión. En cuanto a la cuantía de la sanción, 300.000 euros, la sala la estima proporcionada ya que la sanción se ha impuesto en su grado mínimo.
 
En definitiva, la sala observa dos conclusiones; una, que no existe falta de tipicidad; y dos, que ha quedado acreditado que ACPV prestó en régimen de gestión indirecta los servicios reenvío de señal televisiva sin la previa concesión administrativa ni título habilitante alguno, por lo que desestima el recurso de la entidad y da la razón a la Generalitat.
 
Los hechos se remontan a los días 5, 8 y 17 de mayo de 2008, cuando el Consell detecta emisiones no autorizadas con tecnología digital terrestre de los programas de la televisión pública autonómica de Catalunya desde los centros de reemisión de Mondúver, Gandía, Montaña Bartolo en la zona de Castellón y Pozo de las Nieves, en la Sierra de la Carrasqueta.
 
A raíz de estas emisiones, la Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunitat informó los días 2 y 11 de agosto y 26 de septiembre de que ACPV era la propietaria de los terrenos y de las instalaciones de los centros de emisión de la Montaña Bartolo, en el Desierto de las Palmas, desde donde se remitían con tecnología digital los programas de TV3 en la zona de Castellón; en el Pozo de las Nieves y en la cima del Mónduver. Estos hechos son ratificados por la propia ACPV y cuando se van a clausurar las instalaciones, ésta se opone y se inician los recursos.
 
 
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EL PAIS  23/12/2008
 
 
El TSJ avala el cierre de los repetidores de TV-3 por la Generalitat
L. GARRIDO - Valencia - 23/12/2008
 
El Consell ha encontrado amparo en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) a su política de cierre de los repetidores de Acció Cultural del País Valencià que distribuyen la señal de TV-3 en la Comunidad Valenciana. El TSJ respalda, según información facilitada por el Consell, la sanción de 300.000 euros impuesta por la Administración autonómica a Acció Cultural por emitir sin la preceptiva licencia. Y respalda, también, el cierre ordenado por la Generalitat en la misma resolución que contempla la sanción económica.
 
Acció Cultural recurrió la resolución del expediente administrativo. Lo hizo basándose en que la Generalitat no es competente para regular el espacio radioeléctrico, en que se acoge a una norma que tuvo parte de su articulado suspendido por un recurso de inconstitucionalidad, y en que se vulneró la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias.
 
El TSJ no acepta ninguno de esos argumentos. El tribunal solo contempla que Acció Cultural distribuye una señal sin licencia (hecho que responde a un pacto político que se remonta a hace casi 20 años entre los gobiernos de las dos autonomías). Para el tribunal, que se haya consentido esa distribución de la señal no significa que pueda seguir consintiéndose y, en cualquier caso, no equivale a la concesión de permiso alguno, siempre según el extracto del fallo facilitado por el Consell.
 
Esa regularización es competencia de la Generalitat, dice el TSJ. Con ello, no solo desestima la argumentación de Acció Cultural de que es el Gobierno del Estado quien organiza el mapa radioeléctrico y concede las frecuencias y que es el Gobierno autonómico el que da permisos a quienes solicitan ocuparlos, sino que concede al Consell la capacidad de sancionar.
 
Por tanto, Acció Cultural deberá pagar, salvo que prosperara un recurso extraordinario, los 300.000 euros de multa, supuesto para el que ayuntamientos catalanes y valencianos hicieron aportaciones cuando se conoció la multa.
 
Acció Cultural rechazó ayer pronunciarse sobre el fallo del TSJ. La sentencia llega cuando se ha cumplido un año del cierre -ordenado por el Consell y avalado por un juez- del repetidor situado en La Carrasqueta (Alicante) y después de las clausuras recientes de los que distribuían la señal a las comarcas de La Safor y La Costera.
 

 


Mar, 23 de Dic, 2008 1:32 pm

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_*LEVANTE PÀGINA WEB 19:41, 22/12/2008 *_ _****_ *comunicación* * * ** *El TSJ avala el cese de emisiones de TV3 en Carrasqueta, Mondúber y Desierto* **...
Casal Jaume I d'Elx
elx@...
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8 de Ene, 2009
12:05 am
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