http://www.arso.org/manifderecho.htm
MANIFIESTO DE LOS PROFESORES ESPAÑOLES DE DERECHO INTERNACIONAL Y
RELACIONES INTERNACIONALES SOBRE EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA LIBRE
DETERMINACIÓN DEL PUEBLO DEL SAHARA OCCIDENTAL
Los profesores españoles de Derecho Internacional y Relaciones
Internacionales, asumiendo la responsabilidad que nos corresponde,
Teniendo en cuenta que el proceso de libre determinación del Sahara
Occidental se encuentra, transcurridos veintisiete años desde el
abandono del territorio por España, en un momento crucial,
Considerando las obligaciones internacionales de España, y, en
particular, las que se derivan de su estatuto de potencia colonizadora,
así como de su actual condición de miembro del Consejo de Seguridad,
Recordando el constante compromiso de los gobiernos constitucionales
españoles con una solución basada en la libre expresión de la voluntad
del pueblo saharaui,
MANIFESTAMOS lo siguiente
1. La Corte Internacional de Justicia, órgano judicial principal de las
Naciones Unidas, en su dictamen sobre el Sahara Occidental (1975),
consideró aplicable la Resolución 1514 (XV) a la descolonización del
citado territorio y, en particular, el principio de autodeterminación
mediante la expresión libre y auténtica de la voluntad del pueblo
saharaui.
2. La Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General afirma el derecho de
los pueblos coloniales, condición actual del pueblo saharaui, a su
independencia completa, mediante la consulta a su población.
3. A los efectos del ejercicio del derecho inalienable a la libre
determinación, por pueblo saharaui debe considerarse el conjunto de
personas incluidas en el censo confeccionado por España en 1974,
actualizado por las Naciones Unidas en aplicación del Plan de Arreglo
que fue aceptado por Marruecos y el Frente POLISARIO en 1990.
4. El territorio del Sahara Occidental posee, en virtud de la Carta de
las Naciones Unidas, una condición jurídica distinta y separada de la
potencia que lo ocupa, no pudiendo considerarse en ningún caso parte
integrante del territorio marroquí, por lo que ningún Estado deberá
concertar acuerdo alguno con Marruecos que directa o indirectamente
suponga reconocer, o pueda interpretarse como el reconocimiento de la
soberanía marroquí sobre el territorio del Sahara Occidental.
5. El pueblo del Sahara Occidental posee soberanía permanente sobre los
recursos naturales del territorio. Todo Estado debe abstenerse de
concertar acuerdos con Marruecos que impliquen la exploración y/o
explotación de los recursos naturales del Sahara Occidental.
6. El mantenimiento de la ocupación por la fuerza del territorio del
Sahara Occidental constituye, además, una violación manifiesta del
derecho fundamental del pueblo saharaui a su libre determinación, de
conformidad con los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y la
Carta de las Naciones Unidas.
7. El Derecho Internacional General establece la obligación de todos los
Estados de no reconocer la situación creada por la violación grave de
una norma imperativa, como es la que se deriva de imponer a un pueblo
colonial un régimen de ocupación por otro Estado, así como la obligación
de todos los Estados de no contribuir a su consolidación.
8. El gobierno español tiene la obligación jurídica, política y moral de
tomar todas las medidas necesarias en orden a garantizar la libre
determinación efectiva del pueblo saharaui, y contribuir así a la
estabilidad global de la Región.
9. España debe promover el estricto cumplimiento del Derecho
Internacional, manteniendo en el seno del Consejo de Seguridad una
posición firme en defensa de la aplicación del Plan de Arreglo aprobado
por este mismo órgano en 1990, único aceptado por las partes implicadas
e interesadas y que contiene todos los elementos necesarios para una
solución justa, viable y equitativa, acorde con el Derecho
Internacional. La responsabilidad de España respecto del pueblo saharaui
no finalizará hasta que éste haya ejercido su derecho a la libre
determinación.
10. Las Naciones Unidas y sus Estados miembros tienen la responsabilidad
principal en materia de descolonización. El mantenimiento por la fuerza
de una situación colonial puede constituir uno de los supuestos
susceptibles de determinar la aplicación por el Consejo de Seguridad de
todas las medidas previstas en el Capítulo VII de la Carta de Naciones
Unidas.
En San Sebastián, a 27 de junio de 2003
FIRMANTES DEL MANIFIESTO
(pertenecientes a 43 Universidades españolas)
Victoria ABELLAN HONRUBIA (Universitat de Barcelona), Antonio REMIRO
BROTONS (Universidad Autónoma de Madrid), Luis Ignacio SANCHEZ RODRIGUEZ
(Universidad Complutense de Madrid), Mª Paz ANDRES SAEZ DE SANTAMARIA
(Universidad de Oviedo), Cesáreo GUTIERREZ ESPADA (Universidad de
Murcia), Antonio Francisco FERNÁNDEZ TOMÁS (Universidad de Castilla-La
Mancha), José JUSTE RUIZ (Universitat de València), Anna BADIA MARTI
(Universitat de Barcelona), Juan Manuel DE FARAMIÑAN GILBERT
(Universidad de Jaén), Carlos FERNANDEZ DE CASADEVANTE ROMANI
(Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Javier ROLDAN BARBERO
(Universidad de Almería), Alejandro J. RODRIGUEZ CARRION (Universidad de
Málaga), Rosario HUESA VINAIXA (Universitat de les Illes Balears), Fco.
Javier QUEL LOPEZ (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea), Andreu OLESTI RAYO (Universitat de Barcelona), Jordi
BONET PEREZ (Universitat de Barcelona), Concepción ESCOBAR HERNANDEZ
(UNED), Antoni PIGRAU SOLÉ (Universitat Rovira i Virgili de Barcelona),
Alejandro DEL VALLE GÁLVEZ (Universidad de Cádiz), Alegría BORRÁS
RODRIGUEZ (Universitat de Barcelona), Santiago ÁLVAREZ GONZÁLEZ
(Universidad de Santiago de Compostela), Xavier PONS RAFOLS (Universitat
de Barcelona), Fernando MARIÑO MENENDEZ (Universidad Carlos III de
Madrid), Jorge CARDONA LLORENS (Universitat Jaume I, de Castellón),
Manuel LÓPEZ ESCUDERO (Universidad de Cantabria), Juan José ALVAREZ
RUBIO (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), José
Manuel SOBRINO HEREDIA (Universidad de A Coruña), Manuel PÉREZ GONZÁLEZ
(Universidad Complutense de Madrid), Pilar RODRÍGUEZ MATEOS (Universidad
de Oviedo), Pablo Antonio FERNÁNDEZ SÁNCHEZ (Universidad de Huelva),
Jaume FERRER LLORET (Universidad de Alicante), Juan Miguel ORTEGA TEROL
(Universidad de Castilla-La Mancha), Javier GONZALEZ VEGA (Universidad
de Oviedo), Jaume SAURA ESTAPA (Universitat de Barcelona), Juan SOROETA
LICERAS (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Mª
Dolores BOLLO AROCENA (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea), Oscar ABALDE CANTERO (Universidad del País Vasco/Euskal
Herriko Unibertsitatea), Nicolás ALONSO MOREDA (Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Igone URTIZBEREA SEIN (Universidad
del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Cristina ARTERO PEREZ
(Universidad de Oviedo), Mar CAMPINS ERITJA (Universitat de Barcelona),
Magdalena MARTIN MARTINEZ (Universidad de Málaga), Elena GARCÍA RICO
(Universidad de Málaga), María Isabel TORRES CAZORLA (Universidad de
Málaga), Eloy RUILOBA GARCIA (Universidad de Málaga), Ana SALINAS DE
FRIAS (Universidad de Málaga), Milagros ALVAREZ VERDUGO (Universitat de
Barcelona), Eduard SAGARRA TRIAS (Universitat de Barcelona), Laura HUICI
SANCHO (Universitat de Barcelona), Alfonso GONZÁLEZ BONDIA (Universitat
Rovira i Virgili de Barcelona), Pilar JIMÉNEZ BLANCO (Universidad Carlos
III de Madrid), Natividad FERNÁNDEZ SOLA (Universidad de Zaragoza),
Mariano Javier AZNAR GÓMEZ (Universitat de València), Ignacio FORCADA
BARONA (Universidad de Castilla-La Mancha), Eva María RUBIO FERNÁNDEZ
(Universidad de Murcia), María del Carmen MUÑOZ RODRÍGUEZ (Universidad
de Jaén), Susana BORRÀS PENTINAT (Universitat Rovira i Virgili de
Barcelona), Ferrán IZQUIERDO BRICHS (Universitat Autònoma de Barcelona),
Nuria CAMPS MIRABET (Universitat de Lleida), David BONDIA GARCIA
(Universitat de Barcelona), Miguel Angel ACOSTA SANCHEZ (Universidad de
Cádiz), Miquel PALOMARES AMAT (Universitat de Barcelona), Nora SAINZ
GSELL (Universitat Autònoma de Barcelona), Xavier FERNANDEZ PONS
(Universitat de Barcelona), Alfonso J. IGLESIAS VELASCO (Universidad
Autónoma de Madrid), Rafael GRASA HERNÁNDEZ (Universitat Autònoma de
Barcelona), Björn ARP (Universidad de Alcalá), José Manuel CORTÉS MARTÍN
(Universidad Pablo de Olavide de Sevilla), Elena CONDE PEREZ
(Universidad Complutense de Madrid), Patricia OREJUDO PRIETO DE LOS
MOZOS (Universidad de Oviedo), José Antonio SANAHUJA PERALS (Universidad
Complutense de Madrid), Amelia DÍAZ PÉREZ (Universidad de Granada), Rosa
RIQUELME CORTADO (Universidad de Murcia), José Luis DE CASTRO RUANO
(Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Joan David
JANER TORRENS (Universitat de les Illes Balears), Rubén CARNERERO
CASTILLA (Universidad Complutense de Madrid), Antonio BLANC ALTEMIR
(Universidad de Lleida), Soledad TORRECUADRADA GARCÍA-LOZANO
(Universidad Autónoma de Madrid), Esperanza ORIHUELA CALATAYUD
(Universidad de Murcia), Ana SALADO OSUNA (Universidad de Sevilla),
Jesús VERDÚ BAEZA (Universidad de Cádiz), Angeles MAZUELOS BELLIDO
(Universidad Autónoma de Madrid), María Teresa PONTE IGLESIAS
(Universidad de Santiago de Compostela), Rosa M. FERNÁNDEZ EGEA
(Universidad Autónoma de Madrid), Mª del Rosario CARMONA LUQUE
(Universidad de Cádiz), Carlos BALLESTEROS GARCIA (Universidad
Pontificia de Comillas), Pablo AGUIAR MOLINA (Universitat Autònoma de
Barcelona), Carlos TEIJO GARCÍA (Universidad de Santiago de Compostela),
Olga MARTÍN ORTEGA (Universidad de Jaén), Mariano AGUIRRE ERNST (Centro
de Investigación para la Paz –CIP-), Luis PERAL FERNÁNDEZ (Universidad
Carlos III de Madrid), Ángel G. CHUECA SANCHO (Universidad de Zaragoza),
Javier PÉREZ MILLA (Universidad de Zaragoza), Ana AYUSO POZO
(Universitat Autònoma de Barcelona), Rafael GARCÍA PÉREZ (Universidad de
Santiago de Compostela), Mariona ILLAMOLA DAUSÀ (Universitat de Girona),
Elena ALVAREZ LOPEZ (Universidad Complutense de Madrid), Montserrat ABAD
CASTELOS (Universidad Carlos III de Madrid), Francisco JIMÉNEZ GARCÍA
(Universidad Rey Juan Carlos de Madrid), Idoia OTAEGI AIZPURUA
(Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Margalida
CAPELLÀ ROIG (Universitat de les Illes Balears), Alexander UGALDE ZUBIRI
(Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Juan SAN
SEGUNDO MANUEL (Universidad Carlos III de Madrid), Miguel ARENAS MEZA
(Universidad de Santiago de Compostela), Belén SÁNCHEZ RAMOS
(Universidad de Vigo), Marta SOBRIDO PRIETO (Universidad de A Coruña),
Ana Gemma LÓPEZ MARTÍN (Universidad Complutense de Madrid), Pilar
TRINIDAD NUÑEZ (Universidad de Extremadura), Adela REY ANEIROS
(Universidad de A Coruña), Carmen MARTINEZ CAPDEVILA (Universidad
Autónoma de Madrid), Rafaela URUEÑA ALVAREZ (Universidad de Valladolid),
Isabel CASTAÑO GARCÍA (Universidad Complutense de Madrid), José Angel
SOTILLO LORENZO (Universidad Complutense de Madrid), Juan José MARTÍN
ARRIBAS (Universidad de Burgos), Ignacio RODRÍGUEZ ÁLVAREZ (Universidad
de Oviedo), Paloma GARCÍA PICAZO (UNED), Angel SÁNCHEZ LEGIDO
(Universidad de Castilla-La Mancha), Ana QUIÑONES ESCAMEZ (Universitat
Pompeu Fabra de Barcelona), Joaquín ALCAIDE FERNÁNDEZ (Universidad de
Sevilla), Julia RUILOBA ALVARIÑO (Universidad Rey Juan Carlos de
Madrid), Carmela PÉREZ BERNÁRDEZ (Universidad Complutense de Madrid),
María HERNÁNDEZ GARCÍA (Universidad de A Coruña), Pilar RUPÉREZ CORNELL
(Universitat de les Illes Balears), Miguel Ángel CEPILLO GALVÍN
(Universidad de Cádiz), Karlos PÉREZ ALONSO DE ARMIÑO (Universidad del
País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Carmen Isabel TORRES GARCÍA
(Universidad de Castilla-La Mancha), María MARTINEZ CARMENA (Universidad
de Castilla-La Mancha), Felipe GONZÁLEZ ALVAREZ (Universidad del País
Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea), Laura FELIU MARTÍNEZ (Universitat
Autònoma de Barcelona), Santiago José CASTELLÀ SURRIBAS (Universitat
Rovira i Virgili), Luis Vicente PÉREZ GIL (Universidad de La Laguna),
Irene AYALA CADIÑANOS (Universidad del País Vasco/Euskal Herriko
Unibertsitatea), Antonio PASTOR PALOMAR (Universidad Rey Juan Carlos de
Madrid), Angelines CANO LINARES (Universidad Rey Juan Carlos de Madrid),
Susana RODERA (Universidad de Granada), Santiago RIPOL CARULLA
(Universitat Pompeu Fabra de Barcelona) Iñigo FERNANDEZ-RIVERA BECERRO
(Universidad de Deusto), Mª Angeles RUIZ COLOMÉ (Universidad Complutense
de Madrid)
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